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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (30/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 72

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014 542022 señor Alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente; Que, conforme a las facultades establecidas en la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 280, a través del Decreto de Alcaldía Nº 043-2014 se prorrogó hasta el 30 de diciembre del 2014 la vigencia de la citada Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 331-2014-MDLM- GDUE-SGOPHU la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas propone la prórroga de la Ordenanza Nº 280, que establece “Benefi cio de Regularización Extraordinaria de Edifi caciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina”, hasta el 31 de marzo del 2015, considerando que la citada Ordenanza mantiene un efecto positivo entre los vecinos del distrito, quienes vienen regularizando sus edifi caciones conforme a las disposiciones establecidas en ella; propuesta que es ratifi cada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico según su Informe Nº 120-2014-MDLM-GDUE; Que, puesta a consideración la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 526-2014- MDLM-GAJ, opina favorablemente por la prórroga de la Ordenanza Nº 280; del mismo modo, la Gerencia Municipal a través del Memorando Nº 1145-2014-MDLM-GM, considerando los Informes técnicos y jurídico señalados precedentemente, opina por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza en mención; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 280 que establece “Benefi cio de Regularización Extraordinaria de Edifi caciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina”, hasta el 31 de marzo del 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, así como a la Gerencia de Tecnologías de Información, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1182699-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 024-2014/MDPP Puente Piedra, 11 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 1256-2014-SGPP/GAFP/ MDPP, de fecha 04 de Diciembre de 2014, formulado por la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 351-2014-MDPP-GAJ, de fecha 10 de Diciembre de 2014, expedido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 48 de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que la Presidencia del Concejo de Ministros PCM tiene a su cargo garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en el Capítulo I del Título II, en todas las entidades públicas en las que se incluye las Municipalidades Distritales; Que, mediante Ordenanza Nº 199-MDPP se aprobaron los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, y que mediante Ordenanza Nº 205-MDPP, se modifi ca la Ordenanza 199-MDPP; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014 se aprueba los Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014; Que, mediante Resolución Directoral Nº 003-2014- EF/50.01 se aprueban los Instructivos para el Cumplimiento de las Metas en el Marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2014, la misma que consigna la META 34 denominada “Simplifi car los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad brindados por la Municipalidad y contenidos en el TUPA”; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 354-2014/ MDPP se conforma el Equipo de Mejora Continua (EMC) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra a cargo del proceso de simplifi cación administrativa del TUPA de la entidad para el cumplimiento de la Meta 34 del Plan de Incentivos - 2014. Que, mediante Informe Nº 1256-2014-SGPP/GAFP/ MDPP la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, en calidad de coordinador general del Equipo de Mejora Continúa (EMC) así como Coordinador TUPA ante la PCM para el uso del aplicativo Sistema Único de Trámite (SUT) remite el proyecto de Decreto de Alcaldía que concluye las actividades relacionadas al proceso de simplifi cación administrativa en cumplimiento a la Meta 34 del Plan de Incentivos 2014. Que, el artículo 38 num. 5 de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se puede realizar mediante Decreto de Alcaldía, en el caso de gobiernos locales. Que, de conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias, resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario. Estando a las facultades conferidas por el artículo 20 numeral 6 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, SE DECRETA: Artículo Primero.- SIMPLIFICAR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, un total de 23 procedimientos administrativos y 08 servicios brindados en exclusividad, priorizados y debidamente actualizados según el proceso de simplifi cación administrativa en cumplimiento de la Meta 34 del Plan de Incentivos 2014. Ítem Descripción Tipo 1 Matrimonio Civil - En el Local Municipal Servicio 2 Matrimonio Civil - En otro local dentro del distrito Servicio 3 Matrimonio Civil - En otro Local fuera del distrito Servicio 4 Reprogramación de fecha y/o hora de matrimonio Servicio 5 Constancia de no adeudo tributario Servicio