Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2014 (30/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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Paz y Justicia Indigena, y el Oficio Nº 340-2014-CE/PJGTP, remitido por el senor Consejero Giammpol MORDAZA Pilco. CONSIDERANDO: Primero. Que se remite propuesta de Reglamento para la Formulacion de Aranceles por Servicios Prestados por los Juzgados de Paz, el cual tiene como objetivo definir el mecanismo de determinacion del valor de los aranceles que perciben los Juzgados de Paz por la prestacion de los servicios jurisdiccionales y notariales, de conformidad con lo previsto en la Ley de Justicia de Paz y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-JUS. Segundo. Que el reglamento proporcionara a las autoridades competentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, los elementos y criterios basicos para la formulacion de los aranceles que perciben los Juzgaos de Paz por la prestacion de servicios jurisdiccionales y notariales; asi como, definir el procedimiento que debe seguirse para su aprobacion. Tercero. Que el articulo 82º, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo Nº 952-2014 de la cuadragesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "Reglamento para la Formulacion de Aranceles por Servicios Prestados por los Juzgados de Paz", que consta de cuatro titulos, trece articulos y una Disposicion Transitoria, que en anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del pais; y a Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1182878-4

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014

Convierten juzgado en el Juzgado Penal Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios y de Propiedad Intelectual Supraprovincial de MORDAZA y Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 418-2014-CE-PJ MORDAZA, 17 de diciembre de 2014 VISTOS: El Oficio N° 1007-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 165-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Oficina de Productividad Judicial, respecto a la propuesta de conversion del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en Juzgado Penal Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios y de Propiedad Intelectual Supraprovincial de MORDAZA y Callao. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias,

se establece que la finalidad de la actualmente denominada Comision Nacional de Productividad Judicial es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Productividad Judicial, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 357-2013-P-PJ de fecha 22 de noviembre de 2013, se designo a los integrantes de la Comision de Trabajo encargada de evaluar el pedido de reactivacion de los Juzgados Especializados en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual. Tercero. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 224-2014-CE-PJ de fecha 27 de junio de 2014, entre otras medidas, se prorrogo el funcionamiento del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, hasta el 31 de diciembre de 2014. Cuarto. Que la Resolucion Administrativa N° 2782014-CE-PJ de fecha 12 de agosto de 2014, aprobo las propuestas presentadas por la Comision de Trabajo encargada de la evaluacion del pedido de reactivacion de los Juzgados Especializados en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual. Asimismo, el articulo MORDAZA de dicha resolucion dispone que el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y la Comision Nacional de Productividad Judicial, presenten propuesta respecto a que Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA debera asumir, en adicion de sus funciones, el conocimiento de los Delitos Aduaneros, Tributarios y de Propiedad Intelectual como juzgado especializado, iniciando sus funciones con carga cero y con caracter supraprovincial para MORDAZA y Callao. Quinto. Que el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 289-2014-CE-PJ, del 27 de agosto de 2014, dispuso la creacion de organos jurisdiccionales en el MORDAZA de la aplicacion de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado y su modificatoria establecida por Ley N° 30133; asimismo, faculto a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para que puedan encargar a los organos jurisdiccionales creados, en adicion a sus funciones y en forma equitativa, el conocimiento de los procesos tramitados dentro del MORDAZA de las Leyes Nros. 29574 y 29648, buscando la optimizacion de recursos; y tambien los procesos en el MORDAZA del Codigo de Procedimientos Penales de 1940, como parte de la politica de descarga procesal del Distrito Judicial; en este ultimo caso, hasta que los organos jurisdiccionales creados equilibren su carga con el Codigo Procesal Penal. Sexto. Que mediante Informe N° 165-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Oficina de Productividad Judicial informa que de acuerdo a la informacion estadistica oficial a octubre de 2014, se observa que el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA resolvio 83 expedientes de una carga procesal de 250 expedientes, siendo su avance real de meta del 43%, en comparacion con el avance ideal de meta del 82%, lo cual seria consecuencia de su bajo nivel de carga procesal. Por lo que siendo asi, recomienda que este organo jurisdiccional transitorio asuma por seis (06) meses, a partir del 1 de enero de 2015, el conocimiento de los procesos penales sobre Delitos Aduaneros, Tributarios y de Propiedad Intelectual de MORDAZA y Callao, en tanto se consolida su carga procesal en esta nueva subespecialidad. En ese sentido, tambien propone su reubicacion a la Sede Judicial de MORDAZA Barreto. Setimo. Que el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la incorporacion de Juzgados Especializados o Mixtos con competencia supraprovincial; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia, deviene en conveniente aprobar la propuesta presentada.

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