Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2014 (05/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Que, la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueve la adecuada MORDAZA de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del Articulo 73º, tienen, dentro del MORDAZA de las competencias y funciones especificas la que sumen con caracter compartido el saneamiento ambiental, salubridad, salud, que conllevan al saneamiento ambiental, asi como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares publicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinacion y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Organos Regionales, conforme lo establece el articulo 75º de la citada ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3 del articulo 80º de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades, establece como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, asi como fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, respectivamente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013EF publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 10 de Enero del 2013 se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de las Metas y la Asignacion de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, donde la Municipalidad Distrital de Brena debera cumplir con las metas respecto a la mejora de la gestion de los residuos solidos de la construccion y demolicion y el proposito de establecer una adecuada gestion de los RCD de obras menores a nivel municipal; De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del articulo 20º, articulo 39º y articulo 42º de la Ley Nº 27972Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Brena. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto remita la publicacion del presente Decreto de Alcaldia asi como el Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Brena a la Oficina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda; Construccion y Saneamiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en los espacios publicos y de obras menores en la Municipalidad Distrital de Brena. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Municipalidad distrital de Brena a fin que brinde las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente respecto a la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR a la Subgerencia de Estadistica e Informatica la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Brena. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1033523-1

El Peruano MORDAZA 5 de enero de 2014

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ordenanza que fija el calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, entre otros, correspondientes al ejercicio 2014
ORDENANZA Nº 334-MDL Lince, 24 de diciembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 09, de fecha 18 de diciembre del 2013, emitido por las Comisiones de Economia y Administracion, y Asuntos Legales, con votacion por Unanimidad de los senores regidores, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA EL CALENDARIO DE PAGOS TRIBUTARIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO, ENTRE OTROS, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2014 Articulo Primero.- Establezcase el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2014, el 0.6% de la UIT, equivalente a S/. 22.80 (Veinte y Dos y 80/100 Nuevos Soles), de acuerdo a lo senalado por el Art. 13° del T.U.O. de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF. Articulo Segundo.- FECHAS DE VENCIMIENTO Las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales seran las siguientes:
IMPUESTO PREDIAL Pago al contado Pago Fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota :28 de Febrero 2014 :31 de MORDAZA 2014 :29 de Agosto 2014 :29 de Noviembre 2014 28 de Febrero 2014 ARBITRIOS MUNICIPALES Enero Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Octubre 28 de Febrero 28 de Febrero 31 de Marzo 30 de MORDAZA 31 de MORDAZA 30 de Junio 31 de MORDAZA 29 de Agosto 31 de Octubre 2014 2014 2014 2014 2014 2014 2014 2014 2014 2014 2014 2014

Setiembre 30 de Setiembre Noviembre 29 de Noviembre Diciembre 31 de Diciembre

Cabe indicar que, con el objeto de brindar facilidades para el pago de los Arbitrios, se les concedera, a los contribuyentes, tres dias posteriores a la fecha de vencimiento, en los que se condonara los intereses moratorios, solo a aquellos que realicen el pago de la obligacion dentro de dicho plazo. Articulo Tercero.- INCENTIVOS PARA EL PAGO Los contribuyentes podran optar por acogerse a los siguientes incentivos: A. PAGO TOTAL ANUAL AL CONTADO Descuento del 15% si cumplen con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2014, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial. B. PAGO SEMESTRAL a) Descuento del 10%, si cancelan un semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales

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