TEXTO PAGINA: 26
El Peruano Domingo 5 de enero de 2014 513600 Que, la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueve la adecuada presentación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del Articulo 73º, tienen, dentro del marco de las competencias y funciones específi cas la que sumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad, salud, que conllevan al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo 75º de la citada ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del cardenal 3 del artículo 80º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, así como fi scalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, respectivamente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013- EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 10 de Enero del 2013 se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de las Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde la Municipalidad Distrital de Breña deberá cumplir con las metas respecto a la mejora de la gestión de los residuos sólidos de la construcción y demolición y el propósito de establecer una adecuada gestión de los RCD de obras menores a nivel municipal; De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º, artículo 39º y artículo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Breña a la Ofi cina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda; Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en los espacios públicos y de obras menores en la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad distrital de Breña a fi n que brinde las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y ENCARGAR a la Subgerencia de Estadística e Informática la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Breña. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 1033523-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que fija el calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, entre otros, correspondientes al ejercicio 2014 ORDENANZA Nº 334-MDL Lince, 24 de diciembre del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 09, de fecha 18 de diciembre del 2013, emitido por las Comisiones de Economía y Administración, y Asuntos Legales, con votación por Unanimidad de los señores regidores, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA EL CALENDARIO DE PAGOS TRIBUTARIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO, ENTRE OTROS, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2014 Artículo Primero.- Establézcase el monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial para el ejercicio fi scal 2014, el 0.6% de la UIT, equivalente a S/. 22.80 (Veinte y Dos y 80/100 Nuevos Soles), de acuerdo a lo señalado por el Art. 13° del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF. Artículo Segundo.- FECHAS DE VENCIMIENTO Las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales serán las siguientes: IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES Pago al contado 28 de Febrero 2014 Enero 28 de Febrero 2014 Febrero 28 de Febrero 2014 Pago Fraccionado Marzo 31 de Marzo 2014 Primera Cuota :28 de Febrero 2014 Abril 30 de Abril 2014 Segunda Cuota :31 de Mayo 2014 Mayo 31 de Mayo 2014 Tercera Cuota :29 de Agosto 2014 Junio 30 de Junio 2014 Cuarta Cuota :29 de Noviembre 2014 Julio 31 de Julio 2014 Agosto 29 de Agosto 2014 Setiembre 30 de Setiembre 2014 Octubre 31 de Octubre 2014 Noviembre 29 de Noviembre 2014 Diciembre 31 de Diciembre 2014 Cabe indicar que, con el objeto de brindar facilidades para el pago de los Arbitrios, se les concederá, a los contribuyentes, tres días posteriores a la fecha de vencimiento, en los que se condonará los intereses moratorios, sólo a aquellos que realicen el pago de la obligación dentro de dicho plazo. Articulo Tercero.- INCENTIVOS PARA EL PAGO Los contribuyentes podrán optar por acogerse a los siguientes incentivos: A. PAGO TOTAL ANUAL AL CONTADO Descuento del 15% si cumplen con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2014, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial. B. PAGO SEMESTRAL a) Descuento del 10%, si cancelan un semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales