Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2014 (05/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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vacancia, debiendo discutir los miembros del concejo sobre los tres elementos que configuran la causal de vacancia por infraccion de las restricciones a la contratacion. Igualmente, en el acta que se redacte deberan consignarse los argumentos centrales de la solicitud de declaratoria de vacancia, los argumentos fundamentales de descargos presentados por la autoridad cuestionada, los medios probatorios ofrecidos por las partes, ademas de consignar y, de ser el caso, sistematizar los argumentos de los regidores que hubiesen participado en la sesion extraordinaria, asi como la motivacion y discusion en torno a los tres elementos MORDAZA mencionados, la identificacion de todas las autoridades ediles (firma, nombre, documento nacional de identidad, fecha y hora de recepcion, relacion el destinatario), y el MORDAZA expreso y especifico (a favor o en contra) y fundamentado de cada autoridad, no pudiendo ninguna abstenerse de votar, respetando, ademas, el quorum establecido en la LOM. g) El acuerdo de concejo que formalice la decision adoptada debera ser emitido en el plazo MORDAZA de cinco dias habiles luego de llevada a cabo la sesion, debiendo notificarse la misma al solicitante de la vacancia y a la autoridad cuestionada, respetando fielmente las formalidades del articulo 21 y 24 de la LPAG. h) En caso de que se interponga recurso de apelacion, se debe remitir el expediente original, salvo el acta de la sesion extraordinaria, que podra ser remitida en MORDAZA certificada por fedatario, dentro del plazo MORDAZA e improrrogable de tres dias habiles luego de presentado el mismo, siendo potestad exclusiva del MORDAZA Nacional de Elecciones calificar la inadmisibilidad o improcedencia del referido recurso de apelacion. Finalmente, cabe recordar que todas estas acciones MORDAZA establecidas son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitucion Politica del Peru, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitiran copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal que corresponda, para que las remita al fiscal provincial penal respectivo, a fin de que evalue la conducta de los integrantes del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, en relacion al articulo 377 del Codigo Penal. RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria del 16 de setiembre de 2013, a traves del cual se rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA Talavera, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, y en la que se invoco la causal establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, a fin de que en el plazo MORDAZA de treinta dias vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, teniendo en consideracion lo expuesto en la presente resolucion, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, para que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo, con relacion al articulo 377 del Codigo Penal. Registrese, comuniquese, publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1033609-4

El Peruano MORDAZA 5 de enero de 2014

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a El MORDAZA MORDAZA Compania de Seguros y Reaseguros la apertura de oficina especial en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 7446-2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE SEGUROS MORDAZA, 19 de diciembre de 2013 VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL MORDAZA MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial ubicada en MORDAZA MORDAZA N° 640-654, distrito, provincia y departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de los numerales 5.1 y 8.4 de la Resolucion N° 6285-2013 y sus modificatorias, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura y uso de una oficina especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision de Seguros "A"; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Resolucion N° 775-2008; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS N° 842-2012 del 27 de enero de 2012; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a EL MORDAZA MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, la apertura de una Oficina Especial ubicada en MORDAZA MORDAZA N° 640654, distrito, provincia y departamento de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Supervision de Instituciones Previsionales y de Seguros 1033536-1

Autorizan a Mitsui Auto Finance Peru S.A. la correccion de la direccion de su oficina principal, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 7448-2013 MORDAZA, 19 de diciembre de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Mitsui Auto Finance Peru S.A. para que esta Superintendencia autorice la correccion de la direccion de su oficina principal, segun se indica en la parte resolutiva;

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