Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2014 (05/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA 5 de enero de 2014

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politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, senala que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, asi como planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 79º numeral 3) items 3.6 y 3.6.2 de la Ley Nº 27972, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica; De conformidad a lo dispuesto a los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES DENTRO DEL DISTRITO DE LURIGANCHO - CHOSICA Articulo 1º.- Alcances La presente ordenanza es aplicable a los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito que hayan ejecutado obras construccion, ampliacion, modificacion y remodelacion (culminadas y/o con casco habitable), asi como de demolicion, sin la Licencia de Obra, Conformidad o Finalizacion de Obra y Declaratoria de Edificacion, que hayan sido ejecutadas entre el 28 de setiembre de 2008 al 30 de noviembre de 2013, podran regularizarlas con el pago del derecho de tramite establecidos en el MORDAZA y de la respectiva multa administrativa. Asimismo, se consideraran aptas para regularizar, aquellas construcciones similares existentes sobre terrenos que a la fecha cuenten con proyecto, aprobado mediante Resolucion de Habilitacion MORDAZA y que cumplan con respetar los parametros y planeamiento integrales distritales y metropolitanos. No se permitira la regularizacion de edificaciones sobre reservas de vias y areas de intangibles, areas de servidumbre (lineas de alta tension) y fajas marginales (Rio MORDAZA, Rio Huaycoloro), zonas de riesgos y zonas donde se ejecutaran las obras de arte para la implementacion del programa de Agua para Todos - SEDAPAL. Articulo 2º.- Monto de Multa Para los procedimientos de regularizacion permitidos a traves de la presente ordenanza, deberan abonarse los siguientes montos por concepto de multa: CUADRO 01 MORDAZA DE LICENCIA Modalidad Modalidad A Modalidad B Modalidad C Modalidad D CUADRO 02 Multa por incumplimiento de Parametros Urbanisticos:
MORDAZA DE LICENCIA Modalidad Vivienda A-B Vivienda C Deficit de Retiro en % x ml. 1% 2% Deficit de Area Libre En % VO x m2 0.5% 1.0% Deficit de Parqueo en 5 %de UIT ----1 x estacionamiento Exceso de Nivel % x VO 1% 2%

2014, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial. b) Descuento del 10%, si cancelan el MORDAZA semestre completo dentro del plazo establecido para el pago de la setima cuota de los Arbitrios Municipales 2014. C. PAGO TRIMESTRAL a) Descuento del 5%, a partir del MORDAZA Trimestre, al pago adelantado por trimestre. D. PAGO BIMESTRAL a) Descuento del 5%, al pago minimo de dos (02) meses vencidos de Arbitrios Municipales 2014, segun liquidacion en la via en que se encuentre. Articulo Cuarto.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACION QUE GENERA EL BENEFICIO En todas las modalidades de descuento por pronto pago descritas en el Articulo Tercero, el incentivo sera aplicado por predio. En el caso de los pensionistas, podran acogerse al incentivo senalado en el Art. 3°, Literal a), previo pago de los derechos de emision correspondiente, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final del T.U.O. de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 1562004-EF. DISPOSICIONES FINALES Primera.- CUMPLIMIENTO Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Tecnologia de Informacion y Procesos y a la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 1033499-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Establecen beneficios para el procedimiento de regularizacion de edificaciones en el distrito
ORDENANZA Nº 195-MDLCH Chosica, 12 de diciembre de 2013. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurigancho ­ Chosica, en sesion ordinaria de la fecha: VISTO: La propuesta efectuada por el regidor MORDAZA Van Heurck MORDAZA, Presidente de la Comision de Desarrollo Urbano. CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia

% de VO 2.5% 5% 5% 7.5%

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