Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

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463-MSS, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 2637, los limites y beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 415-MSS. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, conforme al Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM. Tercera.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, el cumplimiento y la divulgacion y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1038947-1

un beneficio de menor liquidacion, la cual establecio como limite al incremento de las tasas a aplicar por los arbitrios municipales 2012, la liquidacion mensual total aplicada en el ejercicio 2011, compuesta por la suma de los montos liquidados por cada arbitrio, descontada con los beneficios que se aprobaron mediante Ordenanzas Nº 294-MSS, Nº 368-MSS, Nº 375-MSS y 376-MSS, normas que componen el MORDAZA legal aplicable al ejercicio 2011 y adicionar un descuento del orden del 1%, entre otros beneficios; Que, asimismo la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, indica que, mediante Ordenanza Nº 463-MSS, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 2637-MML, se ha dispuesto para el ejercicio 2014 la prorroga del MORDAZA legal, criterios de distribucion y tasas aplicables a los arbitrios de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, establecidos mediante Ordenanza Nº 400-MSS modificada por Ordenanza Nº 410-MSS y prorrogadas con Ordenanza Nº 437-MSS para el ejercicio 2013, considerando que la prestacion de los servicios publicos ha de mantener las mismas caracteristicas y calidad con la que han sido brindadas durante los anos 2012 y 2013, precisando que la propuesta presentada, no implica la variacion de las tasas a cobrar a los vecinos, por lo que, a fin de mantener las mismas condiciones en que se ha ejecutado la liquidacion y recaudacion de los arbitrios de dichos anos, y a su vez, alentar el cumplimiento de obligaciones tributarias corrientes y el sostenimiento de los bajos niveles de morosidad observados en el 2013, para el ejercicio 2014, recomienda que se apliquen los limites y beneficios asociados a dicho regimen legal, aprobados por la Ordenanza Nº 415-MSS, el que fuera aplicado tambien para el ejercicio 2013 con Ordenanza Nº 441-MSS, por lo cual, remite el presente proyecto de Ordenanza que establece el Beneficio de Liquidacion Menor para el Ejercicio 2014; Que, con Memorandum Nº 001-2014-GAT-MSS del 03.01.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria remite el precitado Informe, el cual contiene la propuesta de Ordenanza que aplica para el ejercicio 2014 el beneficio de liquidacion menor, el cual aplica a las liquidaciones por arbitrios municipales del ano 2014, emitidas al MORDAZA de la Ordenanza Nº 463-MSS, los limites y beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 415-MSS, siendo sustento legal de la propuesta, lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, asi como el Articulo 41º de la misma MORDAZA, modificado por Decreto Legislativo Nº 981. Asimismo, senala que la MORDAZA propuesta ademas de constituir un mecanismo para alentar la estabilidad tributaria en la liquidacion de los arbitrios municipales, se toma tambien en un medio de apoyo a los vecinos del distrito para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del ejercicio corriente, alentando a su vez, el sostenimiento de baja morosidad de arbitrios observado en el ejercicio 2013. Por ultimo, senala que de conformidad con lo establecido en el inciso 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, resulta innecesaria la prepublicacion del presente proyecto de Ordenanza, en tanto constituye unicamente la aplicacion de un beneficio a favor de los vecinos; Que, mediante Informe Nº 010-2014-GAJ-MSS del 06.01.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta la documentacion presentada, asi como la normativa aplicable al tema, concluye emitiendo opinion favorable respecto al presente proyecto de Ordenanza al considerarlo legalmente procedente; Que, con Memorandum Nº 007-2014-GM-MSS del 06.01.2014, la Gerencia Municipal expresa su conformidad al presente proyecto de Ordenanza; Que, estando al Dictamen Conjunto Nº 007-2014CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, al Informe Nº 010-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 9º incisos 8) y 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por UNANIMIDAD de los presentes, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APLICA PARA EL EJERCICIO 2014 EL BENEFICIO DE LIQUIDACION MENOR Articulo 1º.- Beneficio de liquidacion menor Aplicar a las liquidaciones por arbitrios municipales del ano 2014, emitidas al MORDAZA de la Ordenanza Nº

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 306-MDS que aprobo beneficio de amnistia tributaria y no tributaria en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2014-MDS Surquillo, 15 de enero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: Vistos, el Memorandum Nº 01-2014-GM-MDS, de fecha 15 de enero de 2014 a traves del cual el Gerente Municipal, remite el Informe Nº 001-2014-GR-MDS de fecha 15 de enero de 2014 emitido por la Gerencia de Rentas, y el Informe Nº 007-2014-SGAT-GR-MDS, de fecha 10 de enero de 2014, emitido por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria y la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, mediante los cuales MORDAZA Sub Gerencias emiten opinion tecnica favorable sobre la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 306-MDS, que aprobo la Amnistia Tributaria y No Tributaria denominada "NAVIDAD 2013" y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 306-MDS, se aprobo la Amnistia Tributaria y No Tributaria denominada "NAVIDAD 2013" y, Que, el mediante Decreto de Alcaldia Nº 012-2013MDS, publicado con fecha 30 de noviembre de 2013, se aprobo PRORROGAR hasta el dia 17 de enero de 2014, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 306-MDS, la misma que aprobo la Amnistia Tributaria y No Tributaria denominada "NAVIDAD 2013"; Que, mediante el Informe Nº 007-2014-SGAT-GRMDS, de fecha 10 de enero de 2014, la Sub Gerencia de Administracion Tributaria informa a la Gerencia de Rentas que, se ha visto otorgan facilidades a los vecinos para el pago de sus tributos pendientes, por lo que opina favorablemente por el otorgamiento de un plazo mayor a los vecinos del distrito para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, proponiendo la prorroga de la

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