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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2014 (30/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Jueves 30 de enero de 2014 515580 y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, Arq. Roberto Medina Manrique con registro C.A.P. 7968, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con zoni¿ cación “I-2” Industria Liviana, del terreno como lote único con un área matriz de 6,889.98 m2, ubicado en Av. Nicolás Ayllón Nº 3525, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, Que, en el cuarto considerando de la precitada Resolucion de Subgerencia se señala que mediante Liquidación Nº 375-2012-MDA/GDU-SGHUE de fecha 31 de Octubre de 2012, correspondiente al dé¿ cit del Aporte Reglamentario de Servicio Público Complementarios-Otros Fines, para la zoni¿ cación “I2” Industria Liviana y por derecho de licencia de Habilitación Urbana, siendo la suma total ascendente a S/. 138,788.40 (Ciento Treinta y Ocho Mil Setecientos Ochentaiocho 40/100 Nuevos Soles) y mediante Recibo Nº 0010507709 de fecha 13/11/12, pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, el propietario acredita la cancelación de dicha Liquidación, Que, mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 1583-2012 (fs. 09) emitida por el Servicio de Parques de Lima, aprueba la valorización comercial del área de 323.78 m2, correspondiente al aporte reglamentario de Parques Zonales, por la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con zoni¿ cación “I-2” Industria Liviana, del terreno como lote único con un área matriz de 6,889.98 m2, ubicado en Av. Nicolás Ayllón Nº 3525, distrito de Ate, ascendente a la suma de S/. 496,071.44 y con el Recibo Nº 21-085106 (fs. 10) pagado en la tesorería de dicha institución, los administrados acreditan la cancelación del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Liquidación de Pago del aporte por Renovación Urbana emitida por EMILIMA – Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima, se señala como solicitante a Inversiones y Participación Beta S.A.C. con un área de aporte de 194.27 m2, valorizándolo a US$ 87,421.50 y con Recibo de Caja Nº 001351 (fs. 11) de fecha 30 de Octubre de 2012, emitido por MML-FOMUR se acredita la cancelación del aporte reglamentario, Que, mediante constancia de Existencia y Su¿ ciencia de Redes (fs. 54) emitido por Luz del Sur para el predio ubicado en la Av. Nicolás Ayllón Nº 3525 del distrito de Ate, indican que existen redes eléctricas en dicha zona; asimismo, el mencionado inmueble cuenta con los servicios básicos de agua, desagüe, energía eléctrica domiciliaria y pública, debidamente acreditado con los recibos de pago otorgado por las Entidades prestadoras de dichos servicios, SEDAPAL y LUZ DEL SUR respectivamente, Que, el predio en mención cuenta con los servicios básicos de habilitación urbana, y se han ejecutado las obras de pavimentación correspondiente a la afectación vial de la Carretera Central y de la calle Buenos Amigos, presentando los respectivos certi¿ cados de Ensayo de Laboratorio; estando pendiente la libre disponibilidad correspondiente a la Av. Los Ingenieros, para ser ejecutado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuando lo determine dicha Entidad competente, de conformidad con el artículo sétimo de la Ordenanza Nº 341-MML. Asimismo, en la vereda de la vía auxiliar de la Carretera Central, han ejecutado un techo de rejilla metálica a nivel de vereda, para una cámara de inspección correspondiente a una Subestación Eléctrica Nº 6099 de propiedad de Luz del Sur S.A.A., Que, mediante Declaración Jurada presentada por la empresa INVERSIONES Y PARTICIPACION BETA S.A.C. debidamente representado por su Gerente General Jaime Yoshiyama Sasaki; Declara bajo juramento en nombre de su representada se comprometen a demoler la construcción edi¿ cada sobre el área afecta por la Avenida Ingenieros detallada en el Plano Nº 048-2012-SGHUE-GDU/MDA de fecha 19/11/12 aprobada por Resolucion de Subgerencia Nº 1164-2012-MDA/GDU-SGHUE, de Regularización de habilitación Urbana Ejecutada, sobre el inmueble sito en la Av. Nicolás Ayllón 3525, distrito de Ate, asimismo, el compromiso de demolición de la construcción sobre el área afectada se efectuará cuando la Municipalidad Metropolitana de Lima lo solicite oportunamente, Que, mediante Informe Nº 107-2013-MDA/GDU- SGHUE-JLCHG de fecha 10 de Diciembre de 2013 emitido por el Área Técnica de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edi¿ caciones concluye que se encuentra ejecutado todas las obras básicas y complementarias de habilitación urbana; asimismo la empresa se compromete a dejar libre el retiro correspondiente a la Av. Los Ingenieros, para ser ejecutado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con el artículo sétimo de la Ordenanza Nº 341-MML; así también, la empresa ha cumplido con cancelar el dé¿ cit de los aportes reglamentarios correspondiente al predio matriz y con presentar los requisitos según el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el artículo 79º, inciso 3.6.1 del Capítulo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; artículo 75º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, así como, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edi¿ caciones, Ley Nº 29090, su Reglamento y por el Reglamento Nacional de Edi¿ caciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano de Replanteo Nº 083-2013-SGHUE-GDU/ MDA y memoria descriptiva suscrita por el profesional responsable Ing. Ricardo Armando Ruiz Ortiz, con colegiatura CIP Nº 47643; que forma parte de la presente Resolución; las Obras de Habilitación Urbana, para la zoni¿ cación “I-2” Industria Liviana del terreno como lote único con un área matriz de 6,889.98 m2; ubicado en la Av. Nicolás Ayllón Nº 3525 del distrito de Ate; y en consecuencia se otorga la libre disponibilidad del mismo. Del Área Bruta del terreno correspondiente de 6,889.98 m2, le corresponde un Área Útil total de 4,904.06 m2, un área de Vía Colectora de 414.39 m2 y un Área de Vías de 1,571.53 m2. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Ejecución de la Av. Los Ingenieros, cali¿ cada como Vía Colectora, estará a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con el Artículo Sétimo de la Ordenanza Nº 341-MML; y que los Propietarios dejarán la libre disponibilidad del área afecta a dicha vía metropolitana cuando la Entidad Municipal lo solicite oportunamente. Artículo Tercero.- ESTABLECER, el levantamiento de la carga establecido en el Artículo Tercero de la Resolución de Subgerencia Nº 1164-2012-MDA/GDU- SGHUE de fecha 19 de Noviembre de 2012, al haberse acreditado la cancelación de los Aportes Reglamentarios. Artículo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdicción del distrito de Ate, la Habilitación Urbana que se recepciona con la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O¿ cial “El Peruano”, en el plazo máximo de 30 días calendario de noti¿ cados, por cuenta de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la O¿ cina Registral de Lima y Callao – SUNARP para los efectos de su Inscripción correspondiente; al SERPAR- LIMA, a EMILIMA, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y a los interesados para su conocimiento y ¿ nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CELIA VARGAS DE NÚÑEZ Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edi¿ caciones 1043122-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Disponen celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios durante el año 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2014/MDC Carabayllo, 6 de enero de 2014