Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2014 (30/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 30 de enero de 2014

515581
Articulo Cuarto.- LA SECRETARIA GENERAL, a traves del Area de Matrimonios, adoptara las horas de atencion mas adecuadas y brindara las facilidades que requieren los contrayentes. Articulo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General, hacer de conocimiento el presente Decreto al Concejo Municipal y gestionar la publicacion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase.

VISTO: El Informe Nº 003-2014-SG/MC, de fecha 06 de Enero del 2,014, emitido por Secretaria General, y en cumplimiento de su Plan de Accion para el presente ano, en lo que corresponde a la Celebracion de los Matrimonios Civiles Comunitarios, programados por dias festivos durante el ano 2,014; y, CONSIDERANDO: Que, es objetivo primordial de la presente Gestion Municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento y proteccion como celula basica de la sociedad en MORDAZA a nuestro ordenamiento juridico; Que, es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion de la familia, que el MORDAZA juridico exige; Que, en MORDAZA a lo consagrado por el Art. 4º de la Constitucion Politica de Peru, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser Instituciones Naturales y fundamentales de la sociedad; Que, con ocasion de celebrase los dias festivos en el distrito de Carabayllo, se ha programado la realizacion de diversas actividades para desarrollarse conforme al Plan Operativo Institucional de la Municipalidad dentro de las cuales se ha programado desarrollar cinco Matrimonios Civiles Comunitarios al margen de los que pudieran solicitar las organizaciones vecinales y/o sociales de base acorde con la celebracion de sus Aniversarios durante el presente ano; Que, para la realizacion de los Matrimonios Civiles Comunitarios, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoria por la carencia de recursos economicos y/o falta de MORDAZA de documentos oportunamente no han formalizado su union, por lo que se les debe dispensar de ser el caso de la publicacion de los edictos matrimoniales que pudieran solicitarse en su oportunidad, a tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Codigo Civil; Que, mediante ORDENANZA MUNICIPAL Nº 192A/MDC de fecha 19 de febrero del 2010, se establecio que en el Matrimonio Comunitario los contrayentes abonen como pago por pliego matrimonial y Derecho de Ceremonia, el importe de CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/.50.00). En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y el Art. 252º del Codigo Civil, con el visto de Secretaria General, Gerencia de Asuntos Juridicos y Gerencia Municipal. SE DECRETA: Articulo Primero.- CELEBRAR los Matrimonios Civiles Comunitarios, a realizarse por dias festivos en los diversos sectores del distrito durante el ano 2014, conforme a continuacion se detalla: Primer Matrimonio: 15 de Febrero "En el Mes del MORDAZA y la Amistad ­ II Festival del MORDAZA con Sabor"" MORDAZA Matrimonio: 10 de MORDAZA "Por el Dia de La Madre" Tercer Matrimonio: 28 de Junio "Por el Aniversario del Distrito" MORDAZA Matrimonio: 20 de Setiembre "En el Mes de La Familia" MORDAZA Matrimonio: 06 de Diciembre "Por La Paz y en el Dia de la Declaracion de los Derechos Humanos" Articulo Segundo.- DISPONER que el costo del Pliego Matrimonial y Derecho de Ceremonia por MORDAZA es de S/. 50.00 (Cincuenta nuevos soles). Articulo Tercero.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos Matrimoniales respecto de los plazos legales para la referida celebracion a los contrayentes que justi quen y lo soliciten oportunamente especi cando las razones de la misma.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1043187-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Prorrogan para el ejercicio 2014 la vigencia de la Ordenanza Nº 260-2012MDI que aprobo la estructura de costos, estimacion de ingresos y determinacion del derecho de emision mecanizada de actualizacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2012
ORDENANZA Nº 297-2014-MDI Independencia, 9 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA VISTO: Memorando Nº 1261-2013-GM/MDI de la Gerencia Municipal, Memorando Nº 943-2013-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoria Legal y el Informe Nº 1772013-GR/GM/MDI de la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senala que los Gobiernos Locales mediante ordenanza, pueden crear, modi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que la ordenanza es el instrumento normativo para crear, modi car, suprimir o exonerar, la aplicacion de los arbitrios municipales y supedita la puesta en vigencia de la MORDAZA a su rati cacion por la municipalidad provincial; Que, conforme a la cuarta disposicion nal del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor el 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 1533 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprueba el procedimiento de Rati cacion de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ambito de la Provincia de MORDAZA, publicada el 27 de junio de 2011 y establece en la setima Disposicion Final ­ Periodicidad en la Rati cacion de Ordenanzas de Derecho de Emision, las Ordenanzas distritales que aprueben los derechos de emision mecanizadas deberan ser rati cadas anualmente, sin perjuicio de la anterior, el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.