Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2014 (30/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 30 de enero de 2014

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ANEXO Nº 1 f) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero por un servidor de la ODPE. g) Se invitara a un servidor de la ONPE/ODPE, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. h) El numero del primer bolillo sorteado se le asignara a la organizacion politica local provincial ubicada en la primera posicion, despues del ordenamiento alfabetico. El numero del MORDAZA bolillo extraido se le asignara a la segunda; y asi sucesivamente hasta terminar de asignar los numeros impares a todas las organizaciones politicas locales provinciales inscritas. i) Simultaneamente a la actividad anterior, registra (en los papeles colocados en la pared o en una computadora, de haberse conseguido un proyector multimedia) los resultados obtenidos y los muestra al publico asistente. j) El Notario Publico o el Juez de Paz MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y a los resultados obtenidos. k) Los servidores de la ODPE registraran los resultados. Articulo 7º.- Sorteo de asignacion de numeros a las organizaciones politicas locales distritales A las organizaciones politicas locales de ambito distrital se les identi cara con numeros pares. El sorteo de asignacion de estos numeros se realizara de acuerdo a los pasos siguientes: a) Se veri ca si en las circunscripciones electorales bajo el ambito de la ODPE no se han inscrito organizaciones politicas locales distritales, con lo cual no se realizara el sorteo. b) En el supuesto que se MORDAZA inscrito solamente una organizacion politica distrital, en el distrito se realizara un acto publico, el mismo que no requiere la presencia obligatoria de un Notario Publico. Se emitira un Acta donde conste que a la unica organizacion politica inscrita se le asignara de manera automatica el numero dos (2) y se procedera de acuerdo a lo regulado en el articulo 8° de este anexo. En caso exista mas de una organizacion politica inscrita se seguira el procedimiento secuencialmente, empezando por lo senalado en el literal c). c) Se anuncia el inicio del sorteo de asignacion de numeros si existieran dos o mas organizaciones politicas locales distritales inscritas. d) Se ordena alfabeticamente a todas las organizaciones politicas locales distritales inscritas, de acuerdo a su denominacion. e) Se selecciona tantos bolillos identi cados con numeros pares consecutivos (empezando por el numero 2) como cantidad de organizaciones politicas se MORDAZA leido. f) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero por un servidor de la ODPE. g) Se invitara a un servidor de la ONPE/ODPE, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. h) El numero del primer bolillo sorteado se le asignara a la organizacion politica local distrital ubicada en la primera posicion, despues del ordenamiento alfabetico. El numero del MORDAZA bolillo extraido se le asignara a la segunda; y asi sucesivamente hasta terminar de asignar los numeros pares a todas las organizaciones politicas locales distritales inscritas. i) Simultaneamente a la actividad anterior, registra (en los papeles colocados en la pared o en una computadora, de haberse conseguido un proyector multimedia) los resultados obtenidos y los muestra al publico asistente. j) El Notario Publico o el Juez de Paz MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y a los resultados obtenidos. k) Los servidores de la ODPE registraran los resultados. Articulo 8º.- Publicidad y elaboracion de actas de los resultados del sorteo Una vez obtenido los resultados de los sorteos mencionados, se hacen publicos. De lo anterior se levantara el acta respectiva en cuatro ejemplares. Uno de

INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE ASIGNACION DE NUMEROS A LAS ORGANIZACIONES POLITICAS LOCALES DE LAS NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014 Articulo 1º.- Etapas del sorteo El sorteo se realiza en dos etapas: a) Sorteo de asignacion de numeros impares a las organizaciones politicas locales de ambito provincial. b) Sorteo de asignacion de numeros pares a las organizaciones politicas locales de ambito distrital. Articulo 2º.- Sedes del sorteo Los sorteos mencionados en el articulo anterior se realizaran en todas las O cinas Descentralizadas de Procesos Electorales ­ ODPE, conforme a sus respectivas circunscripciones. Articulo 3º.- Actividades preparatorias Previamente al sorteo, las ODPE con rmaran la presencia de un Notario Publico o de un Juez de Paz y de ser el caso, la concurrencia del representante del MORDAZA Electoral Especial o del MORDAZA Nacional de Elecciones, de la Defensoria del Pueblo, observadores y personeros de las organizaciones politicas participantes. Articulo 4º.- Retiro o desistimiento de organizacion politica En el caso que alguna organizacion politica se retire o desista de participar en el MORDAZA electoral, y se le MORDAZA asignado un numero como resultado del referido sorteo, el numero asignado no sera tomado en cuenta en los actos electorales a realizarse posteriormente. Articulo 5°.- Organizaciones politicas locales consideradas en el sorteo Las Organizaciones Politicas Locales inscritas que participaran en el sorteo de asignacion de numeros son aquellas que han logrado la inscripcion de su lista de candidatos para el presente MORDAZA electoral. Las organizaciones politicas locales que, por cualquier circunstancia, no logren la inscripcion de nitiva de sus listas de candidatos ante el MORDAZA Electoral Especial o ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, solo en caso corresponda, no seran consideradas en la cedula de sufragio, sin que esta situacion afecte el resultado del referido sorteo. Articulo 6º.- Sorteo de asignacion de numeros a las organizaciones politicas locales provinciales A las organizaciones politicas locales de ambito provincial se les identi cara con numeros impares. El sorteo de asignacion de estos numeros se realizara de acuerdo a los pasos siguientes: a) Se veri ca si en las circunscripciones electorales bajo el ambito de la ODPE no se han inscrito organizaciones politicas locales provinciales, con lo cual no se realizara el sorteo. b) En el supuesto que se MORDAZA inscrito solamente una organizacion politica provincial, en el distrito se realizara un acto publico, el mismo que no requiere la presencia obligatoria de un Notario Publico. Se emitira un Acta donde conste que a la unica organizacion politica inscrita se le asignara de manera automatica el numero uno (1) y se procedera de acuerdo a lo regulado en el articulo 8° de este anexo. En caso exista mas de una organizacion politica inscrita se seguira el procedimiento secuencialmente, empezando por lo senalado en el literal c). c) Se anuncia el inicio del sorteo de asignacion de numeros si existieran dos o mas organizaciones politicas locales provinciales inscritas. d) Se ordena alfabeticamente a todas las organizaciones politicas locales provinciales inscritas, de acuerdo a su denominacion. e) Se selecciona tantos bolillos identi cados con numeros impares consecutivos (empezando por el numero 1) como cantidad de organizaciones politicas se MORDAZA leido.

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