Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2014 (30/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Jueves 30 de enero de 2014

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Articulo Tercero.- El Banco debera asegurar, con una frecuencia anual, que los servicios objeto de subcontratacion MORDAZA sometidos a un examen de auditoria independiente, por una empresa auditora de prestigio que guarde conformidad con el ISAE 3402, emitido por la Federacion Internacional de Contadores (IFAC), o la SSAE 16, emitida por el Instituto Americano de Contadores Publicos Certi cados (AICPA), debiendo remitir a esta Superintendencia el reporte de auditoria MORDAZA 2 previsto por dichos estandares. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1043503-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a ICBC Peru Bank S.A. a efectuar la subcontratacion significativa de su procesamiento de datos en el exterior utilizando plataforma tecnologica del Industrial and Commercial Bank of China Limited, ubicada en la Republica Popular China
RESOLUCION SBS Nº 443-2014 MORDAZA, 22 de enero de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el ICBC PERU BANK S.A.(en adelante el Banco) para que se autorice a efectuar la subcontratacion signi cativa de su procesamiento de datos en el exterior utilizando la plataforma tecnologica del Industrial and Commercial Bank of China Limited ubicada en la MORDAZA de Shanghai, Republica Popular China; y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7.Aº de la Circular Nº G-140-2009 relativa a la "Gestion de la seguridad de la informacion", (en adelante, la Circular), establece que en caso que las empresas deseen realizar una subcontratacion signi cativa de su procesamiento de datos en el exterior, requeriran la autorizacion previa y expresa de la Superintendencia, debiendo presentar para tal efecto la documentacion senalada en el Anexo A de la citada Circular; Que, en el articulo 7º de la Circular se precisa que aun en casos de procesos subcontratados, las empresas son responsables y deben veri car que se mantengan las caracteristicas de seguridad de la informacion contempladas en la Circular en mencion; Que, el Banco ha cumplido con los requisitos establecidos en la citada Circular y en el procedimiento Nº 123 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, relativo a la "Autorizacion del Procesamiento Principal en el Exterior"; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria "A", por el Departamento Legal y por el Departamento de Supervision de Riesgo Operacional; y, contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y MIcro nanzas, Asesoria Juridica y Riesgos, y; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y modi catorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, al ICBC PERU BANK S.A. a efectuar la subcontratacion signi cativa de su procesamiento de datos en el exterior utilizando la plataforma tecnologica del Industrial and Comercial Bank of China Limited ubicada en la MORDAZA de Shanghai, Republica Popular China. Articulo Segundo.- En caso de producirse cambios posteriores del proveedor, del MORDAZA desde donde se recibe el servicio o de otras condiciones generales que fueron objeto de la autorizacion otorgada por esta Superintendencia, la empresa debera iniciar un MORDAZA procedimiento de autorizacion ante este organismo de control, conforme a lo establecido en la Circular.

Autorizan la inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 542-2014 MORDAZA, 23 de enero de 2014 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Bacigalupo MORDAZA para que se autorice su inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolucion SBS Nº 2684-2013 de fecha 02 de MORDAZA 2013, se aprobo el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de ios Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Nº SBS-REG-SGE-360-04; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas MORDAZA mencionadas; Que, la Comision Evaluadora en sesion de fecha 17 de diciembre de 2013, cali co y aprobo por unanimidad la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA Bacigalupo MORDAZA postulante a Corredor de Seguros de Personas persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyendose el MORDAZA de evaluacion, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi catorias; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Bacigalupo MORDAZA con matricula numero N4174, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario O cial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1043788-1

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