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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2014 (31/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 107

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014 515849 Artículo Tercero.- DISPONER que, para aquellas que se han inscrito desde el 01 de Enero del 2012 a la fecha, estarán sujetas a una evaluación previa y al Plan Regulador de Rutas; pues no se podrá atender el servicio a rutas no comprendidas en la Ordenanza Nº 017-2011-MPH, salvo que no exista dicho servicio al lugar pretendido. Artículo Cuarto.- ESTABLECER un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles para llevar a cabo el Proceso de Adjudicación Directa de Rutas, a partir de su convocatoria. Artículo Quinto.- DISPONER que las BASES DE ADJUDICACIÓN DIRECTA DE RUTAS, estará a libre disposición de las Empresas y Asociaciones de Transporte que deseen participar en este proceso, a partir del día siguiente de su Publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- DISPONER la obligación que, toda documentación presentada por los interesados sea sometida a revisión previa, a fi n de determinar su legal validez así como la respectiva antigüedad para hacer prevalecer su derecho; debiendo sujetarse para este efecto a lo que dispone la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, así como a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huaral. (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 1044390-1 Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 018-2013-MPH que estableció amnistía parcial de multas por infracciones al tránsito y al servicio de transporte en la Provincia de Huaral DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2014-MPH Huaral, 17 de enero del 2014. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 188-2013-MPH/GTTSV de fecha 03 de Enero del 2014, presentado por la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería de derecho público y establece de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2013-MPH, Estableció el Marco Legal de la ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE AMNISTIA PARCIAL DE MULTAS POR INFRACCIONES AL TRÁNSITO Y AL SERVICIO DE TRANSPORTE EN LA PROVINCIA DE HUARAL, Publicada en el Diario Ofi cial el Peruano con fecha 14 de Diciembre del 2013. Que, en ese orden de ideas y con el fi n de que se estimule a aquellos que aún no han efectuado sus pagos por concepto de Papeletas de Infracción al Tránsito y Transporte, resulta conveniente que se prorrogue los plazos establecidos y se genere una política municipal de facilidades de pago, estableciendo un Régimen de Incentivos que permita al administrado honrar de forma voluntaria las deudas adquiridas con la Municipalidad Provincial de Huaral y teniendo en consideración que la Ordenanza Municipal Nº 018-2013-MPH, estableció en el Artículo Segundo incentivos de Pago para Papeletas de Infracción al Tránsito y Transporte que se encuentren en proceso de cobranza ordinaria o cobranza coactiva, siempre y cuando el pago se realice al contado, la misma que debe ser sobre el valor nominal según la escala siguiente: A) Multas Administrativas Municipales (papeletas) vencidas por Infracción de Tránsito y al Transporte, correspondiente a los periodos anteriores al 2008, y 2008, 2009, 2010 y 2011: 1) Condonación del 100% de interés moratorios y factor reajuste. 2) Condonación del 100% de gastos y costas procesales. 3) Condonación del 80% de la obligación principal. B) Multas Administrativas Municipales (papeletas) vencidas por Infracción de Tránsito y al Transporte, correspondiente al periodo 2012: 1) Condonación del 100% de interés moratorios y factor reajuste. 2) Condonación del 60% de la obligación principal. C) Multas Administrativas Municipales (papeletas) vencidas por Infracción de Tránsito y al Transporte, que hayan sido interpuestas hasta el 31 de Octubre del 2013. 1) Condonación del 100% de interés moratorios y factor reajuste. 2) Condonación del 40% de la obligación principal. El cual tuvo una vigencia de hasta el último día hábil laborable del mes de diciembre del 2013, contados a partir del día siguiente de su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme lo establece el Artículo Tercero de la referida Ordenanza. Que, mediante informe Nº 188-2013-MPH/GTTSV de fecha 03 de Enero del 2014, la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, solicita que mediante Decreto de Alcaldía se Prorroguen los Plazos Establecidos en la Ordenanza Municipal 018-2013-MPH, a fi n de estimular los pagos por concepto de Papeletas de Infracción al Tránsito y Transporte. Que, mediante informe Nº 009-2014-MPH/GPPR/ SGPR de fecha 10 de Enero del 2014, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, comunica que habiendo analizado el Proyecto del Decreto de Alcaldía y teniendo por fi nalidad estimular a aquellos administrados que aún no han efectuado sus pagos por concepto de Papeletas de Infracción al Tránsito y Transporte, emite opinión técnica favorable para que el expediente continúe con su trámite. Que, mediante informe Nº 010-2014/MPH-GAF de fecha 15 de Enero del 2014, la Gerencia de Administración y Finanzas, emite opinión favorable para la Prórroga de Plazos de la Ordenanza Municipal Nº 018-2013-MPH, Ordenanza que Establece Amnistía Parcial de Multas por Infracciones al Tránsito y al Servicio de Transporte en la Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Nº 024-2014-MPH-GAJ de fecha 16 de Enero del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la PROCEDENCIA de la Prórroga de los Plazos Establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 018-2013-MPH, que Establece Amnistía Parcial de Multas por Infracción de Tránsito y al Servicio de Transporte; por lo que recomienda, se expida el acto administrativo correspondiente. Estando a lo expuesto, a la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 018-2013- mph y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- PRORROGAR el plazo establecido en el Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 018-2013- MPH, por el término de treinta (30) días hábiles posteriores a su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 1044391-1