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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2014 (31/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 92

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014 515834 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 260, que establece Beneficio de Regularización Tributaria en el distrito DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2014 La Molina, 28 de enero de 2014 VISTO: El Informe N° 002-2014-MDLM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 019-2014-MDLM-GAT-SGRFT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 260 que aprueba el “Benefi cio de Regularización Tributaria en el Distrito de La Molina”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Nº 28607 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 260, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 29 de setiembre del 2013, se aprobó el Benefi cio de Regularización Tributaria en el distrito de La Molina que durante su vigencia, mantengan deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias, correspondientes a periodos anteriores en el que se encuentre vigente; Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 029-2013, se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 260, hasta el 31 de enero de 2014; Que, siendo política de la presente gestión, brindar el apoyo necesario a la población, así como también, otorgar facilidades para que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 260, que aprueba el Benefi cio de Regularización Tributaria en el distrito de La Molina, toda vez que se advierte que existen contribuyentes que no han logrado acogerse a los benefi cios establecidos en la referida Ordenanza; Que, la Tercera Disposición Final de la citada norma municipal, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria mediante Informe N° 019-2014- MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe N° 002-2014-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 027- 2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 260, que establece el Benefi cio de Regularización Tributaria en el Distrito de La Molina hasta el 28 de febrero de 2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Atención al Ciudadano, al Ejecutor Coactivo Tributario, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1043727-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 226 modificada por la Ordenanza N° 252, que aprueba “Beneficios Tributarios para la Regularización y/o Actualización de la Información del Predio, como Resultado de un Procedimiento de Fiscalización Tributaria y/o Actualización Catastral” DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2014 La Molina, 28 de enero de 2014 VISTO: El Informe Nº 003-2014-MDLM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 021-2014-MDLM-GAT-SGRFT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 226, modifi cada por la Ordenanza N° 252, que aprueba “Benefi cios Tributarios para la Regularización y/o Actualización de la Información del Predio, como Resultado de un Procedimiento de Fiscalización Tributaria y/o Actualización Catastral”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modifi cada por la Ley de Reforma Nº 28607 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 226, publicada el 10 de febrero del 2012 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se aprobó benefi cios tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes del distrito de La Molina, siempre que éstos cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias formales y sustanciales de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, generadas como resultado de acciones de fi scalización tributaria y/o procedimiento de actualización catastral; sea cual fuere el estado en el que la deuda se encuentre; Que, la Segunda Disposición Final de la misma Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la norma en mención; Que, a través de la Ordenanza N° 252, publicada el 30 de abril de 2013 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se modifi ca la Ordenanza N° 226, prorrogándose la vigencia de la misma hasta el 31 de octubre de 2013; Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 030-2013, publicado el 27 de diciembre de 2013 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 226, hasta el 31 de enero de 2014; Que, siendo política de la presente gestión, brindar el apoyo necesario a la población, así como también, otorgar facilidades para que los contribuyentes regularicen de manera oportuna sus obligaciones tributarias formales y sustanciales, y teniendo en cuenta que la vigencia de la Ordenanza N° 226, modifi cada por la Ordenanza N° 252, ha tenido un efecto favorable para la Municipalidad, permitiendo el incremento de la base tributaria y la reducción del nivel de morosidad de los contribuyentes del distrito se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la misma, toda vez que las acciones de fi scalización tributaria se efectúan de manera permanente en el distrito y se advierte contribuyentes que no han logrado acogerse al benefi cio; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 021-2014- MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 003-2014-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 026-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 226