Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Torre" de conformidad con los planos PTL-001-MDI-2013-GGU y PTL-002-MDI-2013GGU con su Memoria Descriptiva y cuadro de areas, las cuales se encuentran senalados en el Anexo Nº 01 y que forman parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- INCORPORAR dentro del radio de jurisdiccion de la Municipalidad distrital de Independencia, la presente Habilitacion MORDAZA de Oficio. Articulo Tercero.- OFICIAR al Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, para el cambio de uso, de MORDAZA a MORDAZA, de los lotes que conforman la Habilitacion MORDAZA de Oficio que se aprueba de acuerdo a los planos PTL-001-MDI-2013-GGU y PTL-002-MDI-2013GGUcon su memoria descriptiva y cuadro de areas que forman parte integrante de la presente resolucion, acto que se formalizara mediante la gestion individual de cada propietario ante los Registros Publicos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Gestion MORDAZA 1043790-1

Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, entendiendose que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente. Que, el Articulo 79º numeral 3.6.1 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, menciona como funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el de normar, regular y otorgar autorizaciones asi como realizar la fiscalizacion, respecto a las habilitaciones Urbanas, entre otros, de acuerdo a los planes de desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, el urbanismo y el acondicionamiento territorial. Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de edificaciones, establece que las municipalidades identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la Resolucion que se declare habilitados de oficio dichos predios, y dispongan la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana. Que, la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es una facultad administrativa excepcional y diferente al tramite regular contemplado por Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de edificaciones que otorga a las Municipalidades la potestad de declarar de oficio la Habilitacion MORDAZA, siempre que la verificacion efectuada al predio, esta aparezca inscrito como MORDAZA en el Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP pero se encuentra en una MORDAZA MORDAZA consolidada (es decir que cuente con edificaciones y servicios publicos). Que, mediante los Informes Nº 705-2013 FSGSGOPCUTV-GGU/MDIy Nº 1604-2013-SGOPCUTVGGU/MDI de fecha 23 de Diciembre del 2013, la Sub Gerencia de Obras Privadas, Control MORDAZA y Transporte Vial, indica que el predio cuenta con los servicios basicos, estando conformado por lotes distribuidos de manera uniforme y respetando las normas tecnicas de acuerdo al uso destinado, asimismo se indica que existen lotes que son afectados por Proyecto Periferico Vial;tambien despues de verificar los requisitos necesarios para impulsar la habilitacion MORDAZA de oficio y habiendose practicado la inspeccion ocular respectiva, debera proseguir con el presente procedimiento. Que, mediante Informe Nº 947-2013-GAL/MDI, de fecha 24 de diciembre de 2013, la Gerencia de Asesoria Legal, luego del analisis del presente procedimiento administrativo y de las instrumentales anexadas, asi como de los informes emitidos por los Organos competentes, opina que el tramite de habilitacion MORDAZA de oficio del terreno de 240,497.50 m2, ubicado en el distrito de Independencia, Provincia y Departamento de MORDAZA, e inscrito en la Partida Registral Nº P01343106, cumple con los requisitos contemplados en el Articulo 24º de la Ley Nº 29090. Que, estando a lo expuesto en la parte considerativa de la conformidad con las facultades conferidas por las Leyes Nº 27972 Ley Organiza de Municipalidades y Nº 29090- Ley de Regularizaciones de Habilitaciones Urbanas y de edificaciones, en uso de las facultades indicadas en el articulo Nº 95 del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenada Nº 2662012-MDI, y en merito a lo informado por las unidades organicas pertinentes; Contando con la visacion de la Sub Gerencia de Obras Privadas, Control MORDAZA y Transporte Vial y la Gerencia de Asesoria Legal, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA HABILITACION MORDAZA DE OFICIO del terreno de 240,497.50 m2, inscrito en la Partida Nº P01343106 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, correspondiente a la "Urbanizacion

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del Distrito de La MORDAZA, con motivo del 52° Aniversario de su creacion Politica
DECRETO DE ALCALDIA N° 002-2014 La MORDAZA, 28 de enero de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley No. 13981 de fecha 06 de Febrero de 1962, se creo el Distrito de La MORDAZA en la Provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA ha organizado un homenaje con motivo de celebrar el 52° Aniversario de su Creacion Politica, programando realzar en esta importante fecha, diversos actos civico ­ culturales; Que, asimismo conviene reafirmar los sentimientos de union y fraternidad de la Comunidad como medio para lograr su prosperidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Articulos 20° numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del Distrito de La MORDAZA, del 01 al 28 de febrero del 2014, con motivo de conmemorarse el 52° Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de La Molina. Articulo Segundo.- Las Instituciones publicas y privadas, asi como los domicilios particulares de la jurisdiccion, daran cumplimiento al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion la difusion del presente dispositivo municipal; y, a la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa la verificacion de su cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1043311-1

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