Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

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194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Municipal con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; se expide la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA EL INTERES MORATORIO APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS NO CANCELADAS Y/O RECAUDADAS OPORTUNAMENTE POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA Articulo 1º.- FIJESE la Tasa de Interes Moratorio (TIM) mensual, aplicable a la deuda tributaria correspondiente a los tributos administrativos y/o recaudados por la Municipalidad Distrital de Pucusana que es igual a lo establecido por resolucion de la Superintendencia Nº2962011/SUNAT Nacional de Administracion Tributaria SUNAT. Articulo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Administracion Tributaria, por cuanto es de su competencia. Articulo 3º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo 4º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- PUBLIQUESE la presente MORDAZA local en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en el MORDAZA Institucional www.munipucusana.gob.pe/ y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1044602-3

Pucusana, la publicacion, distribucion y notificacion de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y/o medios de comunicacion local de la jurisdiccion. Articulo Setimo.- ENCARGAR a Secretaria General y a la Unidad de Informatica, la publicidad del texto integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Registrese, archivese. comuniquese, cumplase y luego

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1044602-2

Fijan el interes moratorio aplicable a las deudas tributarias no canceladas y/o recaudadas oportunamente por la Municipalidad Distrital de Pucusana
ORDENANZA Nº 148-2014/MDP Pucusana, 8 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 08 de Enero del 2014; el Proyecto de Ordenanza, presentado mediante Informe Nº0003-2013-OAT/MDP de la Oficina de Administracion Tributaria; que fija el monto de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) para el Ejercicio 2014. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º, 195º Numeral 3 y 196º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972- "Ley Organica de Municipalidades"; Que, mediante Ordenanzas Municipales, se fijan la Tasa de Interes Moratorio (TIM) para la aplicacion de Sanciones y Multas Tributarias, a razon de no haber presentado oportunamente su declaracion jurada de descargo, consecuentemente, por no encontrarse cancelada la deuda dentro de los plazos establecidos de acuerdo a Ley, en las que la Municipalidad tiene competencia normativa tal y como se recoge de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº27972 y su Articulo 40º; Que, de conformidad al Articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº135-99-EF y sus modificatorias, el monto del tributo no pagado dentro de los plazos indicados en el Articulo 29º devengara un interes equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM); Que, Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 953, modifica el Articulo 33º del Texto Unico de Ordenado del Codigo Tributario. En caso por los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM), sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT; Que, con fecha MORDAZA del 31 de Diciembre del 2011, la SUNAT emitio la Resolucion de Superintendencia Nº 02962011/SUNAT, que senala la Tasa de Interes Moratorio en 1.2% mensual, vigente desde el 01 de enero del 2012; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario establecer dentro de nuestra jurisdiccion la tasa de Interes Moratorio (TIM), aplicable a las deudas Tributarias no canceladas oportunamente, asi como no haber descargado oportunamente las mismas que vienen creando deudas incobrables perjudicando los estados financieros de nuestra Municipalidad; Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto en los Articulos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Pucusana
ORDENANZA Nº 149-2014-MDP Pucusana, 8 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 08 de Enero del 2014; el Proyecto de Ordenanza, presentado mediante Informe Nº001-2014-OPP-MDP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; que aprueba el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Pucusana. CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional", concordante con lo prescrito en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun el articulo 26º de la Ley 27972 "Ley Organica de Municipalidades", la administracion municipal adopta una estructura gerencial sustentandose en principios de programacion, direccion, ejecucion, supervision, control recurrente y posterior. Asimismo, las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestion y en la citada ley;

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