Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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anexo y/o predio adicional, similar monto se considerara para la emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de las Hojas de Liquidacion de los Arbitrios Municipales 2014. Articulo 11º.- ALTERNATIVAS DE PAGO.- Los contribuyentes o responsables del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular, podran cancelar el impuesto correspondiente al Ejercicio 2014, de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, el Impuesto anual se pagara hasta el 28 de Febrero del 2014. b) En forma fraccionada, hasta cuatro cuotas trimestrales. En este caso la primera cuota equivalente al 25% del impuesto total anual resultante debera pagarse hasta el 28 de Febrero del 2014. Las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, Agosto y Noviembre 2014; debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) que Publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago. En el caso de omisiones o infracciones y/o incumplimiento en el Pago del Impuesto, se aplicara lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ D.S. 135-99-EF y modificatorias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicacion de la presente norma. Segunda.- La Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria esta facultada a dictar, mediante Resolucion de Gerencia, los aspectos operativos administrativos para promover la aplicacion de la presente Ordenanza. Tercera.- La Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion; quedan encargados para la ejecucion de la presente Ordenanza, en lo que le competa. Encarguese a Secretaria General la Publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la respectiva difusion de la presente Ordenanza. Cuarta.- Disponer la Publicacion de la presente Ordenanza en la Pagina Web de la Corporacion Municipal (www.munihuaral.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1044388-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de Administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Articulo 2º del Titulo Preliminar, MORDAZA parrafo de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Que, el Articulo 39º "in fine" de la MORDAZA acotada, senala que el MORDAZA ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante Decreto de Alcaldia y los asuntos administrativos a su cargo mediante Resoluciones de Alcaldia y las Gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a traves de las resoluciones y directivas. Que, mediante la Ordenanza Nº 009-2000-MPH, se Reglamento el Servicio de Taxi en la Provincia de Huaral, la cual en su Articulo 23º indica que, las condiciones para el Otorgamiento de Autorizaciones para el servicio de Taxi Colectivo seran establecidas en las Bases del MORDAZA de Adjudicacion. Que, mediante la Ordenanza Nº 02-98-CMH, se Reglamento el Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros para la Provincia de Huaral, la misma que senala en su Articulo 2º para la prestacion del servicio indicado en el articulo anterior la autoridad administrativa podra: a) Otorgar Concesiones mediante a.1 Adjudicacion Directa. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral ha venido recepcionando reiteradas solicitudes de los representantes de los gremios de empresas de servicio de transporte MORDAZA e interurbano de pasajeros de la Provincia de Huaral, asi como de las propias empresas de manera individual, cuyas autorizaciones vencieron el 31 de MORDAZA del 2008, sin que se les hubiera regularizado su condicion legal de las mismas lo que para esta gestion es primordial brindar la atencion debida. Que, mediante Informe Nº 817-2013-MPH/GTTSV de fecha 19 de diciembre del 2013, la Gerencia de Transportes, MORDAZA y Seguridad Vial, remite el Informe Tecnico ­ Legal debidamente sustentada y la Propuesta de Decreto de Alcaldia para el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Rutas. Que, mediante Informe Legal Nº 1349-2013-MPHGAJ de fecha 23 de diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina por la PROCEDENCIA del Decreto de Alcaldia, que reglamente y sancione el procedimiento necesario para la aplicabilidad de la Ordenanza respectiva, por lo que resulta necesario se expida el presente acto administrativo. Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º, numeral 6) del Articulo 42º y Articulo 81º numeral 1.7 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; asi como la Ley Nº 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre en su articulo 17º numeral 17.1 Apendice a) y e), y lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC en su Septima Disposicion Complementaria Final y teniendo en cuenta la vigencia del Plan Regulador de Rutas, aprobado mediante Ordenanza Nº 017-2011-MPH; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER que se lleve a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Rutas, para aquellas empresas y asociaciones de transporte que han tenido autorizacion al 31 de MORDAZA del 2008. Las autorizaciones seran otorgadas con una vigencia de diez (10) anos, por tanto para el Servicio Regular como para el Taxi Colectivo; siempre y cuando no hubieran dejado de prestar servicio en ningun momento. Su recorrido sera el mismo que le corresponde segun la MORDAZA Resolucion Gerencial. Articulo Segundo.- DISPONER que, para aquellas empresas y asociaciones que han estado prestando servicios desde el 01 de Agosto del 2008 al 31 de diciembre del 2011, se sometan al mismo proceso; siempre y cuando no afecten ninguno de los derechos adquiridos de las empresas comprendidas en el articulo precedente, y su recorrido no signifique una superposicion de ruta, asi como su ubicacion inicial o final perjudique la tranquilidad del servicio. Para este efecto, se considerara como referencia valida la ruta original sin que se genere una modificacion de la misma.

Disponen que se lleve a cabo MORDAZA de Adjudicacion Directa de Rutas, para empresas y asociaciones de transporte que han tenido autorizacion al 31 de MORDAZA de 2008
DECRETO DE ALCALDIA Nº 020-2013-MPH Huaral, 26 de diciembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 817-2013-MPH/GTTSV de fecha 19 de diciembre del 2013 de la Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial y el Informe Legal Nº 13492013-MPH-GAJ de fecha 23 de diciembre del 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,

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