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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (14/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014 516762 representación del Ministerio de Salud, participe en la Reunión de Grupo Técnico del Capítulo de Asuntos Legales Anexo Transparencia; Que, mediante Informe Nº 027-2014-OGGPOD/ SIS de la Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud, se informa que los gastos del viaje antes señalado cuentan con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Seguro Integral de Salud del Pliego 135: Seguro Integral de Salud, para la adquisición de pasajes en tarifa económica, y cuatro (4) días de viáticos, incluidos los gastos de instalación, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante Informe Nº 020-2014-ODRH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación del citado profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, para que participe en la Reunión de Grupo Técnico en el Capítulo de Asuntos Legales Anexo Transparencia, en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), en la ciudad de Singapur, República de Singapur; Que, en tal sentido y siendo de interés para el país la participación en la mencionada Reunión de Grupos Técnicos del representante del Seguro Integral de Salud del Ministerio de Salud, resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario para que participe en la referida reunión; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, están exceptuadas de la prohibición a que hace referencia el mencionado artículo y se aprueban mediante Resolución del Titular de la Entidad; Con el visto de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Médico Cirujano Héctor Miguel Garavito Farro, Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) del Seguro Integral de Salud del Ministerio de Salud, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en la “Reunión de Jefes Negociadores y Grupos Técnicos en el Capítulo de Asuntos Legales Anexo Transparencia”, en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), del 14 al 21 de febrero de 2014. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje del citado funcionario en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a Unidad Ejecutora 001: Seguro Integral de Salud del Pliego 135: Seguro Integral de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes (incluido TUUA) : US$ 3,779.60 - Viáticos por 4 días ($500x4 para 1 persona) : US$ 2,000.00 -------------------- TOTAL : US$ 5,779.60 Artículo 3º.- Disponer que el citado profesional, dentro de los (quince) 15 días posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la Entidad con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuenta de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1050720-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran aprobada renovación de autorización otorgada mediante R.VM. N° 111-2002-MTC/15.03 a favor de persona natural RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 057-2014-MTC/03 Lima, 30 de Enero del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2012-008976 de fecha 17 de febrero de 2012, presentado por el señor FERNANDO RUIZ DAVILA, sobre renovación de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 111-2002- MTC/15.03; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 111- 2002-MTC/15.03 del 11 de marzo de 2002, se otorgó al señor FERNANDO RUIZ DAVILA, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Bellavista, departamento de San Martín, con plazo de vencimiento al 26 de abril de 2012; Que, con escrito de Visto, el señor FERNANDO RUIZ DAVILA solicitó la renovación de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 111-2002-MTC/15.03; Que, el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19° de la Ley de Radio y Televisión, concordante con el numeral 3) del artículo 71° de su Reglamento, establece que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, modifi cada con Decreto Legislativo N° 1029, señala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automáticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovación de autorización presentada con escrito de registro N° 2012-008976, quedó aprobada al 15 de