Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

517009

VI. MORDAZA simple del Certificado de Embalsamamiento, cuando el deceso sea superior a las 48 horas. VII. Comprobantes de pago. VIII. Declaracion jurada suscrita por el solicitante sobre la veracidad de los documentos presentados. d) Nichos: (...) VI. MORDAZA simple del Certificado de Embalsamamiento, cuando el deceso sea superior a las 48 horas. VII. Declaracion jurada suscrita por el solicitante sobre la veracidad de los documentos presentados. Para la inhumacion se requerira necesariamente estar al dia en los pagos por concepto de derecho de mantenimiento. En caso de no presentar los documentos exigidos en el presente Reglamento, no se emitira el Certificado respectivo." "Articulo 22º.(...) El traslado de cadaveres o restos humanos del extranjero hacia el Peru, requiere el certificado de defuncion, autorizacion sanitaria y visacion de ambos documentos por el Consulado Peruano respectivo." "DISPOSICIONES FINALES (...) Octava.- Se faculta a la Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion y a la Subgerencia de Salud, Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades a suscribir los titulos que correspondan a las adquisiciones de nichos y mausoleos producidos MORDAZA de la entrada en vigencia del presente Reglamento, previa acreditacion del pago respectivo." Articulo Tercero.- DEJAR sin efecto los formatos de Declaracion Jurada y Carta de Compromiso aprobados mediante Decreto de Alcaldia Nº 16-2012-MSS. Articulo Cuarto.- APROBAR los formatos de Certificado de Uso Temporal, Certificado de Mausoleo, Declaracion Jurada y Acta de Compromiso a que se hace referencia en el Reglamento de Administracion y Funciones del Cementerio Municipal de MORDAZA de MORDAZA aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 16-2012MSS, conforme a Los Anexos Nros 1, 2 y 3, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y los formatos aprobados, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad, (www.munisurco.gob. pe), en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial, conforme prescribe el Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/ SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 2002010-PCM. Articulo Setimo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia de siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, a la Subgerencia de Salud, Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas y a la Subgerencia de Gestion del Talento Humano el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1050335-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
Aprueban fecha de realizacion de Audiencia Publica de Rendicion de Cuentas correspondiente al MORDAZA Semestre del Ejercicio Fiscal 2013
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2014-CMDI Imperial, 3 de febrero del 2014. EL CONCEJO DISTRITAL DE IMPERIAL-CANETE VISTO: El Informe Nº 007-2014-GM/MDI de fecha 29 de Enero del 2014, emitido por la Gerencia Municipal sobre la Rendicion de Cuentas en Audiencia Publica correspondiente al MORDAZA Semestre del Ejercicio Fiscal 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo I de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se senala que: "Los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines". Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se senala que: "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico". Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 17º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que: "Los acuerdos son adoptados por mayoria calificada o mayoria simple, segun lo establece la presente ley. El MORDAZA tiene MORDAZA dirimente en caso de empate, aparte de su MORDAZA, como miembro del concejo". Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que: "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional". Que, mediante la Ordenanza Nº 016-2011-MDI de fecha 27 de Diciembre del 2011, se aprueba el Reglamento de Rendicion de Cuentas en Audiencia Publica de la Municipalidad Distrital de Imperial-Canete, siendo modificada mediante Ordenanza Municipal Nº 0012012-MDI de fecha 18 de Enero del 2012, debidamente Publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 8º de la Ordenanza Nº 016-2011-MDI, la Rendicion de cuentas en Audiencia Publica se realizara dos veces al ano, la quincena de MORDAZA y la Quincena de Enero (...)". Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 14º de la Ordenanza Nº 016-2011-MDI, modificada mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDI, se menciona que las fechas senaladas para la Rendicion de Cuentas en Audiencia Publica de la Municipalidad Distrital de Imperial quedan a consideracion de ser programadas para los siguientes anos. Que, mediante el Informe Nº 007-2014-GM/MDI de fecha 29 de Enero del 2014, la Gerencia Municipal informa que para los efectos de la programacion de la Rendicion de Cuentas en Audiencia Publica correspondiente al MORDAZA

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