Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 133

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

517003
para el ano 2014, cuyo monto es de S/. 3,800.00 (Tres Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles); Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Reconversion de los Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA 2012 de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, actualizados en funcion a la UIT establecida para el Ano Fiscal 2014, en S/. 3,800.00 (Tres Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles); que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- DISPONER que el texto del presente Decreto de Alcaldia sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y su anexo sera publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de esta Corporacion MORDAZA (www.muniplibre.gob.pe). Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 1050217-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban Reconversion de Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el MORDAZA 2012 de la Municipalidad, actualizados en funcion a la UIT establecida para el Ano Fiscal 2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2014-MPL Pueblo Libre, 3 de enero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 001-2014-MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Proveido Nº 006-2014-MPL-GM de la Gerencia Municipal, Memorando Nº 004-2014-MPL/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 392-MPL publicada el dia 23 de noviembre de 2012 en el Diario Oficial "El Peruano", se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2012 de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, siendo ratificada por el Concejo Metropolitano de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 1849 de fecha 23 de octubre de 2012; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0622009-PCM de fecha 23 de setiembre de 2009, que aprueba el Formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicacion, senala que "la modificacion del valor de la UIT, no implica la modificacion automatica del monto de los derechos de tramitacion contenidos en el TUPA. Dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion del valor de la UIT (...), las entidades deberan efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales aplicables como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion vigente entre el MORDAZA valor de la UIT"; Que, el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que "una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 304-2013-EF de fecha 11 de diciembre de 2013, se aprobo el MORDAZA valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano 2014, ascendente a la suma de S/. 3,800.00 (Tres Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 001-2014-MPL-GPP de fecha 02 de enero de 2014, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite a la Gerencia Municipal el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2012, conteniendo la reconversion de los terminos porcentuales de los Derechos Administrativos de esta Corporacion MORDAZA, actualizados en funcion de la UIT establecida para el ano Fiscal 2014, a fin que se gestione su aprobacion mediante decreto de alcaldia; Que, mediante Memorando Nº 004-2014-MPL/GAJ de fecha 03 de enero de 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye que no existe inconveniente legal en que se apruebe la reconversion de los terminos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el MORDAZA de esta Corporacion MORDAZA en funcion al MORDAZA valor de la UIT

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Prohiben la utilizacion de las bancas del distrito como rampas de skate
ACUERDO DE CONCEJO Nº 070-2013-MDPH Punta MORDAZA, 5 de diciembre de 2013 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 05 de diciembre el pedido de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre prohibir que se utilicen las bancas del Paseo de los tablistas como rampas de skate ya que se deterioran y significa un gasto innecesario para la gestion Municipal y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado prescribe que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de igual modo y acuerdo al Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico.

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