Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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Que el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de MORDAZA de 2002, establecio como una de sus politicas que somos un Estado eficiente y transparente (Vigesima Cuarta politica), asi como la promocion de la transparencia y la erradicacion de la corrupcion en todas sus formas (Vigesima Sexta politica), correspondiendo al Estado afirmar en la sociedad y dentro del propio sistema de gobierno principios eticos y valores sociales asi como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendicion de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro pais; asimismo, constituye elemento consustancial a dichas politicas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupcion y el atropello de los derechos de todos los ciudadanos. Que, la corrupcion es un fenomeno que afecta a todos los peruanos, en especial a los mas pobres, y por tanto su combate o control representa una politica de Estado que compromete a los tres niveles de gobierno. En esa linea, el Articulo 9° de la Ley N° 29976 ­ que eleva a rango de ley la MORDAZA de creacion de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion (CAN Anticorrupcion), en su inciso 1., establece que, "los gobiernos regionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion (...)". Que, se ha encargado a la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion realizar el seguimiento de la conformacion de las Comisiones Regionales Anticorrupcion, asi como coordinar con dichas comisiones la ejecucion de las politicas y el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion a nivel regional. Que, a traves del Decreto Supremo N° 119-2012-PCM se aprobo el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016, que contiene una vision, un objetivo general, cinco objetivos especificos, quince estrategias y cincuenta y cinco acciones, cuyo ambito de aplicacion comprende a los gobiernos regionales. Que, a traves del Decreto Supremo N° 046-2013PCM se aprobo la Estrategia Anticorrupcion del Poder Ejecutivo, la cual contiene las acciones operativas que se implementaran en este ambito, en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016 aprobado mediante Decreto Supremo N° 119-2012-PCM. Que la Ley N° 29976 de fecha 10 de diciembre del dos mil doce crea la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion estableciendo un sistema nacional constituido por los tres niveles de gobierno. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, a traves de la Ordenanza Regional N° 006-2006-GR.LAMB/CR de fecha 09 de febrero de 2006, se constituyo en pionero en el esfuerzo conjunto del Estado Peruano para combatir la corrupcion creando la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA con funciones de articulacion, prevencion y control social. Que, el MORDAZA de modernizacion del Estado Peruano fundamentado en el respeto de la persona y su dignidad ha emitido los lineamientos para la creacion de Comisiones Regionales Anticorrupcion de conformidad a las consideraciones generales de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer politicas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupcion en el pais. De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales - el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente Ordenanza Regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- MODIFIQUESE la Ordenanza Regional Nª 006-2016-GR.LAMB./CR adecuando la conformacion de la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA y demas disposiciones a la nueva normatividad vigente sobre la materia, que tiene como objetivo principal implementar acciones de prevencion y combate de la corrupcion en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion. Articulo Segundo.- RECONFORMESE la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA a que se refiere el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional N° 006-2006GR.LAMB/CR, de la siguiente manera: Los miembros principales seran: · El Presidente Regional de Lambayeque;

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

· El MORDAZA Provincial de Chiclayo; · El MORDAZA Provincial de Lambayeque; · El MORDAZA Provincial de Ferrenafe; · El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; · El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Lambayeque; · El Gobernador Regional de Lambayeque; · El Procurador Publico Anticorrupcion de Lambayeque; Los miembros observadores previamente acreditados, seran: · El Gerente de la Oficina de Coordinacion Regional Norte de la Contraloria General de la Republica; · El Comisionado del Defensor del Pueblo en Lambayeque; · El Presidente de la Camara de Comercio e Industria de Lambayeque; · Un representante acreditado de la Iglesia Catolica; · Un representante de las MORDAZA Evangelicas con sede en Lambayeque; · El Consejero Delegado del Consejo Regional de Lambayeque; · Un representante elegido de las Organizaciones de la Sociedad Civil de Lambayeque; · Un representante elegido de los Colegios Profesionales con sede en Lambayeque; · El Jefe de la Oficina Regional de Transparencia y Lucha Contra la Corrupcion del Gobierno Regional de MORDAZA, quien actuara como Secretario Tecnico de la Comision. Los miembros observadores participaran en las sesiones del pleno de la Comision actuando con voz pero sin voto. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA las funciones que en el MORDAZA de la Ley N° 29976 desarrollara en el entorno regional lambayecano, siendo las siguientes: a) Elaborar el Plan Regional de Lucha Contra la Corrupcion; b) Realizar el seguimiento y la supervision de la implementacion y cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion 2014-2016 en la Region de Lambayeque; c) Informar semestralmente a la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion sobre los avances en la implementacion del Plan Regional de Lucha Contra la Corrupcion; d) Proponer politicas a nivel regional de corto, mediano y largo plazo para la prevencion y lucha contra la corrupcion. Articulo Cuarto.- DISPONESE que conforme a los lineamientos para la creacion de las Comisiones Regionales Anticorrupcion contenidos en la Ley N° 29976, el presidente de la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA es elegido de entre sus miembros, a convocatoria de la Presidencia Regional de MORDAZA, teniendo la presidencia caracter rotatorio cada ano y pudiendo solo recaer en los representantes de las entidades publicas. Articulo Quinto.- ESTABLECESE como funciones de la Secretaria Tecnica de la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA, el ejecutar los acuerdos adoptados, asi como la elaboracion de los estudios y trabajos tecnicos que requiera dicha Comision para el cumplimiento de sus fines, garantizandose la cobertura de sus actividades a traves de recursos financieros que el Gobierno Regional de MORDAZA debera disponer para garantizar el apoyo tecnico y logistico que la Comision requiera. Articulo Sexto: DISPONESE la publicacion de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano, asi como en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales de la region MORDAZA, notificandose expresamente a la Comision Nacional de Alto Nivel Anticorrupcion, difundiendose ademas a traves del MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA, www.regionlambayeque.gob.pe, la misma que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

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