TEXTO PAGINA: 39
El Peruano Martes 15 de julio de 2014 527785 de Segregación en la Fuente 2014, a través de sorteos entre los vecinos del distrito de Independencia, que participen constante y activamente de éste. Artículo Segundo.- Para ser reconocido como participante del Sorteo del PSF 2014, el vecino deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) El vecino (a) participante (mayor de edad) debe estar registrado (a) en el Padrón del PSF 2014. b) Participar activamente en el PSF 2014, lo que implica la entrega de residuos sólidos reciclables almacenados en el transcursos de una semana, al reciclador autorizado en su respectiva zona y horario establecido por el PSF 2014, durante 09 semanas, dentro de éstas, una semana es agregada por efectos de que el vecino no se encuentre en su vivienda. c) Ser propietario (a) de una cuponera intransferible que será otorgada por el municipio de Independencia, el cual será llenado con 1 (un) sello cada semana de recojo durante las 09 semanas. Artículo Tercero.- Las personas reconocidas como vecinos participantes del Programa de Segregación en la Fuente –VPSF tendrán el siguiente benefi cio: a) Opción de participar en los sorteos de premiación.- Todos los vecinos identifi cados como VPSF que a la fecha hayan cumplido con el artículo anterior señalado en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- De los sorteos de premios.- Los premios están constituidos por todos aquellos artefactos y otros que se elijan para ser sorteados entre los VPSF. Artículo Quinto.- De la organización del sorteo.- La Gerencia de Gestión Ambiental realizará periódicamente en un Acto Público, el sorteo de los premios a ser entregados a los VPSF y su programación será determinada por Decreto de Alcaldía. El acto del sorteo se realizará con la presencia del Alcalde o su representante y de un Notario Público. La Gerencia de Gestión Ambiental deberá emitir el Acta del Sorteo a la Gerencia de Secretaría General, así como también, remitirá copia del mismo a la Gerencia de Administración y Finanzas, para el control de los premios y a la Gerencia Municipal para su supervisión. Artículo Sexto.- El fi nanciamiento de la Premiación y Reconocimiento al Vecino del Programa de Segregación en la Fuente– VPSF, será fi nanciado por Recursos Propios de la Entidad Edil, con certifi cación de la disponibilidad presupuestaria por parte de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, con la opinión favorable de la Gerencia Municipal. La Gerencia de Gestión Ambiental, propondrá a la Gerencia Municipal la relación de premios a ser sorteados a los VPSF, la propuesta deberá incluir obligatoriamente las valorizaciones y especifi cación técnicas de los bienes muebles a ser sorteados. La Gerencia de Administración y Finanzas será la responsable de las adquisiciones que corresponda, una vez adquiridos los bienes, serán puestos a disposición de la Gerencia de Gestión Ambiental, para que sean sorteados a favor de los VPSF. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los sorteos en el Plan de Incentivos dispondrán de S/. 13,500.00 (Trece Mil Quinientos Nuevos Soles) distribuidos de la siguiente manera: PRIMER SORTEO SEGUNDO SORTEO TERCER SORTEO Semana del sorteo Tercera semana de Julio del 2014 Primera semana de Octubre del 2014 Segunda semana de Diciembre del 2014 Disposición Económica S/. 4500.00 S/. 4500.00 S/. 4500.00 Segunda.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente norma, esto es, el calendario de sorteos anualmente, determinar el monto a disponerse para la adquisición de los premios entre otros que sean necesarios. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización y a la Subgerencia de la Tecnología de la Información y la Comunicación, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a su competencia. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1110214-1 Aprueban actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2014-MDI Independencia, 27 de junio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Informe Nº 062-2014-MPP-PSF-SGLP- GGA/MDI de fecha 18 de junio del 2014 e Informe Nº 961- 2014-GGA/MDI, mediante el cual, la Gerencia de Gestión Ambiental recomienda la aprobación de la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Independencia; y, CONSIDERANDO; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, el numeral 22 de artículo 2 de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de sus propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armónica; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 80º que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales, el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, modifi cado por Decreto Legislativo Nº 1065, señala en su artículo 10 que las Municipalidad Distritales son responsables de la prestación de los servicios de recolección y transporte de residuos de origen domiciliario, comercial y similares a éstos, así como la de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción y su adecuada disposición fi nal de los mismos; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobó la Política Nacional del Ambiente, prescribe, en el