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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2014 (15/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Martes 15 de julio de 2014 527783 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 348-MDA de fecha 30 de junio del 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 01 de julio del 2014, se estableció el Benefi cio de Condonación de Deudas Tributarias y No Tributarias, a favor de las personas naturales y jurídicas, con el objeto de incentivar la regularización de sus obligaciones, generadas hasta la fecha de entrada en vigencia de la citada Ordenanza, que se encuentren pendientes de pago en la vía ordinaria o coactiva; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Cuarta Disposición Complementaria, faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prorroga mediante Decreto de Alcaldía de la ampliacion de la vigencia del benefi cio otorgado a través de la referida Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria; Que, mediante Informe N° 0078-2014-MDA-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria señala que considera necesario el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, establecidos en la Ordenanza Nº 348-MDA, motivo por el cual se hace necesario la ampliacion de la vigencia establecida en la misma y la expedicion de la presente norma; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza N° 348-MDA, que establece el Benefi cio de Condonación de Deudas Tributarias y No Tributarias, hasta el 31 de Julio del 2014. Artículo Segundo.- Encárguese, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás Unidades Orgánicas de ésta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1110286-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla ORDENANZA N° 201/MDC Cieneguilla, 20 de junio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el Informe Nº 035-2014- GPP/MDC de fecha 06 de junio de 2014 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 148-2014- GAJ-MDC de fecha 12 de junio de 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 100-2014-GM-MDC de fecha 12 de junio de 2014 de la Gerencia Municipal, sobre el proyecto de Ordenanza que modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 139-2011-MDC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, así como la estructura orgánica, modifi cada por Ordenanza N° 158- 2012-MDC y por Ordenanza N° 165-2012-MDC; Que, a través del Informe Nº 035-2014-GPP/ MDC de fecha 06 de junio de 2014 la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto señala que es necesario poner en conocimiento del Concejo Municipal para que sea aprobada mediante ordenanza una modifi cación al Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia de Desarrollo Social, precisando las funciones específi cas en materia de atención a la Persona con Discapacidad, fundamentando que dicha modifi cación se debe a la necesidad de establecer el funcionamiento de la Ofi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad como un programa dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social asignándole funciones específi cas, competencias y un espacio el cual de acuerdo al artículo 70° de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad se denominará “Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad – OMAPED”. Que, la propuesta de modifi cación del ROF de la Gerencia de Desarrollo Social, se enmarca dentro de las normas y guía metodológica para la aplicación de la Meta 02: “Diagnóstico de Accesibilidad para Personas con Discapacidad” del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2014, aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; Que, mediante el Informe Nº 148-2014-GAJ-MDC de fecha 12 de junio de 2014 la Gerencia de Asesoría Jurídica, ha emitido opinión favorable para la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Que, en tal sentido es necesario efectuar modifi caciones al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con el voto unánime de los señores regidores, miembros integrantes del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- MODIFICAR el numeral 51 del Artículo 81° de la Ordenanza Nº 139-2011-MDC, modifi cada por Ordenanza N° 158-2012-MDC y por Ordenanza N° 165-2012-MDC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 81°.- Son funciones de la Gerencia de Desarrollo Social: 51. Promover la atención de las personas con discapacidad del distrito, a través de la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPED), para cuyo fi n tiene las siguientes funciones específi cas: