TEXTO PAGINA: 34
El Peruano Martes 15 de julio de 2014 527780 CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG- SGE-360-04; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 17 de diciembre de 2013, califi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Elena Trinidad Failoc Cornejo postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Elena Trinidad Failoc Cornejo con matrícula número N- 4286 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al dia siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1109987-1 Autorizan a Financiera Uno S.A. la apertura y cierre de oficinas especiales, ubicadas en los departamentos de Ucayali, Lima, Puno, Ancash y La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 4221-2014 Lima, 2 de julio de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por Financiera Uno S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (1) ofi cina especial según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la referida Financiera ha presentado la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;