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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2014 (16/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Miércoles 16 de julio de 2014 527888 la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 1884-2008-EF. b) Aprobar las modifi caciones al Plan Anual de Contrataciones-PAC, previo informe favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. c) Evaluar semestralmente el Plan Anual de Contrataciones-PAC. d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía. En este último caso podrá designar un Comité Especial Ad Hoc o Permanente cuando lo considere conveniente. Asimismo, podrá aprobar la recomposición de los mismos. e) Aprobar los expedientes de contrataciones y Bases Administrativas de los procesos de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos, así como la cancelación de los precitados procesos; con excepción de las provenientes de exoneraciones. f) Suscribir los contratos provenientes de los procesos de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos derivados de estos. g) Suscribir los contratos complementarios, cuyo contrato original provenga de los procesos de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos derivados de estos. h) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, así como reducciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, derivado de procesos de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos derivados de estos. i) Aprobar la cancelación parcial o total de los procesos de selección, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184- 2008-EF y modifi catorias. j) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, derivado de procesos de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. k) Resolver los recursos de apelación que interpongan los postores contra los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato, en los procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía. 1.3 En materia de Recursos Humanos: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal respecto a las asignaciones, ceses, renuncias, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, destaques, suplencias, encargatura de funciones, prórrogas o renovaciones de contratos y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal adscritos al régimen laboral de los Decretos Legislativos Nros. 728 y 1057, previo informe técnico sustentatorio de la Ofi cina General de Administración. b) Suscribir los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 1057. c) Aprobar los requerimientos de contratación del personal sujeto al régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, formulados por las unidades, órganos y direcciones de la Entidad. 1.4 En materia Administrativa y de Gestión: Aprobar los Planes Operativos vinculados a la marcha institucional de la Entidad, previo informe favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 2º.- Delegación de facultades al Jefe (a) de la Ofi cina General de Administración Delegar en el jefe (a) de la Ofi cina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, las siguientes facultades y atribuciones: 2.1 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar los Expedientes de Contrataciones y Bases Administrativas de los procesos de Adjudicación Directa Publica, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía, así como la cancelación de los precitados procesos. b) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, así como reducciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, derivado de procesos de Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía. c) Suscribir los contratos derivados de los procesos de Adjudicación Directa Publica, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía. d) Resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual derivado de procesos de Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía. e) Otorgar a los contratistas la constancia de prestaciones de contratos derivados de Procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación de Menor Cuantía y Adjudicación de Menor Cuantía derivada. f) Aprobar la estandarización de bienes o servicios. 2.2 En materia de Recursos Humanos: Suscribir las adendas y resolución de los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 3º.- Publicidad de la norma Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en la página Web de la Entidad. Artículo 4º.- Plazo de la Delegación Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el año 2014. Artículo 5º.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Disposición derogatoria Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 197-2013-DV-PE, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 198-2013-DV-PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 005-2014-DV-P y las disposiciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Precísese que los actos emitidos al amparo de las resoluciones señaladas anteriormente mantienen sus efectos. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente Ejecutivo 1110943-2 Modifican el numeral 2 del anexo de la Res. N° 063-2014-DV-PE, sobre transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Huánuco para la ejecución de actividad RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 115-2014-DV-PE Lima, 11 de julio del 2014 VISTO: El Memorándum Nº 0449-2014-DV-PIRDAIS del 26 de junio del 2014, emitido por la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función general de diseñar la Política Nacional de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, asi como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30114 - Ley del Presupuesto del