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El Peruano Miércoles 16 de julio de 2014 527894 combustible en la planta de almacenamiento construida expresamente para tal fi n en el aeropuerto, lugar desde el cual éste es transportado y puesto a bordo de las aeronaves por el operador de la planta de combustible. Dicho servicio también puede prestarse a través de las instalaciones o unidades móviles en aquellos aeropuertos en los que no se cuente con la facilidad esencial: Planta de Abastecimiento, red de almacenamiento y despacho o en los que habiendo Planta de Abastecimiento ésta abastezca un tipo de combustible diferente al que podrían requerir las aeronaves, pudiéndose también en esos casos realizar el suministro de combustible a través de instalaciones o unidades móviles. Este Servicio Esencial comprende también el abastecimiento de aceites, lubricantes y productos afi nes. (…) ANEXO N° 5 Servicios Esenciales que no enfrentan restricciones de disponibilidad de uso y que si requieren de contrato de acceso. a. Rampa o Asistencia en Tierra (Terceros / Autoservicios). b. Atención de Tráfi co de Pasajeros y Equipajes (Ofi cinas necesarias para las operaciones y counters). c. Mantenimiento de Aeronaves y Hangares y otras áreas para Líneas Aéreas). ANEXO N° 6 Servicios Esenciales que sí enfrentan restricciones de disponibilidad de uso de las facilidades esenciales. a. Servicio de Abastecimiento de Combustible.” Artículo 2°.- Disponer que Aeropuertos del Perú S.A. actualice el texto de su Reglamento de Acceso en los términos indicados en el artículo precedente. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”. Asimismo, disponer que la presente Resolución sea difundida en el Portal Institucional de OSITRAN y en la página web de la Entidad Prestadora, debiendo esta última difundir adicionalmente por su página web el texto actualizado de su Reglamento de Acceso, conforme a los términos aprobados en la presente Resolución. Artículo 4°.- Notifi car la presente Resolución y el Informe N° 064-14-GSF-GAJ-OSITRAN a Aeropuertos del Perú S.A. y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para los fi nes pertinentes. Artículo 5°.- Encargar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización efectuar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BENAVENTE DONAYRE Presidente del Consejo Directivo 1110173-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el “Manual de Seguridad Física del Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 179-2014-CE-PJ Lima, 21 de mayo de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 809-2014-GG-PJ, cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial; y los Ofi cios Nros. 211 y 384-2014-OSI-GG-PJ, cursados por el Jefe de la Ofi cina de Seguridad Integral (e) de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente General (e) del Poder Judicial remite el proyecto denominado “Manual de Seguridad Física del Poder Judicial”, el mismo que establece nuevos lineamientos a los aprobados en el actual Manual de Seguridad mediante Resolución Administrativa N° 225- 2011-CE-PJ, de fecha 7 de setiembre de 2011. En ese sentido, la propuesta presentada establece y estandariza las normas y procedimientos de seguridad en las sedes de este Poder del Estado, con el propósito de prevenir, contrarrestar y resolver situaciones de crisis producto de fenómenos naturales o inducidos por accidentes, fallas de material, negligencia o acción del hombre (incendios, aniegos, alteraciones del orden público, contaminación, accidentes, terrorismo blanco, etc.); y que puedan poner en riesgo la seguridad del personal, patrimonio y acervo documentario en los locales del Poder Judicial a nivel nacional. Segundo. Que, del análisis de la propuesta presentada, se verifica un marco normativo y procedimental sumamente detallado con el propósito fundamental de garantizar, a nivel nacional, la vida, integridad física y seguridad de las personas en las dependencias del Poder Judicial. De igual modo, se establecen disposiciones para el cuidado y protección de las instalaciones, bienes, enseres en uso y conservación, equipos, entre otros, electrónicos, audio visuales, informáticos, de telecomunicaciones y radio telefonía; así como de expedientes, cosas materia del delito y efectos decomisados. En esa perspectiva, el proyecto de “Manual de Seguridad Física del Poder Judicial”, ha definido el marco regulatorio aplicable, en el que se incorporan nuevos lineamientos en aras de potenciar el desarrollo de una cultura de prevención de riesgos; así como de manejo de crisis. Por lo que siendo esto así, resulta conveniente su aprobación. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 413-2014 de la décimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Manual de Seguridad Física del Poder Judicial”, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo. Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 225-2011-CE-PJ, de fecha 7 de setiembre de 2011, que aprobó el “Manual de Seguridad Física del Poder Judicial”; así como las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial; y al Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente Nota.: El “Manual de Seguridad Física del Poder Judicial”, está publicado en el Portal Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, página principal, ícono de Resoluciones Administrativas). 1110937-1