TEXTO PAGINA: 15
El Peruano Miércoles 16 de julio de 2014 527889 Sector Público para el Año Fiscal 2014 autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas - PTCD” y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú – GICOD”; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfi ere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, DEVIDA suscribió Convenio con el Gobierno Regional de Huánuco el 28 de diciembre 2012, para la ejecución de la Actividad “Formalización y Titulación de Predios Rurales” a través de transferencias fi nancieras en el año fi scal 2014; Que, mediante Resolución N° 063-2014-DV-PE de fecha 09 de abril del 2014, se publicó la transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional de Huánuco por la suma de S/. 1 000,000.00 (UN MILLON Y 00/100 NUEVOS SOLES); asimismo, el 12 de abril del 2014, se publicó una Fe de Erratas de la Resolución N° 063-2014- DV-PE para subsanar un error material respecto al nombre de la Actividad; Que, con fecha 20 de junio del 2014, DEVIDA y el Gobierno Regional de Huánuco, suscribieron la Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional, con el objeto de modifi car la cláusula segunda de la Adenda, precisando que será la Unidad Ejecutora 100-0806 – Región Huánuco Agricultura, quien ejecutará la Actividad “Formalización y Titulación de Predios Rurales”; por lo que resulta necesario modifi car el numeral 2 del anexo de la Resolución N° 063-2014-DV-PE; Con las visaciones de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, de las Direcciones de Promoción y Monitoreo y Asuntos Técnicos, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modifíquese el numeral 2 del anexo de la Resolución N° 063-2014-DV-PE, conforme al siguiente detalle: ANEXO PROGRAMA PRESUPUESTAL: “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” N° ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO DESEMBOLSO HASTA S/. MONTO DE LA TRANSFE- RENCIA HASTA S/. 1° 2° 3° 4° 5° (…) 2 Dirección Regional de Agricultura Huánuco (Unidad Ejecutora 100- 0806-Región Huánuco - Agricultura) Actividad “Formalización y Titulación de predios Rurales” 1,000,000.00 1,000,000.00 (…) (…) Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Presidente Ejecutivo 1110946-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Moquegua e Ica SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 421-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 4 de julio de 2014 Visto el Expediente Nº 708-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 119,548.55 m² ubicado al Sur del Proyecto Especial Pasto Grande, Sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 119,548.55 m² ubicado al Sur del Proyecto Especial Pasto Grande, Sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral a la Zona Registral Nº XIII – Sede Tacna, con Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 03 de enero de 2014 sobre la base del Informe Técnico Nº 0008-2014-ZRNºXIII/UREG-ORM-R de fecha 02 de enero de 2014 la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, señala que, sobre el predio solicitado, se encuentra sobre ámbito que no cuenta con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 18 de marzo de 2014, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza de topografía irregular y presenta un suelo arenoso; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 119,548.55 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, que regulan el trámite de la primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0409-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 24 de junio de 2014;