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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2014 (26/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528642 mediante Resoluciones Jefaturales 551-2013-ANA, 115- 2014-ANA y 648-2010-ANA, esta última actualizada con Resolución Jefatural Nº 75-2011-ANA, se encargaron las funciones de las Administraciones Locales de Agua Bajo Apurímac – Pampas, Huancané y Alto Apurímac – Velille, respectivamente; Que, se ha visto por conveniente, dar por concluidas las encargaturas conferidas con las Resoluciones señaladas en los considerandos precedentes y encargar a nuevos profesionales que asuman las funciones de los referidos órganos desconcentrados y unidades orgánicas; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales del Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas, a partir del 01 de agosto de 2014, las encargaturas de funciones de Director en las Autoridades Administrativas del Agua, que fueron otorgadas a los profesionales que se indican a continuación, dándosele las gracias por los servicios prestados: AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA PROFESIONAL ENCARGADO RESOLUCIÒN DE ENCARGATURA Marañon Luis Fernando Bif¿ Martin R.J.Nº 306-2013-ANA Jequetepeque – Zarumilla Carlos Enrique Gastelo Villanueva R.J.Nº 406-2013-ANA Urubamba - Vilcanota Luis Santiago Agüero Mass R.J.Nº 190-2012-ANA Titicaca Miguel Plutarco Beltrán Chite R.J.Nº 392-2013-ANA Artículo 2º.- Encargar, a partir del 01 de agosto de 2014, las funciones de Director de las Autoridades Administrativas del Agua, a los profesionales siguientes: AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Marañon Carlos Enrique Gastelo Villanueva Jequetepeque – Zarumilla Marcos David Castillo Mimbela Urubamba - Vilcanota Miguel Plutarco Beltran Chite Titicaca Miguel Enrique Fernández Mares Artículo 3º.- Dar por concluidas, a partir del 01 de agosto de 2014, las encargaturas de funciones en las Administraciones Locales de Agua, que fueron otorgadas a los profesionales que se indican a continuación, dándosele las gracias por los servicios prestados: ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO RESOLUCIÒN DE ENCARGATURA Bajo Apurímac - Pampas Henry Tejada Palomino R.J.Nº 551-2013-ANA Huancané Carlos Johnny Barrientos Taco R.J.Nº 115-2014-ANA Alto Apurímac – Velille Omar Velásquez Figueroa R.J.Nº 648-2010-ANA actualizada con R.J. Nº 75-2011-ANA Artículo 4º.- Encargar, a partir del 01 de agosto de 2014, las funciones de las Administraciones Locales de Agua, a los profesionales siguientes: ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Bajo Apurímac - Pampas Carlos Johnny Barrientos Taco ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Huancané Apolinario Lujano Laura Alto Apurímac – Velille Henry Tejada Palomino Artículo 5º.- Precísase que la encargatura de funciones en la Administración Local de Agua Huancané conferida al señor APOLINARIO LUJANO LAURA, se efectúa en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad. Regístrese, comuníquese y publíquese, JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1116401-2 Encargan funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 226-2014-ANA Lima, 25 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se crea la Autoridad Nacional del Agua como organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, conforme a los artículos 17º y 23º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, a través de los cuales ejerce presencia a nivel nacional; Que, mediante la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, se rati¿ có la Resolución Jefatural Nº 546-2009-ANA, que aprueba la delimitación de los ámbitos territoriales de los catorce (14) órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali (Código IX); Que, el artículo 35º.1 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, establece que la Autoridad Nacional del Agua tiene presencia en el país a través de órganos desconcentrados denominados Autoridades Administrativas del Agua, que dirigen en sus respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los recursos hídricos, en el marco de las políticas y normas dictadas por el Consejo Directivo y Jefatura de la institución; Que, el artículo 38º del citado reglamento dispone que la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua, es el órgano ejecutivo de la Autoridad Administrativa del Agua encargado de conducir los procesos técnicos, jurídicos, presupuestarios y administrativos relativos a la gestión multisectorial del agua en su respectivo ámbito, dependiendo jerárquicamente de la Alta Dirección; Que, a ¿ n de garantizar el adecuado funcionamiento de la Autoridad Nacional del Agua, resulta necesario encargar las funciones de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali; Que, conforme lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Autoridades Administrativas del Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG.