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El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528654 último cronograma noti¿ cado a los Postores. El contenido de la Propuestas presentadas no se encuentra sujeto a posibilidad de subsanación posterior. 5.5.2 Los Postores presentarán sus Propuestas por medio del representante legal y/o apoderado acreditado ante a la DGH. 5.5.3 El acto de presentación y apertura de las propuestas será público, por lo que se realizará en presencia del Director General de Hidrocarburos, los miembros del Comité Evaluador y con la participación de un Notario. Asimismo, podrá contarse con la presencia de un representante del Órgano de Control Interno del Ministerio de Energía y Minas, con ¿ nes de veeduría del Procedimiento. 5.5.4 En este acto, el Comité Evaluador procederá a abrir los sobres correspondientes a ¿ n de veri¿ car que tanto estos como las Propuestas contenidas en el sobre, cumplan con los aspectos formales requeridos en las Bases, en cuyo caso las admitirá. Para que una propuesta sea admitida deberá incluir, cumplir y en su caso acreditar la documentación de presentación obligatoria que se establezca en las Bases. 5.5.5 Luego de efectuada la verificación se dejará constancia en un acta de las Propuestas presentadas y de las admitidas y, por ende, sujetas a calificación. Esta acta será suscrita por el Notario, el Comité Evaluador y por los representantes de los Postores interesados. 5.6 Cali¿ cación de las propuestas 5.6.1 Las Propuestas podrán ser cali¿ cadas en el mismo acto de su presentación, a continuación de su admisión, o hasta en el plazo máximo de cinco (5) días, según se haya establecido en las Bases. La evaluación y cali¿ cación de las propuestas se llevará a cabo por el Comité Evaluador, siguiéndose los criterios de evaluación y puntajes señalados en las Bases del proceso de selección. 5.6.2 Para estos efectos, el Comité Evaluador deberá elaborar un acta con el resultado de la calificación efectuada, la cual someterá a consideración del Director General de Hidrocarburos, quien de ser el caso la aprobará y determinará cuál de los Postores es el ganador del Procedimiento, sobre la base del resultado de la evaluación realizada por el Comité Evaluador. 5.6.3 En caso de empate en el resultado de la evaluación realizada, se seleccionará al Postor cuya Solicitud de Parte tenga fecha anterior de presentación. 5.7 Lectura de resultados y adjudicación 5.7.1 Culminada la evaluación y adoptada la decisión por el Director General de Hidrocarburos, tendrá lugar la lectura de resultados y adjudicación, en la misma fecha programada para la presentación de Propuestas, o en la fecha, hora y lugar señalados en el último cronograma debidamente noti¿ cado a los Postores, según lo dispongan las Bases. En este último caso, dicho acto deberá contar con la presencia del Director General de Hidrocarburos, otros representantes de la referida Dirección y un Notario. 5.7.2 En este acto, un representante de la DGH dará a conocer los resultados del proceso de evaluación a través de un cuadro comparativo, en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje obtenido por cada uno de los Postores. Esta información constará luego en un acta que será suscrita por el Director General de Hidrocarburos, el Notario y el Postor que hubiese sido seleccionado. 5.7.3 La adjudicación del derecho a continuar con el trámite de evaluación de la solicitud para el otorgamiento de la Concesión a Solicitud de Parte se considerará notificada a los Postores en la misma fecha del acto público de lectura de resultados y adjudicación, oportunidad en la que se entregará a sus representantes copia del acta de adjudicación y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. 5.7.4 El Postor ganador del Procedimiento deberá presentar ante la DGH los documentos previstos por el artículo 18 del Reglamento que sustenten la Propuesta seleccionada en el plazo que la DGH determine, a ¿ n de proceder a la evaluación de su Solicitud conforme a los plazos previstos en el Reglamento. 5.7.5 Al día siguiente de seleccionado el Postor, la DGH dispondrá la ejecución de las cartas ¿ anza de aquellos que no hubieran presentado su propuesta. 5.7.6 Los Postores no seleccionados que hubiesen cumplido con presentar su propuesta deberán mantener vigente la carta ¿ anza que fuera adjuntada en sus respectivas solicitudes de concesión mientras se culmina con la evaluación de la Solicitud de Parte del Postor seleccionado. Luego de otorgada la Concesión, la DGH dispondrá la devolución de las cartas ¿ anza, conforme a lo dispuesto por el literal f) del artículo 24 del Reglamento. 5.8 De las impugnaciones 5.8.1 Los Postores podrán presentar los recursos administrativos que consideren pertinentes contra cualquier acto administrativo emitido en el Procedimiento, en los plazos y condiciones previstas por la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. 5.8.2 Los recursos administrativos que se interpongan con anterioridad a la fecha programada para la lectura de los resultados y adjudicación correspondiente, podrán ser resueltos por el órgano competente hasta la referida fecha, en un solo acto. 5.8.3 Los recursos administrativos que se interpongan contra el acto de adjudicación serán resueltos dentro del plazo de 30 días. 5.9 Declaración de desierto 5.9.1 Si en la fecha, hora y lugar señalados para la presentación de Propuestas en el último cronograma noti¿ cado a los Postores, no se presentara ninguno de ellos, o de presentarse alguno o algunos y sus propuestas no cumplieran con los aspectos formales previstos en las Bases del Procedimiento, este será declarado desierto. 5.9.2 Para declarar el proceso de selección desierto, la DGH expedirá una Resolución Directoral mediante la cual dispondrá a su vez el archivamiento de los respectivos expedientes, así como la ejecución de las cartas ¿ anza que fueron presentadas con cada una de las Solicitudes de Parte. VI. APLICACIÓN La presente Directiva será de aplicación a los Procedimientos que se encuentren en trámite a la entrada de su vigencia, en lo que resulte aplicable. 1116031-1 Rectifican error material incurrido en la R.M. N° 195-2014-MEM/DM que estableció servidumbre a favor de concesión de la que es titular Kallpa Generación S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-2014-MEM/DM Lima, 17 de julio de 2014 VISTO: El documento ingresado con registro Nº 2395871 de fecha 29 de mayo de 2014, presentado por Kallpa Generación S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 195- 2014-MEM/DM, publicada el 09 de mayo de 2014, se estableció, con carácter temporal, la servidumbre de ocupación para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Hidroeléctrica RS-5, a favor de la concesión temporal de la que es titular Kallpa Generación S.A., ubicada en el distrito