Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2014 (27/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA 27 de MORDAZA de 2014

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POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 1 de MORDAZA del 2014, el Dictamen emitido por la Comision Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesania del Consejo Regional La MORDAZA recaido en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a declarar a la provincia de MORDAZA como Capital de la Ciruela, en la Region La MORDAZA e Institucionalizar, en vias de regularizacion la Feria de la Ciruela, en la provincia de MORDAZA, en la Region La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, red vial, comunicacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Que, el inciso a) y d) del articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece, que los Gobiernos Regionales estan facultados para formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la Region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales; promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la Region. Que, segun la Ordenanza Regional Nº 032-2009GR-LL/CR, aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Region La MORDAZA 2010 ­ 2021, establece dentro de las politicas agropecuarias la de garantizar la seguridad alimentaria de la poblacion sobre la base del aprovechamiento del potencial MORDAZA y pecuario de MORDAZA y costa promoviendo el consumo de productos agropecuarios a traves de ferias y otros mecanismos de promocion. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 142-2010-GRLL/CR, se institucionalizo la Realizacion Anual de la Feria Regional y Provinciales Agropecuarias y Agroindustriales en el ambito de la Region La MORDAZA, con la finalidad de promover la participacion activa de los agricultores en la oferta directa de sus productos en el MORDAZA, alternando con los demas agentes productivos agropecuarios y agroindustriales; promover la libre comercializacion de productos e insumos agrarios en forma directa entre los productores y consumidores; incentivando la competencia y promover la organizacion de los productores agropecuarios y agroindustriales. Que, la ciruela (Spondias Purpurea), es una fruta exquisita y deliciosa, es una drupa, es decir, un fruto carnoso con una unica semilla rodeada de un endocarpo (un MORDAZA MORDAZA suave) lenoso. Son frutos comestibles, que se pueden consumir en forma fresca o en forma deshidratada (pasas). Entre las variedades cultivares de ciruelas mas comunes se encuentran: Ciruela damascena, MORDAZA, MORDAZA, Satsuma, Golden y otras. La ciruela contiene vitaminas (A, B1, B2, C, E), minerales (Potasio, Magnesio, Fosforo, Calcio, Hierro, Azufre) Y Pectinas. Que, la ciruela, por su contenido de sorbitol tiene efecto laxante, es por eso, que en algunas ocasiones no es recomendado comerlas en exceso. Muchos doctores los recomiendan para poder limpiar el estomago, problemas de MORDAZA intestinal, estrenimiento, anemia, diarrea (la pectina regula el intestino), tos, bronquitis, piel, vista dientes, huesos, es altamente desintoxicante y facilita la digestion. Que, en la Region La MORDAZA, se cuenta con 204.5 hectareas de ciruelo, siendo el MORDAZA MORDAZA el de mayor

con la adopcion de acuerdos entre los paises miembros destinados a mejorar la regulacion y la supervision del sistema financiero en la region; Que, el senor Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es Presidente de la Junta Directiva de ASBA; Que, en atencion a la invitacion cursada, y en tanto los temas que se desarrollaran redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, resulta de interes la participacion del senor Superintendente en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciendose en el Numeral 4.3.1, que se autorizaran viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o participacion en eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBSDIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 0562013-PCM y la Directiva SBS sobre Gastos de Atencion a Terceros N° SBS-DIR-ADM-029-15; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Schydlowsky Rosenberg, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del 13 al 16 de agosto de 2014 a la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, viaticos y gastos de representacion seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos US$ 945,80 Viaticos US$ 1110,00 Gastos de representacion US$ 1 000,00 Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1115686-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Declaran a la MORDAZA de MORDAZA como "Capital de la Ciruela" y Primer Productor de la Ciruela en la Region La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2014-GR-LL/CR EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA

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