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El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528837 Aprueban Programa de Segregación en la Fuente como parte del proceso de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el 20% de las viviendas de la zona urbana del distrito de Chancay DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2014/MDCH Chancay, 24 de julio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO.- El informe Nº 866-2014//DGAySP, presentado por el Director de Gestión Ambiental y Servicios Públicos el cual solicita autorización para que se implemente el Programa de Segregación en la Fuente como parte del proceso de recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en el 20% de las viviendas de la Zona Urbana del distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales desarrollo; Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes que dentro del marco de las competencias y funciones específi cas de los gobiernos locales – materias de competencia municipal, se encuentran enmarcadas las siguientes: “(…) 2. En materia de Servicios Públicos Locales 2.1 Saneamiento ambiental, salubridad y salud. “(…) 2.4 Programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos. 3. En materia de Protección y Conservación del Ambiente 3.1 Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales 3.3 Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles.” Que, mediante la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, publicada el 21 de julio de 2000, se han establecido los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidad de la sociedad, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambiental adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009/MINAN, se aprobó la Política Nacional del Ambiente, en el cual prescribe en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la Calidad ambiental; componente 4. Residuos Sólidos, como un Lineamiento de Política del Sector, el fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004–2014– MDCH, se aprueba el marco legal de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Chancay, con el fi n de implementar políticas ambientales y una agenda ambiental como instrumentos de Gestión, concordante con el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Chancay, de tal modo que se propicie y asegure el uso sostenible responsable racional y ético de los recursos naturales, además de contribuir signifi cativamente en mejoras de la conservación y protección de los servicios ambientales y paisajísticos del distrito, mediante la coordinación y concertación de la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre actores locales, de igual forma en su artículo 3º dispone que la CAM del distrito de Chancay es un organismo integrado por entidades públicas y privadas, que diseñan y proponen instrumentos de gestión ambiental dirigidos a la mejora de la calidad de vida de la población Chancayana; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2011/ MDCH, se aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Chancay, el mismo que tiene como uno de sus objetivos, entre otros, el de implementar un Programa de Segregación en la Fuente, con personas eco solidarias, como parte del proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 008-201-MDCH, de fecha 27 de julio de 2011, mediante el cual se Aprueba el Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, que se implementara en el sector Nº 1 Cercado Alto y Sector Nº 2 Cercado Bajo del distrito de Chancay, el cual es necesario que se Actualice ya que durante estos 3 años transcurridos se ha avanzado progresivamente en el porcentaje de participantes del programa antes mencionado por lo que es necesario actualizar. Que, mediante Informe Nº 866-2014/DGAySP, la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, ha elaborado e implementado el PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE, COMO PARTE DEL PROCESO DE RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS en el 20% de las viviendas de la Zona Urbana del distrito de Chancay, para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía y así cumplir la Meta Nº 10 Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 20% de viviendas urbanas del distrito, año fi scal 2014 – PMM – PIM del MEF y MINAM; Que, habiéndose realizado el estudio de caracterización de residuos sólidos domiciliarios en el distrito de Chancay, el cual contribuye signifi cativamente en mejoras de la conservación y protección de los servicios ambientales del distrito, resulta aplicable la expedición del Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20º inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de SEGREGACIÓN EN LA FUENTE COMO PARTE DEL PROCESO DE RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS, en el 20% de las viviendas de la Zona Urbana del distrito de Chancay, el mismo que se extenderá progresivamente en toda la circunscripción del distrito de Chancay, por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, y a la División de Medio Ambiente, Limpieza Pública, Saneamiento, Áreas Verdes y Transportes el cumplimiento de la presente disposición municipal, en cuanto les correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1116095-3