Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2014 (27/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA 27 de MORDAZA de 2014

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unanime de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, el articulo 74 de la Constitucion, concordado con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, los Gobiernos Locales tienen poder tributario para crear, modificar, suprimir y establecer beneficios tributarios respecto de los tributos de su competencia a traves de normas con rango de ley; Que, durante el presente ejercicio 2014 han ocurrido, situaciones de emergencia generadas por incendios ocurridos en las calles colindantes al MORDAZA Municipal, que han afectado la capacidad economica de sus habitantes, que en muchos casos no van a poder cumplir con sus obligaciones tributarias; Que, dichas situaciones han puesto en relevancia la necesidad de establecer mecanismos legales que coadyuven a la superacion de las situaciones de emergencia, aliviando las cargas tributarias impuestas, a traves del otorgamiento de beneficios tributarios; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE FACILITA LA RECONSTRUCCION Y MODERNIZACION DE INMUEBLES EN EL DISTRITO DE CHANCAY Articulo Primero.- EXONERACION PARA LA CONSTRUCCION EN CASOS DE SINIESTROS: EXONERASE del pago de los Derechos por concepto de la obtencion de la licencia de edificacion, demolicion, refaccion y/o certificado de numeracion, a los propietarios y/o poseedores de predios destinado al uso de MORDAZA habitacion, siempre que los mismos hayan sido declarados por la Municipalidad en estado ruinoso y/o de peligro inminente de ocasionar danos en perjuicio de los vecinos y/o propiedades de predios colindantes. Articulo Segundo.EXONERACION POR SINIESTRO: EXONERASE a los propietarios y/o poseedores de predios, que resulten damnificados por incendio que se produzca o MORDAZA producido, del pago de las siguientes tasas municipales: 2.1. Arbitrios, correspondientes al ejercicio gravable en el que sucedio el siniestro y el ano siguiente. 2.2. Derechos, por concepto de obtencion de la licencia de edificacion, demolicion, refaccion y/o certificado de numeracion. Articulo Tercero.- REQUISITOS Para efectos de la aplicacion de los beneficios senalados en los Articulos Primero y MORDAZA de la presente Ordenanza, el propietario o poseedor registrado ante la Administracion Tributaria Municipal, debera obtener: 3.1. El Informe Tecnico de Defensa Civil y de la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural, que acredite que el predio se encuentra en situacion de alto riesgo que puede causar dano. 3.2. Para obtener la licencia de edificacion, deberan presentar lo siguiente: 3.2.1. FUE (Formulario Unico de Edificacion) 3.2.2. Documento que acredite la propiedad (Escritura Publica, MORDAZA Literal, Minuta, Contrato de Compra Venta, o Certificado de Posesion emitido por la Municipalidad distrital de Chancay) 3.2.3. Planos de Arquitectura y Estructuras Articulo Cuarto.- PAGOS EXCLUIDOS Los pagos realizados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, son validos y no se encuentran sujetos a devolucion ni compensacion.

27.18. Transferir el fotocheck a otra persona para que realice las labores de recoleccion de residuos solidos, considerando que para este caso se aplique al infractor una multa equivalente al 100% de UIT y como medida complementaria la revocacion de la autorizacion y retiro del Registro Municipal de Operador de Residuos Solidos. 27.19. Ejercer labores de recoleccion de residuos solidos con autorizacion vencida, considerando que para este caso se aplique al infractor una multa equivalente al 100% de UIT y como medida complementaria el retiro inmediato de la MORDAZA y retencion de los residuos solidos recolectados. 27.20. Por no entregar a tiempo la documentacion correspondiente al Reporte de los Residuos Solidos de acuerdo a los formatos establecidos, considerando que para este caso se aplique al infractor una multa equivalente al 100% de UIT y como medida complementaria la revocacion de la autorizacion y retiro del Registro Municipal de Operador de Residuos Solidos. Articulo 28º.- SANCIONES De verificarse infracciones a la presente Ordenanza, se aplicaran las siguientes sanciones: 28.1. En caso de reincidencia se procedera a revocar la autorizacion y a retirar del Registro Municipal en los casos que correspondan. 28.2. Las multas seran aplicadas de manera solidaria tanto al infractor (Los Operadores de Residuos Solidos), como a la Organizacion de Recicladores a la que pertenecen. 28.3. Las Organizaciones son responsables solidarias de las conductas u omisiones de los asociados que realicen labores dentro del distrito. 28.4. La unidad organica competente de la municipalidad para detectar infracciones y emitir las notificaciones, es la Subgerencia de Policia Municipal, que a su vez MORDAZA llegar las notificaciones a la Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental para la imposicion de las sanciones correspondientes. 28.5. La responsabilidad administrativa es independiente de la responsabilidad civil o penal que puede derivarse de los hechos materia de la infraccion. CAPITULO II FISCALIZACION Y ACCION DE RECLAMO Articulo 29º.- FISCALIZACION La Subgerencia de Policia Municipal de la Municipalidad de la MORDAZA, tendra la facultad de fiscalizar y controlar de oficio las actividades de los Operadores de Residuos Solidos y de las Organizaciones de Recicladores que realizan la recoleccion y transporte de residuos solidos. Articulo 30º.- ACCION DE RECLAMO Toda persona natural o juridica a quien se le detecte alguna de las acciones u omisiones enumeradas en el articulo 26 de la presente Ordenanza, podra presentar reclamo ante la Municipalidad, el cual sera evaluado y resuelto por la Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental. 1116051-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban Ordenanza que facilita la reconstruccion y modernizacion de inmuebles en el Distrito de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2014-MDCH Chancay, 26 de junio de 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA

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