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El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528833 que requieren los predios ubicados en las seis zonas del Distrito de La Perla, a número de tres (03) operadores de residuos sólidos por zona, de acuerdo a lo previsto en el Programa “TU PUEDES AYUDAR CON SOLO RECICLAR”. CAPÍTULO II PADRON MUNICIPAL DE OPERADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS Artículo 21º.- PADRÓN MUNICIPAL DE OPERADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS Es el listado o nómina en el cual los Operadores de Residuos Sólidos, cuya labor está orientada a la recolección selectiva de residuos sólidos reaprovechables, se registrarán a fi n de formalizar su labor al interior de la jurisdicción del distrito de La Perla e incorporarse al Programa “TÚ PUEDES AYUDAR CON SOLO RECICLAR”. Artículo 22º.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL PADRON MUNICIPAL DE OPERADORES DE RESIDUOS SÒLIDOS. Para la recolección selectiva de residuos sólidos, los Operadores de Residuos Sólidos deben pertenecer a una Organización con Personería Jurídica legalmente establecida e inscrita en los Registros Públicos, cuyo objeto debe estar orientado a la recolección selectiva de residuos sólidos reaprovechables no peligrosos. Los Operadores de Residuos Sólidos, para ser inscritos dentro del Registro Municipal, deberán presentar en la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental de la Municipalidad una solicitud acompañando los siguientes requisitos: 22.1. Copia del DNI. (Los solicitantes deben ser mayores de 18 años). En el caso de mujeres en gestación sólo podrán realizar las actividades de recolección de residuos sólidos hasta los 7 meses de embarazo, para lo cual presentarán copia del último control de natalidad. 22.2. Copia simple de la inscripción registral de la Organización a la que pertenecen, donde se verifi que que es miembro de la misma, la cual debe estar inscrita en el Registro de Organizaciones de Recicladores del Distrito. 22.3. Una foto tamaño carnet o pasaporte, a color y actualizada. 22.4. Copia del Certifi cado de Antecedentes Penales vigente. 22.5. Certifi cación emitida por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial – SENATI , instituciones educativas u otras instituciones que dicten capacitación, de haber participado obligatoriamente en un programa de capacitación para el fortalecimiento técnico, operativo y empresarial que comprenderá mínimamente los siguientes módulos, los cuales tendrán una duración de tres (3) horas cada uno: a. Manejo integral de residuos sólidos b. Seguridad y salud ocupacional c. Gestión empresarial y el reciclaje d. Habilidades sociales y desarrollo personal 22.6. Copia del carnet de vacunación contra el Tétano y la Hepatitis B (vigente); el que debe estar emitido por los órganos desconcentrados y descentralizados del Ministerio de Salud u otros establecimientos de salud. 22.7. Declaración Jurada de contar con el equipo de protección personal – EPP de uso obligatorio para la ejecución de recolección selectiva y manipulación de residuos reaprovechables como son: guantes de cuero, mascarilla con fi ltro recargable y zapatos cerrados o zapatillas; elementos indispensables de protección personal para la recolección selectiva y transporte de residuos sólidos reaprovechables. 22.8. Documento que acredite que el interesado dispone de un (01) vehículo de recolección convencional o Declaración Jurada suscrita por el interesado que establezca que cuenta con un (01) vehículo de recolección no convencional, debiendo cumplir para cualquiera de los casos con las exigencias detalladas en el artículo 14 ítem 14.2 de la presente ordenanza. 22.9. Declaración Jurada que establezca el compromiso formal de incorporarse al Programa “TÚ PUEDES AYUDAR CON SOLO RECICLAR” en fi el cumplimiento de los Aspectos Generales y Operativos de dicho programa establecidos en el TITULO III de la presente ordenanza. CAPÍTULO III PADRÓN MUNICIPAL PARA LA FORMALIZACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE RECICLADORES Artículo 23º.- PADRÓN MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES DE RECICLADORES Es el listado o nómina en el cual las Organizaciones de Recicladores, cuyo objeto está orientado a la recolección selectiva de residuos sólidos reaprovechables, se registrarán a fi n de formalizar su labor al interior de la jurisdicción del distrito de La Perla e incorporarse al Programa “TÚ PUEDES AYUDAR CON SOLO RECICLAR”. Artículo 24º.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES DE RECICLADORES. Las Organizaciones de Recicladores, para ser registrados en el Padrón Municipal, deberán presentar en la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental de la Municipalidad una solicitud suscrita por el representante legal de la Persona Jurídica interesada en registrarse, acompañando los siguientes requisitos: 24.1. Copia legalizada de la Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas. 24.2. Copia de los poderes que acrediten al Representante Legal. 24.3. Documentos que acrediten que cuentan con un mínimo de doce (12) socios activos. 24.4. Relación de los miembros de la asociación asignados para trabajar en el distrito, los que no podrán exceder de un máximo de veinte (20) socios, especifi cando: nombres y apellidos, número de DNI, edad, domicilio, teléfonos y fi rma. 24.5. Documento que acredite que disponen de un (01) vehículo de recolección convencional o Declaración Jurada suscrita por el representante legal de la Persona Jurídica interesada que establezca que la Organización cuenta con al menos de seis (06) vehículos de recolección no convencional, debiendo cumplir para cualquiera de los casos con las exigencias detalladas en el artículo 14 ítem 14.2 de la presente ordenanza. 24.6. Declaración Jurada suscrita por el representante legal de la Persona Jurídica interesada que establezca que cada miembro de la organización cuenta con el equipo de protección personal – EPP de uso obligatorio para la ejecución de recolección selectiva y manipulación de residuos reaprovechables como son: guantes de cuero, mascarilla con fi ltro recargable y zapatos cerrados o zapatillas; elementos indispensables de protección personal para la recolección selectiva y transporte de residuos sólidos reaprovechables. 24.7. Declaración Jurada suscrita por el representante legal de la Persona Jurídica interesada que establezca el compromiso formal de que cada miembro operador de residuos sólidos perteneciente a la Organización de Recicladores será incorporado al Programa “TÚ PUEDES AYUDAR CON SOLO RECICLAR” en fi el cumplimiento de los Aspectos Generales y Operativos de dicho programa establecidos en el TITULO III de la presente ordenanza presentando toda la documentación correspondiente para tal fi n. CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTO DE REGISTRO EN EL PADRÓN MUNICIPAL Artículo 25º.- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN PARA EL REGISTRO EN EL PADRÓN MUNICIPAL. 25.1. Los Operadores de Residuos Sólidos y/o las Organizaciones de Recicladores interesadas en registrarse en el Padrón Municipal, deberán cumplir con los requisitos señalados en los artículos 21 y 23 de la presente Ordenanza, los cuales serán evaluados por la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles. 25.2. Los Operadores de Residuos Sólidos así como las Organizaciones de Recicladores a las que pertenecen, que