Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2014 (27/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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i. Uniforme dril Mameluco o Camisa y pantalon que cuenten con cintas reflectiva. ii. Botas de Seguridad. iii. Guantes de cuero/ nitrilo. iv. Mascarillas con filtro. v. Casco/Gorro. vi. Lentes MORDAZA empanantes. f. Medidas de Seguridad Obligatorias Se deben adoptar las siguientes medidas de seguridad con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las instalaciones para proteger la salud de las personas. i. Contar con medios de Comunicacion interna (megafono) desde la oficina al area de trabajo. ii. Senalizar todas las zonas del area y zonas de seguridad. iii. Contar con extintores en numero suficiente y con carga vigente, debidamente ubicados y senalizados. iv. Contar con Botiquin de Primeros Auxilios. v. Contar con iluminacion artificial para horario nocturno. vi. Uso de la indumentaria de proteccion personal por parte de los trabajadores. g. Medidas Sanitarias Obligatorias. Se deben adoptar las siguientes medidas sanitarias con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las instalaciones para proteger la salud de las personas y la salud publica. i. Limpieza y desinfeccion diaria de todo el local. ii. Fumigacion y desratizacion comprobada cada tres (03) meses por empresa o institucion reconocida que efectue dichas actividades. Articulo 17º.- COMERCIALIZACION. La comercializacion de residuos solidos solo esta permitida en las infraestructuras de comercializacion y aprovechamiento administradas por Empresas Comercializadoras de Residuos Solidos de organizaciones recicladores/as (EC-RSOR) o Empresas Comercializadoras de Residuos Solidos (EC-RS). Las cuales deberan cumplir con la normatividad vigente y autorizaciones correspondientes establecidas por el sector y con la licencia de funcionamiento de la infraestructura de comercializacion de residuos solidos, emitida por el gobierno regional, provincial o distrital en el cual se encuentre operando la infraestructura de comercializacion. Los residuos reaprovechables recolectados en operacion del Programa "TU PUEDES AYUDAR CON SOLO RECICLAR" podran comercializados unica y exclusivamente en infraestructuras que cumplan lo dispuesto en el presente articulo. Articulo 18º.- REPORTE DE LOS RESIDUOS SOLIDOS REAPROVECHABLES Los Operadores de Residuos Solidos y las Organizaciones autorizadas que ejecuten labores en el distrito de La MORDAZA, deberan presentar por escrito en los primeros cinco (05) dias habiles de cada mes a la Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental, un reporte de la cantidad y MORDAZA de residuos solidos que recolectan sus operadores y/o comercializan en el mes precedente, de acuerdo a los formatos establecidos en la presente Ordenanza. La Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental remitira los citados reportes a la Sub Gerencia de Limpieza Publica, con la finalidad de procesar la informacion contenida y emitir el Reporte anual de los Residuos solidos Reaprovechables, que sera un instrumento de gestion importante a considerarse para la elaboracion o actualizacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito. Articulo 19º.- RETRIBUCION PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD SANITARIA Y AMBIENTAL DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Los Operadores de Residuos Solidos y las Organizaciones autorizadas que ejecuten labores en el distrito de La MORDAZA realizan sus actividades sin desembolso monetario alguno hacia la municipalidad. A solicitud expresa y con las debidas caracteristicas tecnicas la Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental podra solicitar, durante una (01) vez al mes como minimo, el personal necesario para la ejecucion de trabajos puntuales relacionados con la mejora de la calidad sanitaria y ambiental al interior de la jurisdiccion del

El Peruano MORDAZA 27 de MORDAZA de 2014

distrito de La MORDAZA, tales como los que se pasan a detallar a continuacion: a. Ejecucion de Jornadas de Limpieza de Techos. b. Ejecucion de Jornadas de Limpieza de playas. c. Ejecucion de baldeos de limpieza en espacios publicos. d. Mantenimiento del mobiliario MORDAZA que involucre la limpieza y pintado de papeleras, rejas perimetricas en areas verdes publicas, mini gimnasios, piletas, bancas y monumentos del distrito. e. Construccion, pintado y/o mantenimiento de sardineles de proteccion de areas verdes del distrito. f. Ejecucion de actividades ambientales y/o civicas relacionadas con la siembra de especies forestales y de MORDAZA, instalacion de letreros educativos, retiro de banderolas y pancartas que originan contaminacion visual, limpieza y pintado de postes, entre otros. g. Ejecucion de jornadas o campanas de sensibilizacion relacionadas con la mejora de la calidad de MORDAZA sanitaria y ambiental del distrito. La solicitud del personal de apoyo para la ejecucion de los trabajos puntuales detallados se efectuara por escrito con una antelacion de al menos tres (03) dias habiles. Asimismo, a partir de cumplirse un (01) ano y de manera anual a solicitud expresa y con las debidas caracteristicas tecnicas la municipalidad, a traves de la Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental, podra solicitar la entrega de bienes especificos equivalentes al valor correspondiente al 10% del valor de venta del material recolectado durante ese plazo de tiempo, los cuales seran recepcionados por la Sub Gerencia de Abastecimiento y la Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental, y que se constituiran en especies arboreas, arbustivas y/o herbaceas y/o en mobiliario MORDAZA, bienes o insumos a favor de la conservacion, mantenimiento, recuperacion de las areas verdes del distrito, asi como la promocion de actividades fisicas saludables en los espacios publicos del distrito. TITULO IV FORMALIZACION Y REGISTRO MUNICIPAL CAPITULO I CONVOCATORIA PARA LA FORMALIZACION Articulo 20º.- CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCION EN EL PADRON MUNICIPAL DE REGISTRO Y FORMALIZACION DE LOS OPERADORES DE RESIDUOS SOLIDOS Y ORGANIZACIONES DE RECICLADORES. 20.1. La convocatoria para la formalizacion esta dirigida tanto a los Operadores de Residuos Solidos como a las Organizaciones de Recicladores con Personeria Juridica que desarrollan actividades de recoleccion y transporte de residuos solidos reaprovechables. 20.2. La Municipalidad, por intermedio de la Gerencia de Servicios Comunales y Gestion Ambiental, realizara la convocatoria para el registro y formalizacion en el Padron Municipal de los Operadores de Residuos Solidos y de las Organizaciones de Recicladores en las que podran participar: a. Operadores de Residuos Solidos que pertenezcan a una Organizacion con personeria juridica legalmente establecidas e inscritas en los Registros Publicos (Asociacion) que desarrolla actividades de recoleccion de residuos solidos. b. Organizaciones de Recicladores (OR) con personeria juridica legalmente establecidas e inscritas en los Registros Publicos. 20.3. La convocatoria se realizara a traves del MORDAZA Institucional y en otro medio de comunicacion masiva, en el cual se publicara la fecha, hora y lugar en el que se MORDAZA inicio a la inscripcion para el registro y formalizacion de Operadores de Residuos Solidos y de las Organizaciones de Recicladores. 20.4 Las inscripciones para el registro y formalizacion de Operadores de Residuos Solidos y de las Organizaciones de Recicladores se realizara hasta sumar el numero de 18 (dieciocho) operadores de residuos solidos, que es el numero que permitira cubrir las necesidades del servicio

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