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El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528820 Resolución Gerencial Nº 0009-2014-MDL-GDU, de fecha 18 de Julio del 2014, debe ser ratifi cada mediante Decreto de Alcaldía; De conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución de Gerencia Nº 0009-2014-MDL-GDU, de fecha 18 de Julio del 2014, emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano, que Modifi ca los Numerales 4.2, 5.1, literal c), y 5.2 de las Normas Técnico-Administrativas Complementarias, aprobada por la Resolución de Gerencia Nº 0015-2010- MDL-GDU, modifi cada por la Resolución de Gerencia Nº 0018-2010-MDL-GDU, en los términos del texto que se detalla en la acotada Resolución. Artículo Segundo.- Póngase en conocimiento de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Desarrollo Económico Local, y de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Sub Gerencia de Fiscalización y Control Administrativo, para que en el ámbito de su competencia, realicen las acciones administrativas para dar cumplimiento al presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1116048-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban “Programa de Segregación en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en el Distrito de Los Olivos 2014” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2014-MDLO/ALC Los Olivos, 22 de julio de 2014 VISTOS: El Informe Nº 716-2014-MDLO/GSC/SGGA/ ATEJEDA de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Informe Nº 00034-2014/MDLO/GSC/GCASTAÑEDA de la Gerente de Servicios a la Ciudad, Informe Nº 00521-2014/ MDLO/GAJ, Proveído Nº 5033-2014-MDLO/GM de la Gerencia Municipal contenidos en el F.U.T. I Nº 0011854- 2014, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el numeral 22 del Artículo 2º establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armónica. Por otro lado el artículo 195º señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos y de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades precisa en su Artículo 80º que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de Limpieza Pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Asimismo el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1065, que modifi ca la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, establece que el rol de las municipalidades es Implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición fi nal diferenciada y técnicamente adecuada; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, publicado el 17 de Enero de 2014 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el Año Fiscal 2014”. Según dicho texto las Municipalidades de Ciudades Principales Tipo “A”, entre las que se halla la Municipalidad Distrital de Los Olivos, tienen como una de las metas el “Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en un 25% de las viviendas urbanas en el distrito”. Dicha meta que tienen como fecha máxima de cumplimiento el 31 de julio de 2014; Que, con Ordenanza Nº 380-CDLO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de julio de 2013, se aprueba el Plan Distrital de Manejo y Gestión de Residuos Sólidos del Distrito de Los Olivos, dispositivo que con artículo segundo se autoriza al Señor Alcalde para que vía Decreto de Alcaldía efectué las disposiciones que correspondan para el mejor cumplimiento del Plan Distrital aprobado en la citada Ordenanza; Que, con Ordenanza Nº 381-CDLO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de julio de 2013, se aprueba el Programa de Formalización de Recicladores y la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el Distrito de Los Olivos, facultando el artículo tercero al Sr. Alcalde para disponer de las medidas complementarias tendientes al mejor cumplimiento de la norma aludida; Que, con Informe Nº 716-2014-MDLO/GSC/SGGA/ ATEJEDA la Sub Gerencia de Gestión Ambiental remite la documentación que corresponde al “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Los Olivos 2014”, expresando que el mismo se encuentra enmarcado dentro del Plan de incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, por lo que solicita su aprobación mediante Decreto de Alcaldía y posteriormente ser remitido al Ministerio del Ambiente. Obra al respecto el Informe Nº 00034-2014/MDLO/GSC/ GCASTAÑEDA de la Gerente de Servicios a la Ciudad quien solicita con carácter de muy urgente la emisión del dispositivo municipal aludido, tal como especifi ca; Que, con Informe Nº 00521-2014/MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, conforme a los fundamentos de hecho y derecho que esgrime, emite pronunciamiento opinando se proceda a aprobar mediante Decreto de Alcaldía el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Los Olivos 2014”; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS 2014”; que en anexo forma parte del presente. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en el presente Decreto a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD y a la SUB GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL para los fi nes de su estricta competencia funcional. Artículo Tercero.- ORDENAR la debida difusión del presente a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL, a la SECRETARIA GENERAL la publicación de la presente ordenanza en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO y DISPONER que la GERENCIA DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO