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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2014 (27/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528826 DEBE DECIR: 1. Cumplir y hacer cumplir las Leyes, Normas y demás Disposiciones vigentes relacionados con la conservación, defensa, protección y mejora del ambiente urbano y natural del distrito, especialmente las vinculadas con la gestión servicios de limpieza pública y gestión de los residuos sólidos. INCORPORAR en el artículo 11.1 las siguientes cuatro (04) funciones: 1. Elaborar y proponer al Gerente de Servicios Comunales y Gestión Ambiental el Plan de Gestión de Residuos Sólidos. 2. Formular y ejecutar, previa aprobación de la Gerencia, los planes y programas de trabajo correspondientes a la Sub Gerencia, disponiendo efi ciente y efi cazmente de los recursos económicos, materiales y equipos asignados. 3. Detectar y comunicar al órgano competente de las infracciones a las disposiciones municipales relacionadas con la gestión ambiental, especialmente las relacionadas con la limpieza pública y gestión de residuos sólidos. 4. Mantener actualizados los registros estadísticos de la Sub Gerencia. Artículo 7º.- APROBAR la modifi cación e incorporación de funciones específi cas en materia ambiental en el Manual de Organización y Funciones MOF de la Subgerencia de Parques y Jardines, según el siguiente detalle: MODIFICAR el artículo 11.2 en el numeral 1. DICE: 1. Cumplir y hacer cumplir las Leyes, Normas y demás Disposiciones vigentes sobre conservación del medio ambiente. DEBE DECIR: 1. Cumplir y hacer cumplir las Leyes, Normas y demás Disposiciones vigentes relacionados con la conservación, defensa, protección y mejora del ambiente urbano y natural del distrito, especialmente las vinculadas con la gestión de áreas verdes públicas. MODIFICAR el artículo 11.2 en el numeral 2. DICE: 1. Formular planes y programas de trabajo y someterlos a la respectiva aprobación de la Gerencia. DEBE DECIR: 2. Formular y ejecutar, previa aprobación de la Gerencia, los planes y programas de trabajo correspondientes a la Sub Gerencia, disponiendo efi ciente y efi cazmente de los recursos económicos, materiales y equipos asignados. INCORPORAR en el artículo 11.2 las siguientes tres (03) funciones: 1. Registrar y mantener un archivo actualizado de planos y del metraje de las áreas verdes del Distrito. 2. Detectar y comunicar al órgano competente de las infracciones a las disposiciones municipales relacionadas con la gestión ambiental, especialmente las vinculadas con la gestión de las áreas verdes públicas del distrito. 3. Mantener actualizados los registros estadísticos de la Sub Gerencia. Artículo 8º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 9º.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, Subgerencia de Limpieza Pública y Subgerencia de Parques y Jardines el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 10º.- Encargar a las Áreas competentes la publicación del presente dispositivo y Anexo en el Portal Institucional (www.munilaperla.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa (www.psce.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1116052-1 Regulan la Actividad de los Operadores de Residuos Sólidos en el distrito de la Perla ORDENANZA Nº 008-2014-MDLP La Perla, 23 de julio del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha, 23 de Julio del 2014, El Dictamen de la Comisión Ordinaria de Servicios Comunales, sobre la Ordenanza que Regula la Actividad de los Operadores de Residuos Sólidos en el Distrito de la Perla; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 73, numeral 3.1., establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específi cas con carácter exclusivo o compartido, para la protección y conservación del ambiente; a fi n de formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, asimismo, según el artículo 84, numeral 2.1 de la citada Ley, constituye función específi ca exclusiva de las municipalidad distrital, planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza; Que, de otra parte, el artículo 43 de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, indica que las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones favorables, que directa o indirectamente generen un benefi cio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, o de inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que coadyuven a mejorar el manejo de los residuos sólidos en los sectores económicos y actividades vinculadas con su generación; Que, el artículo 4, literal c) de la Ley Nº 29419, Ley que regula la actividad de los Recicladores, señala que son actores institucionales vinculados a las actividades de recolección selectiva, segregación y comercialización de residuos sólidos no peligrosos, entre otros, los gobiernos locales, provinciales y distritales, como encargados de Establecer las políticas y medidas destinadas a la gestión ecológicamente efi ciente de los residuos sólidos en su respectiva jurisdicción. Asimismo, según el artículo 30.3 del Decreto Supremo Nº 005-2010- MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29419, los aspectos del Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos establecidos en dicho Reglamento; Que, la Gerencia de Servicios Comunales, con Memorándum Nº 0622-2014-GSC-MDLP; presenta la propuesta de Ordenanza que regulará la actividad de los operadores de residuos sólidos en el distrito. En ese sentido, argumenta la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos “Tú puedes ayudar con sólo reciclar”, que se viene llevando a cabo desde Julio del año 2012 en el distrito de la Perla y que nació como