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El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528821 LOS OLIVOS (CIELO) Y TIC’S proceda a publicar el texto íntegro del presente Decreto de Alcaldía, en la página web de la entidad: www.munilosolivos.gob.pe. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO del presente al MINISTERIO DEL AMBIENTE para los fi nes de su competencia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1115846-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban Programa Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, que tendrá una cobertura del 25% de viviendas del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2014-MDR Rímac, 21 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC Visto; La Ordenanza Municipal Nº 388-MDR publicada el 18 de julio de 2014, que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito del Rímac; Informe Nº 018 -2014-GSCyMA de fecha 21 de Julio de 2014 presentado por la Gerencia de Servicio a la Ciudad y Medio Ambiente, en la cual solicita la aprobación del Programa Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos al 25% de viviendas del distrito del Rímac; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su artículo 80 que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, el artículo 10° del Decreto Legislativo Nº 1065; que modifi ca la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos; establece que el Rol de las Municipalidades, es “Implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición fi nal diferenciada y técnicamente adecuada”; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobó la Política Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la calidad ambiental; componente 4. Residuos Sólidos, como un lineamiento de Política del Sector, el fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; En cumplimiento de la Ordenanza anteriormente mencionada y del informe favorable; DECRETA: Artículo Primero.- APRUEBASE el Programa Segregación en la Fuente y recolección selectiva de residuos sólidos, la cual tendrá una cobertura del 25% de viviendas del distrito del Rímac, el cual forma parte del presente Decreto de Alcaldía como anexo y que constituye parte integrante del mismo. Artículo Segundo.- Aprobar la asignación presupuestal correspondiente para su ejecución, que deberá ser incorporado como una meta físicas con indicadores, para ser evaluado dentro del Plan Operativo Anual de la de la Subgerencia de Limpieza Pública y Control Ambiental, perteneciente a la Gerencia de Servicio a la Ciudad y Medio Ambiente, bajo el techo presupuestal asignado a la Gerencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el cumplimiento de la presente disposición municipal, disponiendo las acciones que correspondan. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DIAZ Alcalde 1116066-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban Programa de Segregación de Residuos Sólidos para el distrito de San Luis 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2014-MDSL San Luis, 24 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 164-2014-MDSL-GSC-SGLPYSA, a través del cual la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, solicita a la emisión de un Decreto de Alcaldía que apruebe el Programa de Segregación de Residuos Sólidos para el distrito de San Luis 2014; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 314-2014-MDSL de fecha 18JUL2014, se constituyó el Equipo Técnico para el cumplimiento de la Meta 03 “Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de las Viviendas Urbanas del Distrito de San Luis”, del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2014; y, Que, mediante el Informe Nº 164-2014-MDSL-GSC- SGLPYSA de fecha 21JUL2014, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental remite el Informe acerca del Programa de Segregación de Residuos Sólidos para el distrito de San Luis 2014; Que, a través del Informe Nº 114-2014-MDSL-GAL de fecha 23JUL2014, la Gerencia de Asesoría Legal emite opinión favorable para la aprobación del Programa de Segregación de Residuos Sólidos, mediante Decreto de Alcaldía, en tanto resuelva y regula un asunto de orden general y de interés para el vecindario, acorde con la normatividad establecida; En uso de las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 157-MDSL y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación de Residuos Sólidos para el Distrito de San