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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2014 (27/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 74

El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528824 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha, 23 de Julio del 2014, El Dictamen de la Comisión de Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza que modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Manual de Organización y Funciones MOF correspondiente a la Gerencia de Servicios Comunales, Subgerencia de Limpieza Pública y Subgerencia de Parques y Jardines, de la Municipalidad Distrital de La Perla; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 9º, inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece como una de sus atribuciones del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, mediante Ordenanza Nº 015-2004-MDLP, publicada el 18/07/2004 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Manual de Organización y Funciones MOF de la Municipalidad Distrital de La Perla; Que, mediante Memorándum Nº 0595-2014-GSC- MDLP de fecha 08/07/2014, la Gerencia de Servicios Comunales solicita el cambio de nombre del Órgano de Línea Servicios Comunales por el de Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, y presenta propuestas de modifi caciones en el Reglamento de Organización y Funciones ROF y Manual de Organización y Funciones MOF a fi n de consignar funciones y responsabilidades en materia ambiental de competencia de su Despacho. Que, mediante Informe Nº 047-2014-SGPYR-GPYP, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, contando con la aprobación de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, determinan la procedencia de lo solicitado por la Gerencia de Servicios Comunales en relación al cambio de nombre del Órgano de Línea Gerencia de Servicios Comunales por el de Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, y a la Modifi cación, supresión e incorporación de funciones específi cas en materia ambiental en el Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Manual de Organización y Funciones MOF de la Municipalidad Distrital de La Perla; Que, mediante Dictamen de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, hace suyas las recomendaciones de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización – Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe Nº 047-2014-SGPYR-GPYP-MDLP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 265-2014-GAJ/MDLP, y de la Gerencia Municipal mediante Informe Nº094-2014-GM-MDLP; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los Señores(as) Regidores(as), con la dispensa de lectura y aprobación del acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ROF Y EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES MOF CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE SERVICIOS COMUNALES, SUBGERENCIA DE LIMPIEZA PUBLICA Y SUBGERENCIA DE PARQUES Y JARDINES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Artículo 1º.- APROBAR el cambio de nombre del Órgano de Línea: “Gerencia de Servicios Comunales” por el de “Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental”. Artículo 2º.- APROBAR la modifi cación, supresión e incorporación de funciones específi cas en materia ambiental en el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, según el siguiente detalle: MODIFICAR el artículo 11.0 DICE: Gerencia de Servicios Comunales DEBE DECIR: 11.0 Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental MODIFICAR en el artículo 11º el numeral Nº 12. DICE: 12. Establecer mecanismos de asistencia técnica y apoyo para la formalización de los comerciantes informales del distrito. DEBE DECIR: 12. Promover mecanismos que permitan establecer las coordinaciones y acciones necesarias para ofrecer servicios de asistencia técnica – legal para la promoción del empleo e ingresos en la población vulnerable del distrito y la formalización o constitución de las pequeñas y medianas empresas. SUPRIMIR del artículo 11º los numerales 10, 11, 13 y 14 INCORPORAR en el artículo 11º las siguientes seis (06) funciones: 1. Proponer políticas y normas, así como emitir resoluciones de gerencia para aprobar directivas relacionadas a procedimientos administrativos de su competencia, acorde a las Ordenanzas y Decretos de Alcaldía vigentes. 2. Proponer al Gerente Municipal los proyectos e instrumentos de gestión ambiental, de gestión de los servicios comunales y otros que estén dentro de su competencia. 3. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de gestión ambiental, para el mantenimiento o recuperación de la calidad sanitaria y ambiental de espacios públicos dentro de la jurisdicción. 4. Establecer mecanismos de coordinación y concertación con las Municipalidades vecinas, organismo del Gobierno Nacional, Gobierno Regional, instituciones privadas y sociedad civil organizada para implementar políticas integrales de gestión ambiental. 5. Coordinar en los casos que se requiera, con el órgano competente y/o con la Policía Nacional para la ejecución de operativos especiales de control y/o erradicación de acciones o procesos que actúen en detrimento de la calidad sanitaria y ambiental en la jurisdicción del distrito. 6. Administrar el Sistema de Información Ambiental Local (SIAL)a fi n de brindar la adecuada atención e información acerca de la correcta aplicación de los dispositivos legales e instrumentos de gestión ambiental, así como de las acciones e iniciativas en materia ambiental gestionadas por la municipalidad. Artículo 3º.- APROBAR la modifi cación, supresión e incorporación de funciones específi cas en materia ambiental en el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Subgerencia de Limpieza Pública, según el siguiente detalle: MODIFICAR el artículo 11.1 en el numeral 3. DICE: 3. Programar, ejecutar, supervisar y coordinar las actividades de limpieza pública en las fases de recolección, transporte y disposición fi nal, así como determinar el aprovechamiento industrial de los mismos. DEBE DECIR: 3. Programar, ejecutar, supervisar y coordinar las actividades de limpieza pública en las fases de recolección, transporte y disposición fi nal de los residuos sólidos. MODIFICAR el artículo 11.1 en el numeral 9. DICE: 9. Realizar las acciones de fi scalización y control relacionadas al cumplimiento de las normas y disposiciones