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El Peruano Lunes 28 de julio de 2014 528846 Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1116550-6 DECRETO SUPREMO Nº 219-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS; Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, teniendo como ámbito de competencia el desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social, y la protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que son funciones exclusivas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, entre otras, elaborar políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo e inclusión social, acceso a oportunidades y desarrollo de capacidades, de su competencia; siendo que, en el marco de dichas funciones, el Programa de Complementación Alimentaria - PCA tiene por objeto otorgar complemento alimentario a la población en situación de pobreza extrema y en riesgo moral y de salud, así como a los grupos vulnerables: niños, niñas, personas con TBC, adultos mayores y personas con discapacidad; Que en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 163-2012-MIDIS, la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales del MIDIS es el órgano competente para implementar las acciones relacionadas con la gestión descentralizada del Programa de Complementación Alimentaria - PCA; Que, mediante Informe N° 317-2014-MIDIS/SG/ OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social señala que la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales del MIDIS, requiere recursos para fi nanciar la adquisición de cocinas y kits de utensilios para los comedores populares a nivel nacional, mediante la modalidad de núcleos ejecutores, a través de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Ofi cio N° 184- 2014-MIDIS/DM, solicita recursos adicionales a favor de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 567 094,00), con la fi nalidad de fi nanciar la adquisición de cocinas y kits de utensilios, con lo cual se mejorará las condiciones de los comedores populares a nivel nacional, benefi ciando a trece mil cuatrocientos cincuenta y ocho (13 458) comedores populares de las Organizaciones Sociales de Base; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público considera una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender las acciones descritas en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 567 094,00), a favor del citado pliego, con la fi nalidad de fi nanciar la adquisición de cocinas y kits de utensilios para garantizar la mejora de las condiciones de los comedores populares a nivel nacional, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 567 094,00) a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a fi n de que el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES fi nancie la adquisición de cocinas y kits de utensilios, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA : En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios