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El Peruano Lunes 28 de julio de 2014 528848 transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido previstos en el presupuesto institucional del año fi scal 2014 del pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma total de CATORCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 733 358,00), a favor del citado pliego, destinada al fi nanciamiento del pago de la adquisición de calzado corto de cuero negro a través de la modalidad de núcleos ejecutores, para el personal policial de la Policía Nacional del Perú, que corresponde, entre otros, a los cadetes y alumnos por egresar de las Escuelas de Ofi ciales y Subofi ciales en el presente año, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma total de CATORCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 733 358,00), a favor del pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, destinada a fi nanciar el pago de la adquisición de calzado corto de cuero negro a través de la modalidad de núcleos ejecutores en el presente año fi scal, para el personal policial de la Policía Nacional del Perú (PNP), que corresponde, entre otros, a los cadetes y alumnos por egresar de las Escuelas de Ofi ciales y Subofi ciales en el presente año, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 14 733 358,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 14 733 358,00 =========== SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5002362 : Promoción y Dinamización de Mercados - MYPES GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 14 733 358,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 040 14 733 358,00 =========== TOTAL EGRESOS 14 733 358,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1116550-8 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del pliego Ministerio del Interior DECRETO SUPREMO Nº 215-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 007 Ministerio del Interior; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1135, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, estableciendo que el Ministerio del Interior diseña, establece, promueve, ejecuta, supervisa y evalúa políticas públicas en materia de orden interno y orden público, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos humanos con visión integral e intersectorial, en todo el territorio nacional; asimismo, señala que el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú y a los organismos públicos adscritos a él; Que, mediante Ofi cios N°s. 878 y 1294-2014-IN-DM, el Ministerio del Interior ha solicitado una transferencia de recursos adicionales, entre otros, hasta por la suma total de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 359 440,00), para fi nanciar la adquisición de borceguíes tipo jungla a ser adquiridos a través de licitación nacional regular en el presente año fi scal, para el personal policial de la Policía Nacional del Perú (PNP), que corresponde, entre otros, a los cadetes y alumnos por egresar de las Escuelas de Ofi ciales y Subofi ciales en el presente año, los cuales no han sido previstos por el citado pliego en su presupuesto institucional del año fi scal 2014;