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El Peruano Lunes 28 de julio de 2014 528851 ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 126 376,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 15 884 820,00 =========== 3.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas a nivel de Pliegos y unidades ejecutoras, se encuentra en el Anexo “Costo del incremento del 55% del monto que por concepto de bonifi cación de las guardias hospitalarias que vienen percibiendo el personal médico cirujano del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Gobiernos Regionales” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 4.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias. 4.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 4.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 3 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1116550-4 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor del pliego Ministerio de Salud DECRETO SUPREMO Nº 217-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el Decreto Legislativo Nº 1161 aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y señala que éste es competente en la salud de las personas, aseguramiento en salud, epidemias y emergencias sanitarias, salud ambiental e inocuidad alimentaria, inteligencia sanitaria, productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos, recursos humanos en salud, infraestructura y equipamiento en salud e investigación y tecnologías en salud; Que, el Ministerio de Salud, a través del Ofi cio Nº 1242- 2014-DM/MINSA, ha solicitado una transferencia de recursos adicionales hasta por la suma total de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 585 711,00), para fi nanciar el fortalecimiento de personal a través de la oferta de mil (1000) vacantes para el Servicio Rural Urbano Marginal de Salud – SERUMS, proceso 2014 II, y de quinientas (500) vacantes para el Residentado Médico, en lo que corresponde al periodo de octubre a diciembre del presente año, en razón a que conforme a lo indicado en el Informe Nº 169-2014-OGPP-OP/MINSA de su Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el fortalecimiento de personal es necesario debido a que se ha originado una demanda mayor a la prevista por el Ministerio de Salud en el proceso 2014-I, realizado en el primer semestre del año en curso, siendo, en consecuencia, necesario contar con el personal necesario para el proceso 2014-II, los cuales se destinarán a atender, prioritariamente, zonas alejadas o de frontera, zonas de emergencia, especialidades básicas, entre otros; asimismo, se señala que, dado que dicha situación no se había previsto para el año fi scal 2014, el citado pliego no cuenta con los recursos necesarios en su presupuesto institucional del presente año fi scal para atender el referido fortalecimiento; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender el requerimiento señalado en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del año fi scal 2014 del pliego 011: Ministerio de Salud, por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 585 711,00), para fi nanciar el fortalecimiento de personal a través de la oferta de mil (1000) vacantes para el Servicio Rural Urbano Marginal de Salud – SERUMS y de quinientas (500) vacantes para el Residentado Médico, en lo que corresponde al periodo de octubre a diciembre del año 2014, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 585 711,00), a favor del pliego 011: Ministerio de Salud, para fi nanciar el fortalecimiento de personal a través de la oferta de mil (1000) vacantes para el Servicio Rural Urbano Marginal