Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2014 (28/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Lunes 28 de MORDAZA de 2014

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de la construccion e implementacion del "Gran Centro de Convenciones de Lima" y de la preparacion para las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional. c) Intervenciones de "Huaros" a nivel nacional, en el MORDAZA del Programa Nuestras Ciudades. 16.2 El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es responsable de la ejecucion de los recursos a los que se refiere el presente articulo, para lo cual desarrolla las acciones correspondientes. Articulo 17º.- Del control El cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia se encuentra sujeto a las acciones de control a efectuarse en el MORDAZA del Sistema Nacional de Control. Articulo 18º.- Financiamiento El presente Decreto de Urgencia se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades comprendidas en sus alcances, segun corresponda. Articulo 19º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, la Ministra de Salud, la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social, el Ministro de Educacion, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de la Produccion y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Articulo 20º.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica. Dejase en suspenso, segun sea el caso, las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia o limiten su aplicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1116550-1

Articulo 14º.- Del MORDAZA Familiar Habitacional y MORDAZA del Buen Pagador 14.1 Establecese para fines del otorgamiento del MORDAZA Familiar Habitacional, en el MORDAZA de la Ley Nº 27829, Ley que crea el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH), que la Vivienda de Interes Social tendra un valor MORDAZA equivalente a veinte (20) Unidades Impositivas Tributarias - UIT. Mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento se establecera el valor de las viviendas que debera priorizarse dentro del Programa Techo Propio. 14.2 Establecese para fines del otorgamiento del MORDAZA del Buen Pagador - BBP, en el MORDAZA de la Ley Nº 29033, Ley de Creacion del MORDAZA del Buen Pagador, que el valor del inmueble a adquirir sea mayor a catorce (14) UIT y no exceda de cincuenta (50) UIT. Disponese que el BBP consiste en la ayuda economica directa no reembolsable hasta por un monto MORDAZA de DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 500,00) que se otorga a las personas que accedan al credito MIVIVIENDA por medio de las empresas del sistema financiero. Las condiciones, procedimientos y oportunidad para el otorgamiento del citado MORDAZA seran establecidas por el Fondo MIVIVIENDA S.A. 14.3 Para efecto de lo establecido en los numerales precedentes, se autoriza al Banco de la Nacion a otorgar al Fondo MIVIVIENDA S.A. un prestamo de hasta por la suma de QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 500 000 000,00). Articulo 15º.- Autorizacion al Ministerio de la Produccion para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico Autorizase, excepcionalmente, al Ministerio de la Produccion a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico con cargo a los recursos transferidos a dicho Ministerio mediante el Decreto Supremo N° 050-2014-EF, no devengados hasta la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, con el fin de destinarlos al financiamiento, durante el ano fiscal 2014, de acciones de dicho Ministerio en el MORDAZA de sus competencias, para lo cual queda exonerado de lo establecido en el literal c) del numeral 41.1 del articulo 41 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Articulo 16º.- Autorizacion al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico 16.1 Autorizase, durante el ano fiscal 2014, al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, incluidos los recursos autorizados a dicho Ministerio por el articulo 11 de la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre, quedando exonerado para tal fin, de lo establecido en el articulo 13 de la citada Ley N° 30191, asi como en el literal c) del numeral 41.1 del articulo 41 y en el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, a fin de financiar lo siguiente: a) Adecuacion de ambientes, adquisicion de equipamiento y, otras obras y servicios, del Museo de la Nacion, la Biblioteca Nacional y el Gran Teatro Nacional, en el MORDAZA de la construccion e implementacion del "Gran Centro de Convenciones de Lima" y de la preparacion para las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional. b) Ejecucion de obras de infraestructura en las areas exteriores colindantes y proximas al Museo de la Nacion, Biblioteca Nacional y el Gran Teatro Nacional, en el MORDAZA

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