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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2014 (28/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Lunes 28 de julio de 2014 528845 de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1116550-2 DECRETO SUPREMO Nº 218-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS; Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de dicha norma, se adscribe al citado Ministerio el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013- MIDIS, se aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, “Incluir para Crecer” como instrumento de gestión orientado al logro de resultados prioritarios en materia de inclusión social, donde se determinó como Eje Quinto: Protección del Adulto Mayor, el cual se enfoca en el adulto mayor con edades que oscilan entre los 65 años a más y que deben formar parte de la Población en Proceso de Desarrollo e Inclusión Social (PEPI); Eje donde se encuentra orientada la intervención del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”. Que, mediante Informe N° 311-2014-MIDIS/SG/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social señala que la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” requiere recursos adicionales para fi nanciar el incremento de la meta anual de cobertura del programa de trescientos ochenta mil (380 000) a cuatrocientos treinta mil (430 000) usuarios en el presente año; Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Ofi cio N° 179- 2014-MIDIS/DM, solicita recursos adicionales a favor de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), con la fi nalidad de fi nanciar el incremento de la atención de usuarios del Programa conforme a lo indicado en el considerando precedente, lo que contribuirá a mejorar el bienestar de los adultos mayores benefi ciarios; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público considera una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender las acciones descritas en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), a favor del citado Pliego, con la fi nalidad de fi nanciar el incremento de la atención de usuarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el presente año, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00) a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a fi n que el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” fi nancie el incremento de la atención de usuarios en el presente año, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA : En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 30 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 30 000 000,00 ============ A LA : En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 006 : Programa Nacional de Asistencia Solidaria pensión 65 PROGRAMA PRESUPUESTAL 097 : Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 PRODUCTO 3000313 : Adulto Mayor con Subvención Monetaria según condiciones del Programa ACTIVIDAD 5002952 : Entrega de Subvención Monetaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 30 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 30 000 000,00 ===========