Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2014 (28/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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MORDAZA de personero que se acredite, mediante resolucion debidamente motivada, resolvera tener por acreditado al respectivo personero. Analisis del caso concreto 6. Como se ha senalado en los antecedentes de la presente resolucion, con fecha 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento ante el JEE la solicitud de inscripcion de lista de candidatos del partido politico Peru Posible. Asi, mediante la Resolucion Nº 0012014-JEE MORDAZA Norte 1, de fecha 10 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la mencionada solicitud de inscripcion de lista, debido a que la persona que suscribe y presento la misma, carecia de legitimidad para hacerlo. 7. Ahora bien, de la revision de autos se advierte que, con fecha 5 de MORDAZA de 2014, el personero legal alterno inscrito en el ROP genero en el sistema PECAOE la solicitud de registro de personero a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular ante el JEE, cumpliendo asi con el tramite previo del procedimiento de acreditacion de personeros. Dicha solicitud de acreditacion de personero legal titular fue presentada ante el JEE, con fecha 14 de MORDAZA de 2014, resolviendose tenerlo por acreditado como tal, mediante Resolucion Nº 002-2014JEE MORDAZA Norte 1, de fecha 19 de MORDAZA de 2014, recaida en el Expediente Nº 00053-2014-060. 8. Al respecto, este Supremo Tribunal Electoral considera oportuno precisar que la MORDAZA de una solicitud de inscripcion de lista de candidatos por una persona que aun no ha sido acreditada por el JEE como personero legal, pero respecto de la cual se verifique que el personero legal inscrito en el ROP genero en el sistema PECAOE, de manera previa o simultanea a la solicitud de inscripcion de listas, la respectiva MORDAZA de registro de personero, no supone una causal de improcedencia, sino una omision susceptible de ser subsanada, de conformidad con los articulos 27, numeral 27.2, y 28 del Reglamento de inscripcion. 9. En tal sentido, teniendo en cuenta que la solicitud de acreditacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como personero legal titular del partido politico Peru Posible ante el referido JEE, fue generada con anterioridad a la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos de la mencionada agrupacion politica, correspondia que el JEE declare inadmisible la solicitud de inscripcion MORDAZA referida, a efectos de otorgar un plazo para que subsane la omision advertida. 10. No obstante, atendiendo a que, en el caso de autos, el JEE, mediante Resolucion Nº 002-2014-JEE MORDAZA Norte 1, de fecha 19 de MORDAZA de 2014, recaida en el Expediente Nº 00053-2014-060, ha resuelto tener por acreditado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular del partido politico Peru Posible, en virtud de los principios de economia y celeridad procesal, se debe tener por subsanada tal omision, correspondiendo declarar fundado el presente recurso de apelacion, revocar la decision del JEE venida en grado, y disponer que dicho organo electoral continue con la calificacion respectiva. 11. Sin perjuicio de ello, este organo colegiado exhorta al personero legal alterno, inscrito en el ROP de la mencionada agrupacion politica, para que, en lo sucesivo, actue con mayor diligencia, debiendo cumplir con presentar, en su oportunidad, ante el respectivo JEE, la solicitud de acreditacion de sus personeros legales. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Dioscrider MORDAZA Coz MORDAZA, personero legal alterno del partido politico Peru Posible, inscrito ante el Registro de Organizaciones Politicas; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 001-2014JEE-Lima Norte 1, del 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte 1, que declaro improcedente la inscripcion de la lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para participar en las elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte 1 continue con el

El Peruano Lunes 28 de MORDAZA de 2014

tramite correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los considerandos de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1116468-10

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Internacional del Peru - Interbank el cierre temporal de agencia ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 4574-2014 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2014 El Intendente General de Banca (a.i.) VISTA: La comunicacion del Banco Internacional del Peru - Interbank mediante la cual informa que una de sus oficinas suspendera la atencion al publico por motivos de remodelacion, por el periodo comprendido entre el 14.07.2014 y el 23.08.2014, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la informacion pertinente que justifica el cierre temporal de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "D", y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009, la Resolucion Administrativa SBS N° 240-2013 y el Memorandum N° 576-2014-SABM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del Peru - Interbank el cierre temporal de su Agencia MM Vea Brasil, ubicada en el Supermercado Plaza Vea Av. Brasil cuadra 15, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; entre el 14.07.2014 y el 23.08.2014. Articulo Segundo.- En caso de extenderse el plazo requerido para reanudar la atencion al publico, el Banco debera adoptar las medidas necesarias a fin de informar de manera previa el MORDAZA plazo tanto al publico usuario como a esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca (a.i.) 1115985-1

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