Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2014 (14/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Sabado 14 de junio de 2014

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imputados que estima que configuran la causal de declaratoria de vacancia y exponga, de manera ordenada y sistematica, los argumentos por los cuales considera ello. b. Requerira informe documentado al organo competente de la entidad MORDAZA sobre si el plan y cronograma de ejecucion de obras de mantenimiento de carreteras y apoyo en la ejecucion de obras publicas en los distintos distritos de la provincia de Huaral fue sometido previamente a consideracion del concejo municipal. c. Requerira informe documentado al organo competente de la entidad MORDAZA sobre si el plan y cronograma de ejecucion de obras de mantenimiento de carreteras y apoyo en la ejecucion de obras publicas en los distintos distritos de la provincia de Huaral fue aprobado previamente por el concejo municipal. d. Requerira al organo competente de la entidad MORDAZA para que informe sobre la relacion de personal, en concreto, de trabajadores o personas contratadas por la Municipalidad Provincial de Huaral, que realizaron labores en Huallopampa y en el distrito de Lampian. e. Requerira al organo competente de la entidad MORDAZA para que informe el lugar y personas que trabajaron o prestaron servicios a la Municipalidad Provincial de Huaral, para la custodia de la maquinaria a la que se alude en la solicitud de vacancia. f. Requerira al organo competente de la entidad MORDAZA para que informe, documentadamente, sobre si los familiares de las victimas de los accidentes senalados en la solicitud de declaratoria de vacancia han solicitado administrativa o judicialmente, el pago de indemnizacion, precisando, de ser el caso, el estado de dichos procesos. g. Requerira al organo competente de la entidad MORDAZA, de ser el caso, MORDAZA autenticada del contrato de seguro contra accidentes suscrito por la Municipalidad Provincial de Huaral, respecto de la maquinaria involucrada en los accidentes a los cuales se hace referencia en la solicitud de declaratoria de vacancia. Una vez que se cuente con dicha informacion, debera correrse traslado de la misma al solicitante y al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal. En el supuesto de que a pesar de las gestiones realizadas no MORDAZA podido recabarse la documentacion MORDAZA mencionada, debe precisarse que subsiste la obligacion del concejo municipal de pronunciarse sobre el fondo de la pretension, con o sin dicha documentacion, en el plazo establecido en el articulo 23 de la LOM, ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a las que hubiese lugar. Asimismo, sin perjuicio de la documentacion que debera requerir el Concejo Provincial de Huaral, en virtud de lo dispuesto en el presente considerando, se debera tomar en consideracion y valorar, al momento de emitir MORDAZA pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, los documentos presentados por las partes ante este Supremo Tribunal Electoral, hasta la fecha de publicacion de la presente resolucion. Del mismo modo, cabe precisar que el concejo municipal debera evaluar los hechos y causales invocadas, a la luz de la jurisprudencia emitida por este organo colegiado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULOS los Acuerdos de Concejo Nº 004-2014-MPH-CM y Nº 099-2013-MPHCM, y todo lo actuado hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de los actuados al Concejo Provincial de Huaral, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia, dentro de los parametros establecidos en la presente resolucion y normas pertinentes. En caso contrario, se remitira MORDAZA de los actuados al presidente

de la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 9, de la LOM. 4. Sin perjuicio de lo expuesto en el considerando anterior, tomando en consideracion los hechos descritos en la solicitud de declaratoria de vacancia, este organo colegiado estima que, en virtud de la optimizacion de los principios de verdad material e impulso de oficio, el concejo provincial debio requerir e incorporar al presente expediente, la siguiente documentacion: a. Requerir informe documentado al organo competente de la entidad MORDAZA sobre si el plan y cronograma de ejecucion de obras de mantenimiento de carreteras y apoyo en la ejecucion de obras publicas en los distintos distritos de la provincia de Huaral fue sometido previamente a consideracion del concejo municipal. b. Requerir informe documentado al organo competente de la entidad MORDAZA sobre si el plan y cronograma de ejecucion de obras de mantenimiento de carreteras y apoyo en la ejecucion de obras publicas en los distintos distritos de la provincia de Huaral fue aprobado previamente por el concejo municipal. c. Requerir al organo competente de la entidad MORDAZA informe sobre la relacion de personal, en concreto, de trabajadores o personas contratadas por la Municipalidad Provincial de Huaral, que realizaron labores en Huallopampa y en el distrito de Lampian. d. Requerir al organo competente de la entidad MORDAZA para que informe sobre el lugar y la identidad de las personas que trabajaron o prestaron servicios a la Municipalidad Provincial de Huaral, para la custodia de la maquinaria a la que se alude en la solicitud de vacancia. e. Requerir al organo competente de la entidad MORDAZA para que informe, documentadamente, sobre si los familiares de las victimas de los accidentes senalados en la solicitud de declaratoria de vacancia han solicitado, administrativa o judicialmente, el pago de indemnizacion, precisando, de ser el caso, el estado de dichos procesos. f. Requerir al organo competente de la entidad MORDAZA, de ser el caso, MORDAZA autenticada del contrato de seguro contra accidentes suscrito por la Municipalidad Provincial de Huaral, respecto de la maquinaria involucrada en los accidentes a los cuales se hace referencia en la solicitud de declaratoria de vacancia. A pesar de que dicha informacion y documentos MORDAZA senalados resultaban no solo utiles, sino necesarios para la dilucidacion de la controversia juridica planteada en el presente caso, el Concejo Provincial de Huaral omitio solicitarla y actuarla en el procedimiento de declaratoria de vacancia, lo que evidencia una MORDAZA contravencion a los principios de impulso de oficio y verdad material MORDAZA mencionados, viciando de nulidad la tramitacion del procedimiento, en sede administrativa, es decir, municipal. 5. Lo MORDAZA expuesto, es decir, la omision de los principios de impulso de oficio y verdad material por parte del concejo municipal, a juicio de este organo colegiado, no facilita la adecuada administracion de justicia electoral que debe proveer este Supremo Tribunal Electoral, ya que no cuenta con los elementos de juicio para formarse conviccion en torno a la concurrencia o no de la causal de declaratoria de vacancia invocada en la presente controversia juridica. 6. Atendiendo a que resulta necesario asegurar que, por lo menos, dos organos o instancias distintas analicen y se pronuncien, a la luz de los hechos imputados y los medios probatorios que obren en el expediente, sobre la controversia juridica planteada en un procedimiento especifico ­en el caso de los procedimientos de declaratoria de vacancia, dichos organos serian: el concejo municipal, en instancia administrativa, y el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en instancia jurisdiccional­, por cuanto, conforme se ha evidenciado en el considerando duodecimo, el Concejo Provincial de Huaral no ha procedido ni tramitado el procedimiento en cuestion, respetando los principios de impulso de oficio y verdad material, corresponde declarar la nulidad de los Acuerdos de Concejo Nº 004-2014-MPH-CM y Nº 099-2013-MPH-CM 7. Asimismo, el Concejo Provincial de Huaral, respetando los plazos previstos en el articulo 23 de la LOM, en forma previa a la sesion extraordinaria a realizarse para resolver la solicitud de declaratoria de vacancia, procedera de la siguiente manera: a. Requerira al solicitante de la declaratoria de la vacancia que precise cual o cuales son los hechos

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