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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (16/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Lunes 16 de junio de 2014 525448 Que, mediante Informe Nº 009-2014-GRC/GRRNGMA se informa a la Gerencia General Regional, que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, se encontraba elaborando los términos de referencia para contratar a un consultor para la actualización del Plan Maestro del ACR – Humedales de Ventanilla. Que, mediante Informe Nº 010-2014-GRC/GRRNGMA se solicita a la Gerencia General Regional la autorización para la asignación presupuestal para contratar la consultoría para la actualización del Plan Maestro del ACR – Humedales de Ventanilla 2009-2014; Que, mediante Informe Nº 012-2014-GRC/ GRRNGMA/RZR de fecha 01 de abril de 2014, elaborado por el profesional de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, se reitera la recomendación de actualización del Plan Maestro del ACR – Humedales de Ventanilla; Que, mediante Informe Nº 021-2014-GRC/GRRNGMA de fecha 08 de abril de 2014, expone que dado que el Plan Maestro del ACR Humedales de Ventanilla 2009-2014, cuenta con un plazo de vigencia perentorio al 25 de julio del presente año, en tanto se gestionan las asignaciones presupuestales, contratación de consultoría y la actualización del documento propiamente dicho, es necesario extender el plazo de vigencia aludido al 31 de diciembre de 2014; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER, la extensión del plazo de vigencia del Plan Maestro del ACR – Humedales de Ventanilla 2009-2014, al 31 de diciembre de 2014. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación del presente Decreto Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 1096736-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza que dicta medidas de prevención en seguridad durante la ejecución de obras en San Isidro ORDENANZA N° 364-MSI San Isidro, 30 de abril de 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO En Sesión Ordinaria de Concejo N° 14 de la fecha; VISTOS: El Dictamen N° 02-2014-CCU-OSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Municipales, Dictamen N° 10.2014-ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización y Dictamen N° 12-2014-CAJ-LS/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, laborales y Sociales; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 79°, que es función exclusiva especifi ca de las Municipalidades distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles y declaratorias de fábricas; Que, una de las funciones otorgadas a los gobiernos locales, es la de cautelar la seguridad de la ciudadanía en sus diversos aspectos, para tal efecto se debe ponderar los diversos elementos o situaciones que podrían incrementan las condiciones de inseguridad en la localidad, es preciso que dentro de un contexto preventivo se debe dictar la disposiciones a través del cual las personas tanto naturales como jurídicas informen oportunamente acerca del personal que labora en una construcción, así como implementar sistemas de seguridad; Que, tal como señalan los considerandos de la Resolución Suprema N° 173-2012-PCM, publicada el 09 de junio del 2012, la construcción civil es una de las principales actividades generadoras de puestos de trabajo, a nivel nacional y contribuye signifi cativamente con el crecimiento económico del país; sin embargo, en esta actividad económica se vienen produciendo actos delictivos que afectan a los empleadores y trabajadores, los que, entre otros, tienen por objeto la realización de actos de extorsión para la contratación de trabajadores; Que, en ese sentido, la presente ordenanza tiene un carácter disuasivo para la protección de la vida, la integridad física y la propiedad privada de los vecinos del distrito y de los propios empleadores y trabajadores de los diferentes proyectos de construcción ejecutados en San Isidro ante la eventualidad de la comisión de actos delictivos en el sector construcción; Que, estando a lo opinado en el Informe N° 1611- 2013-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, por MAYORÍA, adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE DICTA MEDIDAS DE PREVENCION EN SEGURIDAD DURANTE LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN SAN ISIDRO Artículo 1°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN .- La presente Ordenanza es aplicable a las obras de edifi cación nueva aprobadas bajo la Modalidad B, Modalidad C y Modalidad D, con uso diferente al de vivienda unifamiliar, y a las demoliciones totales en la jurisdicción de San Isidro. Artículo 2°.- PROCEDIMIENTO INFORMATIVO.- En un plazo máximo de 15 días calendarios contados a partir de la fecha de inicio de obra consignado en el cronograma de obra, aprobado por la Subgerencia de Obras Privadas para efecto informativo del vecino y a favor de la seguridad ciudadana, el propietario y/o ejecutante de la edifi cación deberá presentar ante la Gerencia de Fiscalización la relación de la totalidad de personas que labora en la obra de edifi cación. Dicha información deberá comprender los siguientes datos: Personal de Obra: - Apellidos y Nombres - DNI - Edad - Domicilio - Cargo o labor que desempeña en la obra - Fotografía actualizada - Copia del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) Vehículos vinculados a la Obra: - Tipo de vehículo - Marca/modelo - Número de placa - SOAT - Datos del chofer y ayudante La información proporcionada será remitida por la Municipalidad a la Comisaría de la jurisdicción, para su conocimiento y acciones propias de su competencia.