Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2014 (16/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Lunes 16 de junio de 2014

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VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 013-2014-CM/MPS, que declaro infundada la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA Merea MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Satipo, departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 9, en concordancia con el articulo 63, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES De la solicitud de vacancia Con fecha 27 de diciembre de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA Merea MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Satipo (fojas 67 a 70), por considerarlo incurso en la causal de restricciones de contratacion, prevista en el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), sobre la base de los siguientes argumentos: a) De acuerdo al Informe Nº 718-2013-SGRH/MPS, del 30 de setiembre de 2013, emitido por la subgerencia de Recursos Humanos de la referida comuna, el MORDAZA cobro aguinaldos y gratificaciones aprobadas por convenios colectivos entre los anos 2007 y 2013, y permitio que funcionarios de la actual gestion cobren por dichos conceptos. Ello constituye un conflicto de intereses, pues el burgomaestre se beneficio directamente con tales cobros y, ademas, no realizo accion alguna para evitar que sus funcionarios de confianza tambien los perciban. b) Estos pagos indebidos constituyen una disposicion del patrimonio municipal, pues el MORDAZA aprobo los acuerdos colectivos celebrados entre la Municipalidad Provincial de Satipo y el sindicato de trabajadores de la comuna, mediante las Resoluciones Nº 845-2011A/MPS y Nº 726-2012-A/MPS, las cuales posibilitaron que el burgomaestre y sus funcionarios perciban montos dinerarios sin tener derecho a ello.

Articulo 3°.- Disponer de manera temporal y excepcional el otorgamiento de la diferencia generada entre la remuneracion original del servidor C.P.C. MORDAZA MORDAZA Zare MORDAZA y la correspondiente al puesto materia del encargo. Articulo 4°.- Encargar a la Gerencia General en el ambito de su competencia el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 1096748-1

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulo Acuerdo de Concejo Nº 013-2014-CM/MPS que declaro infundada solicitud de vacancia formulada contra MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Satipo, departamento de MORDAZA y disponen devolver actuados para que se emita MORDAZA pronunciamiento
RESOLUCION Nº 365-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0162 SATIPO - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, ocho de MORDAZA de dos mil catorce

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