Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2014 (16/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Lunes 16 de junio de 2014

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PRODUCE
Conforman Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion y crean subcomites y Equipo de Apoyo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 206-2014-PRODUCE MORDAZA, 12 de junio de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 3091-2014-PRODUCE/SG de la Secretaria General y el Informe Nº 006-2014-PRODUCE/ OGAJ-jmantilla de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, tiene por objeto establecer las normas para regular la elaboracion, aprobacion, e implantacion, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluacion del control interno en las entidades del Estado, con el proposito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultaneo y posterior, contra los actos y practicas indebidas o de corrupcion, propendiendo al debido y transparente logro de los fines, objetivos y metas institucionales; estableciendose en su articulo 6º las obligaciones del Titular y funcionarios de la entidad, relativas a la implantacion y funcionamiento del control interno; Que, el Sistema de Control Interno (SCI) es el conjunto de acciones, actividades, planes, politicas, normas, registros, organizacion, procedimientos y metodos, incluyendo la actitud de las autoridades y el personal, organizados e instituidos en cada entidad del Estado para la consecucion de los objetivos institucionales que procura; Que, constituye politica nacional de obligatorio cumplimiento, fortalecer la lucha contra la corrupcion, garantizar la transparencia y la rendicion de cuentas; promover a traves de acciones y comunicaciones la etica publica, siendo el SCI una herramienta para ese logro; Que, mediante Resoluciones de Contraloria Nº 3202006-CG y Nº 458-2008-CG de la Contraloria General de la Republica, se aprueban respectivamente las Normas de Control Interno y la "Guia para la implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado", las mismas que son de aplicacion a las entidades del Estado de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28716; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 169-2009PRODUCE de fecha 17 de MORDAZA de 2009, se conformo el Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion, siendo modificada por la Resolucion Ministerial Nº 2062011-PRODUCE de fecha 12 de MORDAZA de 2011, en cuanto a su conformacion y funciones; y la Resolucion Ministerial Nº511-2012-PRODUCE, de fecha 04 de diciembre de 2012, en cuanto a su conformacion; Que, para la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno y su eficaz funcionamiento, resulta conveniente modificar la conformacion de los miembros del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion, asi como precisar las disposiciones sobre control interno que permitiran la adecuada ejecucion de las labores de dicho Comite; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28716 Ley de Control Interno de las Entidades del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y la Resolucion Ministerial Nº 3432012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformacion del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion. Conformar el Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion, el cual tendra a su cargo la implementacion del Sistema de Control Interno ­SCI de la Entidad, conforme a lo dispuesto en la Guia para la Implementacion del sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG. Dicho Comite dependera del Despacho Ministerial y esta conformado por: Miembros Titulares: - La Secretaria General, quien lo presidira.

- El Viceministro de Pesqueria. - El Viceministro de MYPE e Industria. - El Director de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien actuara como Secretario Tecnico. - El Director General de la Oficina General de Administracion. - El Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica. Miembros Suplentes: - Un representante de la Secretaria General. - Un representante del Despacho Viceministerial de Pesqueria. - Un representante del Despacho de MYPE e Industria. - Un representante del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. - Un representante del Director General de la Oficina General de Administracion. - Un representante del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica. Articulo 2º.- Designacion de los miembros suplentes Los miembros titulares del Comite de Control Interno designaran a sus representantes mediante comunicacion escrita dirigida a la Secretaria del Comite, dentro del plazo de siete (07) dias calendarios siguientes de notificada la presente resolucion. Solo en caso de ausencia o imposibilidad de los miembros titulares para participar en las sesiones del Comite de Control Interno, asistira en su reemplazo el designado miembro suplente. Articulo 3º.- Funciones del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion. El Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion tendra como funciones fundamentales las siguientes: 1. Monitorear el MORDAZA de sensibilizacion y capacitacion del personal de la entidad sobre temas de Control Interno. 2. Desarrollar el diagnostico actual del Sistema de Control Interno dentro de la entidad. 3. Desarrollar el cuadro de necesidades propuesto dentro del diagnostico de Control Interno. 4. Proponer la estimacion de los recursos necesarios para la implementacion del Sistema de Control Interno. 5. Informar a la Alta Direccion sobre los avances realizados en materia de implementacion del Sistema de Control Interno. 6. Coordinar con todas las areas de la entidad, aspectos pertinentes a la implementacion del Sistema de Control Interno. 7. Emitir los informes sobre los resultados de la implementacion del Sistema de Control Interno, para su oportuna remision al Organo de Control Institucional, dentro de los plazos indicados en la citada norma. 8. Elaborar y proponer las Normas de Control Interno del Ministerio de la Produccion, para su posterior aprobacion por el Titular del Pliego. 9. Todas las demas funciones contenidas en la Guia para la implementacion del sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG. Articulo 4º.- Veedor. El Jefe del Organo de Control Institucional o su representante, actuaran en calidad de Veedor en las sesiones, procesos y actos que realice el Comite de Control Interno. El representante sera acreditado mediante comunicacion escrita ante la Secretaria del Comite. Articulo 5º.- Subcomites de Control Interno Crear los Subcomites de Control Interno en los Despachos Viceministeriales, las Direcciones Generales y las Oficinas Generales del Ministerio de la Produccion, conformado por dos (02) integrantes, encargandose, dentro del ambito de su competencia, de ejecutar las acciones necesarias para la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno en sus dependencias. Los miembros del Subcomite seran acreditados mediante comunicacion escrita ante la Secretaria del Comite de Control Interno. Los Subcomites de Control Interno tendran la obligacion de reportar el resultado de sus acciones al Equipo de Apoyo y al Comite de Control Interno de la entidad. Articulo 6º.- Equipo de Apoyo Crear el Equipo de Apoyo, que se encargara del seguimiento y las coordinaciones con los Subcomites de

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