Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2014 (22/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA 22 de junio de 2014

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el procedimiento para otorgar beneficios extraordinarios de condonacion y exoneracion de arbitrios municipales a los propietarios o poseedores de predios debidamente registrados en la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dedicados a Clubes de Madres, Comedores Populares Autogestionarios y Comites del Vaso de Leche, debidamente registrados conforme lo establece la Ordenanza Nº 154MSS que creo el Registro de Organizaciones Sociales para la Promocion del Desarrollo Local, publicada el 15.10.2003, modificada por la Ordenanza Nº 184-MSS, publicada el 17.04.2004 y la Ordenanza Nº 245-MSS, publicada el 10.11.2005. Articulo Segundo.- BENEFICIOS Por la presente ordenanza se otorgaran los siguientes beneficios: a) Condonacion de las deudas por arbitrios municipales, intereses, costas y costos generados por dicho predio acumulados hasta la fecha de publicacion de la presente ordenanza. La condonacion se hace extensiva al predio matriz donde se desarrollen funciones de Clubes de Madres, Comedores Populares Autogestionarios y Comites del Vaso de Leche, debidamente registrados en la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Esta condonacion se aplicara a partir de la fecha de su acreditacion como Organizacion Social de Base respecto del predio materia de solicitud del beneficio. b) Exoneracion del 100% en arbitrios municipales respecto a la parte del predio debidamente independizado tributariamente y registrado en la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dedicado a Clubes de Madres, Comedores Populares Autogestionarios y Comites del Vaso de Leche. Esta exoneracion se aplicara a partir del mes en que se presento la solicitud, siempre y cuando el solicitante obtenga la resolucion expedida por la Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion con la aprobacion de la exoneracion de arbitrios. Articulo Tercero.- REQUISITOS. Podran acogerse a los citados beneficios, las personas naturales, sociedades conyugales o sucesiones indivisas, propietarios o poseedores de predios dedicados a Clubes de Madres, Comedores Populares Autogestionarios y Comites del Vaso de Leche, que cumplan con los siguientes requisitos: 1. El predio debe estar registrado en la Gerencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. 2. Presentar MORDAZA de documento de identidad del propietario o poseedor del inmueble materia de solicitud del beneficio. 3. Presentar recibo de energia electrica o agua del predio sujeto al beneficio. 4. Acreditacion de inscripcion en el Registro de Organizacion Social de Base de conformidad al numeral 3.2. de la Ordenanza Nº 154-MSS y modificatorias, debiendo contar su organo directivo con mandato vigente a la fecha de solicitud. 5. Los contribuyentes cuyo predio este parcialmente dedicado a Clubes de Madres, Comedores Populares Autogestionarios y Comites del Vaso de Leche, debera, previamente, independizar tributariamente el predio ante la Gerencia de Administracion Tributaria, para ello, contara con el apoyo de la Subgerencia de Control Tributario, quien realizara la verificacion del predio e independizacion del area correspondiente. 6. En el caso de contribuyentes poseedores, deberan acreditar la posesion del predio de forma pacifica y continua por lo menos durante dos (02) anos, a la fecha de solicitud, para acceder al beneficio. Articulo Cuarto.- PROCEDIMIENTO. 1. El contribuyente debera registrar via declaracion jurada, el uso parcial o total del predio dedicado a Clubes de Madres, Comedores Populares Autogestionarios y Comites del Vaso de Leche. 2. Para la declaracion de independizacion tributaria, en caso el predio se encuentre parcialmente dedicado, contara con el apoyo de la Subgerencia de Control Tributario de la Gerencia de Administracion Tributaria, previa coordinacion con el especialista tributario de los Centros de Atencion Surcano - CAS. 3. MORDAZA de la solicitud del beneficio dirigido a la Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion. 4. La Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion, tendra acceso al estado de cuenta de la deuda tributaria que mantiene el solicitante a la fecha de MORDAZA de la solicitud, asi

Legislativo Nº 981; establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Asimismo, el inciso 3) del Articulo 27º de la acotada MORDAZA, senala como medio de extincion de la obligacion tributaria, a la figura de la Condonacion; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)". Asimismo el Articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, el Articulo 84º de la Ley Nº 27972, senala que, las Municipalidades distritales ejercen las funciones de organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo; asi como tambien, contribuir al diseno de politicas de desarrollo social y apoyo a la poblacion en situacion de riesgo; Que, mediante Informe Nº 213-2014-SGSBDC-GDHEMSS del 06.05.2014, la Subgerencia de Salud, Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, con el VºBº de la Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion, remite el listado de Comedores Populares, Clubes de Madres y Comites de Vaso de Leche; Que, con Memorandum Nº 309-2014-GAT-MSS del 07.05.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria, remite el proyecto de ordenanza, el cual tiene por objeto establecer el procedimiento para otorgar beneficios extraordinarios de condonacion y exoneracion de arbitrios municipales a los propietarios o poseedores de predios debidamente registrados en la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dedicados a Clubes de Madres, Comedores Populares Autogestionarios y Comites del Vaso de Leche, debidamente registrados conforme lo establece la Ordenanza Nº 154-MSS que creo el Registro de Organizaciones Sociales para la Promocion del Desarrollo Local, publicada el 15.10.2003, modificada por la Ordenanza Nº 184-MSS publicada el 17.04.2004, y la Ordenanza Nº 245MSS publicada el 10.11.2005; Que, asimismo senala la Gerencia de Administracion Tributaria, que conforme a lo establecido en el numeral 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, resulta innecesaria la prepublicacion del presente proyecto de Ordenanza, dado que el mismo no constituye la creacion de nuevos tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni establece recorte alguno en los derechos o beneficios existentes y vigentes a la actualidad, sino que, por el contrario constituye la posibilidad de otorgar condiciones mas beneficiosas para un sector de contribuyentes que requieren de apoyo social de la Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 367-2014-GAJ-MSS del 19.05.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica teniendo en cuenta los actuados generados, asi como la normativa sobre la materia, concluye por considerar procedente y legalmente viable el presente proyecto de Ordenanza, el cual adjunta debidamente visado por las areas involucradas en senal de conformidad; Que, con Memorandum Nº 318-2014-GM-MSS del 20.05.2014, la Gerencia Municipal senala encontrar conforme la presente propuesta normativa. Estando al Dictamen Conjunto Nº 26-2014-CGM-CAJMSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, al Informe Nº 367-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 9º incisos 8) y 9) 39º y 40º de la Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS DE CONDONACION Y EXONERACION DE ARBITRIOS A LOS CONTRIBUYENTES DE MORDAZA DE MORDAZA QUE TENGAN PREDIOS DESTINADOS A CLUBES DE MADRES, COMEDORES POPULARES AUTOGESTIONARIOS Y COMITES DE VASO DE LECHE Articulo Primero.- OBJETO. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer

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