Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2014 (26/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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Que, el articulo IV, del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, precisa que los Gobiernos locales, representan al vecindario, promueve la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de sus circunscripcion. Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9º), senala como atribuciones del Concejo Municipal: "Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley", siendo esta normativa congruente con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru. Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, senala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el articulo 60º de la Ley de tributacion Municipal, conforme a los establecido por el numeral 4º del articulo 195 y por el articulo 74º de la Constitucion politica del Peru, establece que las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley. En aplicacion de lo dispuesto por la Constitucion, se establece las siguientes normas generales: a) la creacion y modificacion de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanzas, con los limites dispuestos por el presente titulo; asi como por lo dispuesto por la Ley organica de Municipalidades; b) para la supresion de las tasas y contribuciones las Municipalidades no tienen ninguna limitacion legal. Que, por Ley Nº 28687 "Ley de Desarrollo Complementaria de la formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y dotacion de servicios basicos" se regula el MORDAZA de formalizacion de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interes social orientado a los sectores de menores recursos economicos y establece el procedimiento para la ejecucion de obras de servicios basicos de agua, desague y electricidad en las areas consolidadas y en MORDAZA de formalizacion; Que, asimismo el articulo 27º del D.S. 017-2006Vivienda, prescribe que las Municipalidades Distritales en cuya jurisdiccion se encuentran ubicadas una posesion informal o la Municipalidad Provincial cuando se encuentre dentro de su cercado, otorgaran a cada poseedor el Certificado o MORDAZA de Posesion para los fines del otorgamiento de factibilidad de servicios basicos. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2014MPC, se aprueba la exoneracion de pago de derechos de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA ­ Canete, en aplicacion a la Ordenanza Nº 0042011-MPC y Ordenanza Nº 008-2011-MPC, por el termino de 60 dias habiles.

El Peruano Jueves 26 de junio de 2014

Que, mediante Informe Nº 523-2014-JEBQ-SPCUCGODUR-MPC, de fecha 16 de MORDAZA del 2014, la Sub Gerencia de Planeamiento, Control MORDAZA y Catastro, solicita la ampliacion de vigencia por 30 dias calendarios de Ordenanza que aprueba la Exoneracion de pago por constancias de posesion con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Canete, con fines de instalacion de servicios basicos (agua, desague y electrificacion domiciliaria) solicitados por los pobladores de diversos sectores de la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA, con la finalidad de atender las necesidades de un gran numero de familias de bajos recursos economicos. Que, mediante Informe Legal Nº 196-2014-AJMPC, de fecha 23 de MORDAZA del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Institucion, se ha pronunciado sobre la factibilidad del proyecto de ordenanza, bajo los fundamentos que la contienen y exclusivamente para los fines de obtencion de servicios basicos. Que, la Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural, mediante Dictamen Nº 012-2014-CODUR-MPC, de fecha 29 de MORDAZA de 2014, opina favorablemente por unanimidad por la exoneracion de las tasa en el otorgamiento de las constancias de posesion con fines de instalacion de servicios basicos para los pobladores del distrito de San MORDAZA de Canete; empero de las deliberaciones efectuadas por el Concejo, se ha considerado ampliar el plazo propuesto. Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y, con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Aprobar la Ampliacion de Ordenanza Nº 006-2014-MPC, de exoneracion de pago por derecho de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA ­ Canete, en aplicacion a la Ordenanza Nº 0042011-MPC y Ordenanza Nº 008-2011-MPC, por el termino de 60 dias habiles, desde la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Gerencia de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural y a las unidades organicas correspondientes, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1101140-1

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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