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El Peruano Jueves 26 de junio de 2014 526156 condonación de los intereses moratorios generados por las cuotas vencidas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; Asimismo tendrán la condonación del factor de reajuste (IPM) del Impuesto Predial del año 2014,con la cancelación de su pago anual, durante la vigencia de dicho benefi cio. Artículo Tercero.- ALCANCES DEL BENEFICIO ADMINISTRATIVO 3.1. Para las Sanciones Administrativas, el benefi cio establecido en la presente ordenanza comprende un descuento para las multas y sanciones (RAS), siempre y cuando el infractor subsane o regularice la infracción incurrida dentro de la vigencia de la presente ordenanza y que corresponde al siguiente orden: Descuento del 80% para las multas administrativas impuestas hasta el 30/04/2014,que se cancelen hasta el 31/08/2014. (Excepto para las sanciones administrativas impuestas mayores a S/. 30,000.00 Nuevos Soles). Se precisa que los descuentos se efectuarán sobre el importe de la multa administrativa o sobre el saldo deudor en caso hubiera efectuado pago a cuenta. Artículo Cuarto.- DE LOS DESCUENTOS Y CONDONACIÓN DE MORAS Los descuentos y condonación de intereses establecidos en la presente ordenanza solo se aplicarán a los pagos realizados en forma voluntaria. No se aplicarán descuentos y/o condonación de intereses cuando la deuda en estado coactivo es cancelada o amortizada con una medida cautelar de embargo efectivo en cualquiera de sus modalidades. Artículo Quinto.- GASTOS Y COSTAS PROCÉSALES Las deudas Tributarias y Administrativas que se encuentran en proceso de cobranza coactiva se acogerán al beneficio establecido en la presente ordenanza, con la condonación de las costas coactivas y gastos administrativos generados por el expediente coactivo. No se aplican en caso la Deuda en estado coactivo es cancelada o amortizada con una medida cautelar de embargo efectiva en cualquiera de sus modalidades. Artículo Sexto.- VIGENCIA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO Los contribuyentes, responsables y/o infractores, se podrán acoger al benefi cio de regularización desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 30 de Septiembre del año 2014,excepto lo establecido en el numeral 2.3. del articulo segundo de la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no serán materia de devolución y compensación alguna. Artículo Octavo.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIÓN El pago al contado de cualquier deuda en aplicación de la presente Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos impugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primero.- Deróguese el numeral 2.2. del artículo segundo de la Ordenanza Nº 00133/MDSA, publicada con fecha 31/01/2014. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Públicas, Subgerencia de Informática y Estadística e Imagen Institucional el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como su prórroga. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1101220-1 Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, que incluye cambio de denominación y funciones de la Subgerencia de Desarrollo Humano e Inclusión Social ORDENANZA Nº 00141/MDSA Santa Anita, 20 de junio del 2014 VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 9 inciso 3º de la Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento de la Municipalidad. Que, mediante Memorandum Nº 172-2014-GPPR/ MDSA, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, presenta la propuesta de cambio de denominación en la Estructura Orgánica y la inclusión de funciones para la Subgerencia de Desarrollo Humano e Inclusión Social en el ROF y demás documentos de gestión; que permitan el cumplimiento de los fi nes con mayores niveles de efi ciencia y mejor atención a los ciudadanos, teniendo presente el Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización del año 2014. Asimismo, la Subgerencia de Desarrollo Humano e Inclusión Social solicita que se incluya como funciones, las establecidas en el Art. 70 numeral 70.2 de la Ley Nº 29973 – Ley General de las Personas con Discapacidad. Que, mediante Informe Nº 375-2014-GAJ/MDSA, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto propuesto por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, se eleve al Concejo Municipal para que proceda de acuerdo a sus atribuciones y apruebe la modifi cación planteada. Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad aprueba la siguiente ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, que incluye cambio de denominación y funciones para la Subgerencia de Desarrollo Humano e Inclusión Social, de acuerdo a lo expuesto en el Memorándum Nº 172-2014- GPPR/MDSA; quedando denominada dicha Subgerencia como: SUBGERENCIA DE DESARROLLO HUMANO, INCLUSIÓN SOCIAL y OMAPED Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y Áreas Administrativas correspondientes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1101218-1