Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2014 (26/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Jueves 26 de junio de 2014

526157
DECRETA:

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao
DECRETO DE ALCALDIA Nº 10-2014-MPC-AL Callao, 24 de junio de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Vistos: el Informe Nº 039-2014-MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalizacion, Memorando N° 3592014-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y el Informe N° 903-2014-MPCGGSC-GPM de la Gerencia de Policia Municipal, sobre modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal N° 012-2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA del 2012, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, con Informe Nº 039-2014-MPC/GGPPRGR, la Gerencia de Racionalizacion senala que el Procedimiento N° 2 "Autorizacion para Ubicacion de Banderolas, Afiches, Banner, Paneles y Volantes", de la Gerencia de Policia Municipal esta consignado como de evaluacion negativo, debiendo ser silencio positivo tal como lo establece la Ley N° 29060 ­ Ley del Silencio Administrativo; Que, ademas, la Gerencia de Racionalizacion senala que en los servicios exclusivos correspondiente a la Gerencia de Policia Municipal que figuran con el N° 2 "Inspeccion ocular para autorizacion para ubicacion de banderolas, gigantografias, afiches, banner, paneles y volanteo" y el N° 3 "Comunicacion para colocacion de propaganda politica", estan como de evaluacion negativo debiendo ser positivo, asimismo, el citado servicio exclusivo N° 2 figura entre parentesis como "Anuncios Temporales", debiendo eliminarse dicha frase; Que, a traves del Informe N° 903-2014-MPC-GGSCGPM, la Gerencia de Policia Municipal es de la opinion que se modifique el Procedimiento N° 2 "Autorizacion para Ubicacion de Banderolas, Afiches, Banner, Paneles y Volantes", asi como los servicios exclusivos que figuran con el N° 2 "Inspeccion ocular para autorizacion para ubicacion de banderolas, gigantografias, afiches, banner, paneles y volanteo y el N° 3 "Comunicacion para colocacion de propaganda politica", los que estan como evaluacion negativo debiendo ser positivo; Que, en tal sentido, es necesario se modifique el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, procediendose a calificar como de evaluacion positivo el Procedimiento N° 2 y los servicios exclusivos N° 2 y N° 3 de la Gerencia de Policia Municipal, ademas eliminarse la frase "Anuncios Temporales" del citado servicio exclusivo N° 2; Que, el articulo 36° numeral 3) en concordancia con el articulo 38° numeral 5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se realiza mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de las Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, Seguridad Ciudadana, Asesoria Juridica y Conciliacion, y Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

Articulo 1º.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal N° 012-2012, calificandose como de evaluacion positivo el Procedimiento N° 2 de la Gerencia Municipal "Autorizacion para Ubicacion de Banderolas, Afiches, Banner, Paneles y Volantes", conforme al anexo que se acompana. Articulo 2º.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal N° 012-2012, calificandose como de evaluacion positivo los servicios exclusivos N° 2 "Inspeccion ocular para autorizacion para ubicacion de banderolas, gigantografias, afiches, banner, paneles y volanteo" y el N° 3 "Comunicacion para colocacion de propaganda politica", de la Gerencia de Policia Municipal, eliminandose tambien la frase "Anuncios Temporales" del citado servicio exclusivo N° 2, conforme al anexo que se acompana. Articulo 3º.- Dispongase la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y encarguese a la Gerencia de Informatica la publicacion del mismo y anexo en el MORDAZA Web de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Articulo 4º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1101913-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban ampliacion de la Ordenanza Nº 006-2014-MPC que aprobo la exoneracion de pago por derecho de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA ­ Canete
ORDENANZA Nº 018-2014-MPC Canete, 9 de junio de 2014. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 05 de junio del 2014, y de conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomia segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines;

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